Chemical Higyene Plan (CHP) una estrategia de Calidad, Salud y Ambiente para la investigación científica.

El CHP, siglas en ingles de Chemical Hygiene Plan, se diseña e implementa como estrategia de Calidad, Salud y Seguridad, con el objeto de preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de empleados, estudiantes y visitantes así como el mejoramiento continuo de los procesos científicos que se llevan a cabo y la reducción del impacto que generen los residuos. Teniendo como base el Convenio 170 y la Recomendación 177 sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el trabajo" adoptados por la 77a. Reunión de la Conferencia General de la OIT, en Ginebra en el año 1990 y el Decreto 1843 de 1991 que reglamenta el uso y manejo de plaguicidas en Colombia, se ha establecido dentro de la presente estrategia 7 componentes básicos encaminados hacia el cumplimiento de nuestra misión institucional “Reducir el hambre y la pobreza y mejorar la salud humana en los trópicos mediante una investigación que aumente la eco-eficiencia de la agricultura”.
Palabras Clave: 
Estrategia; Calidad; Salud; Seguridad; Ambiente; ORP Conference
Autor principal: 
JAIME ALBERTO
HERNANDEZ JIMENEZ
CENTRO INTERNACIONAL DE AGRICULTURA TROPICAL (CIAT)
Colombia

Introducción

En la actualidad colombiana, es inexistente una normatividad técnica que nos guíe hacia la elaboración e implementación de un plan de higiene y seguridad química para los laboratorios de nuestras empresas, siendo necesaria su aplicación por el tipo de sustancias peligrosas que manipulamos y almacenamos donde podemos encontrarnos desde sustancias químicas sensibilizantes, irritantes, corrosivas, inflamables, tóxicas (que incluye las mutagénicas, teratogénicas, carcinógenas y con daños para la reproducción) hasta perjudiciales para el medio ambiente. Es importante que las entidades competentes nos muestren el camino a seguir, donde el principal requerimiento sea el desarrollo de un plan escrito que sea direccionado a través de una cultura, política de salud y seguridad, procedimientos operativos estándar, normas de seguridad, programa de formación, diseño de instalaciones, etc. que asegure que los empleados estén protegidos contra daños originados por sustancias químicas peligrosas. En ausencia de esto, aquellos que hemos tenido experiencias productivas y positivas tenemos el deber de escribir sobre ellos y transcribirlos a manera de estrategias para que aquellas empresas que no tengan un conocimiento profundo de esto puedan basarse en una guía.

Justificación

En Colombia, no se encuentra una Ley, un decreto o una resolución que señale unos lineamientos técnicos o directrices que promuevan la prevención y control de los riesgos químicos específico para un laboratorio, como si lo podemos encontrar en otras tareas del alto riesgo tales como el trabajo seguro en altura, el uso y manejo seguro de plaguicidas, el trabajo de minería, las labores en el sector eléctrico, entre otros. La Ley 55 de 1993 aunque fue establecida para dar Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el trabajo de forma general, abarca actividades operativas aplicables a un laboratorio y los tendremos en cuenta en la elaboración de nuestra estrategia CHP. Estas actividades incluyen la manipulación, el almacenamiento y el transporte de productos químicos, la eliminación y el tratamiento de los desechos de productos químicos, la emisión de sustancias químicas resultante del trabajo, el mantenimiento, la reparación y la limpieza de los equipos y los recipientes utilizados para los productos químicos. Desde el punto de vista técnico, la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO/IEC 17025 establece los requisitos generales para la competencia en la realización de ensayos y/o de calibraciones, y aunque en primera instancia esta norma no fue diseñada para impactar directamente la salud y la seguridad de la personas frente al riesgo químico de los laboratorios, si permite compactarse dentro de un sistema de gestión tal como el de OHSAS 18000, especialmente en sus componentes de Control de los documentos, Mejora, Acciones correctivas, Acciones Preventivas, Calibración y mantenimiento de los Equipos e instrumentos, No conformidades, Control de los registros, Auditorías internas, y Revisiones por la dirección. “Algunas empresas incluyen dentro de sus auditorías de BPL (Buenas Prácticas de Laboratorio – Basados en la NTC-ISO/IEC 17025), la verificación de los equipos de protección colectiva tal como la presencia y mantenimiento de extintores, duchas de seguridad, cabinas de extracción localizada y elementos de protección personal, no estando especificado en la norma 17025 mencionada, pero considerado como parte integrante de la labores de un laboratorio de investigación” [1]. Sin embargo, ésta no es la norma técnica que requerimos fundamentalmente en éste momento para elaborar nuestra estrategia. Internacionalmente, el estándar más empleado y reconocido sin duda es el Código de Regulación Federal de los Estados Unidos 29 CFR 1910.145 “Standard de Exposición ocupacional a sustancias químicas en laboratorios” que cubre todos aquellos laboratorios donde la manipulación generalmente involucra pequeñas cantidades de una variedad limitada de sustancias químicas.

[1], [2] Notas del autor basada en la experiencia.

Estas además pueden ser agentes cancerígenos o toxinas que pueden afectar el hígado, los riñones o el sistema nervioso central, o también sustancias irritantes, corrosivas y sensibilizantes así como agentes que actúan sobre el sistema sanguíneo con posibilidad de daños a los pulmones, piel, ojos o membranas mucosas. “En algunas compañías todavía se encuentra arraigada la idea de que no nos debe preocupar los productos químicos almacenados y usados en pequeñas cantidades cuando en realidad lo que más se debe tener en cuenta es su frecuencia y su Dosis letal” [2].

Dentro de los elementos fundamentales de éste estándar podemos encontrar la implementación que deben hacer los empleadores de un “Plan de Higiene Química” o Chemical Hygiene Plan (CHP) que pretende ser un programa escrito direccionado a aspectos tales como compra, almacenamiento, manipulación y disposición de sustancias químicas peligrosas que sean utilizadas dentro de una instalación. Los objetivos primarios de un CHP incluyen además los siguientes:

- Reducir la exposición a sustancias químicas estableciendo procedimientos operativos estándar, requerimientos para los equipos de protección personal, controles de ingeniería (Cabinas de extracción localizada y ventilación) y los procedimientos para la disposición de residuos;

- Monitorear o verificar que los niveles de las sustancias químicas peligrosas en el ambiente de trabajo sean los permisibles (Especialmente aquellas sustancias por las cuales se necesite llevar a cabo una acción específica o atención médica);

- Diseñar e implementar procedimientos que permitan obtener un cuidado médico gratuito causadas por exposiciones relacionadas con el trabajo;

- Los medios para administrar este plan deben estar especificados.

- Asignar al personal responsable y sus funciones en la gestión de las adquisiciones y manejo de las hojas de datos de seguridad (MSDS), organizando sesiones de entrenamiento, verificando las prácticas de trabajo de los empleados y una revisión anual del plan CHP.

Teniendo como base la Ley 55 de 1993 y el estándar 29 CFR 1910.145 Apéndice B así como algunos decretos y resoluciones relacionadas, intentaremos a continuación establecer una guía de referencia para quienes deseen diseñar un plan de higiene y seguridad que tenga como objeto prevenir y proteger a sus empleados de los riesgos químicos dentro de las instalaciones de un laboratorio.

Metodología.

Estructura Preventiva.

Para asistir a los empleadores en el desarrollo de un Plan de Higiene y seguridad química dentro de los laboratorios, el Consejo de Investigación Nacional de los Estados Unidos (National Research Council – NRC) elabora unas recomendaciones descritas específicamente en el Apéndice A del Estándar 29 CFR 1910.1450. Estas recomendaciones fueron basadas en la edición del 2011 de la Publicación “Prudent Practices in the laboratory: Handling and Management of Chemical Hazards” del NRC y que se puede traducir como “Practicas Seguras o preventivas en el laboratorio: Manejo y Gestión de los Riesgos Químicos” el cual tiene una amplia distribución y aceptación debido a que fue elaborado por reconocidas autoridades dentro de la comunidad laboratorista a través del patrocinio de la NRC. Sin embargo, estas recomendaciones no modifican ninguno de los requerimientos del Estándar de Laboratorios OSHA. El Apéndice A del Estándar 29 CFR 1910.1450 presenta recomendaciones pertinentes organizadas de una forma conveniente de manera que se pueda obtener una rápida referencia durante la operación de un laboratorio o durante el desarrollo y aplicación de un plan CHP.

a. Cultura de la Seguridad

Como primera medida a tomar tenemos la promoción de una cultura de seguridad donde se empiece a crear conciencia, responsabilidad, organización y educación de todo el personal que interviene en la operación de un laboratorio. Esto se logra con el compromiso de la dirección o gerencia de una empresa a través de una Política de Salud y Seguridad y con la creación de Programas de Sensibilización y Entrenamiento que promuevan el manejo seguro de sustancias químicas, su disposición y obviamente la capacitación del personal. Con esto, los empleados se darán cuenta en gran parte que el bienestar y la seguridad dependen claramente de las actitudes positivas de un grupo de trabajo y de la responsabilidad que cada uno de ellos debe asumir.

“En aquellas instituciones donde exista la autonomía o independencia financiera de las diferentes secciones, programas, proyectos o unidades de trabajo será mucho más dificultoso inculcar una cultura de seguridad y salud debido a que éstos inconscientemente se pueden constituir en entes administrativos diferentes con políticas y pensamientos contrarios a las de la misma institución en materia de salud y seguridad. Esto pasa principalmente cuando el éxito de la institución depende de los logros de dicha sección, programa, proyecto o unidad de trabajo” [3]

b. Principios Generales

Una vez creada la cultura de seguridad procedemos a estructurar nuestro Plan de la siguiente manera:

Figura 1: Principios generales del Plan CHP

Cabe anotar que sólo vamos a tomar como referencia el Apéndice A del Estándar 29 CFR 1910.1450, lo cual no quiere decir que vayamos a seguir su estructura paso a paso, es decir, no se trata simplemente de traducir lo que esta norma indica, si no de tener en cuenta algunos componentes para crear nuestro plan CHP. Tal como OSHA promulga en otras áreas de alto riesgo, el esquema de trabajo a tomar como referencia, podría ser:

PLANEAR – PROVEER – ENTRENAR [4]

Sin embargo, consideramos fuertemente la inclusión de 2 temas importantes como lo son la cultura y el compromiso a través de una política de salud y seguridad. Nuestro esquema sugerido entonces quedará:

[3] Notas del autor basada en la experiencia.

[4] Campaña OSHA sobre prevención de caídas www.osha.gov/stopfalls/index.html

Figura 2: Esquema general para el desarrollo del Plan CHP

c. Estructura del Plan CHP

Luego de tener nuestro personal sensibilizado, con unos principios fuertemente establecidos, los cuales deben seguirse con disciplina e insistencia, es menester crear un plan estratégico, técnico, escrito, entendible, real, diseñado para minimizar exposiciones, heridas, accidentes y enfermedades originadas por las condiciones de trabajo o actos inseguros dentro de un laboratorio. Este programa debe ser revisado anualmente y actualizado cuando sea necesario o cuando se presenten nuevos procesos o cambios, sustancias químicas o equipos.

Por supuesto, que es indispensable como en todo plan, establecer un Objetivo, un Alcance, una Justificación, unas Generalidades, unas Funciones y unas Responsabilidades que involucren a toda la comunidad de una empresa y posteriormente fijar los componentes técnicos requeridos que en nuestro caso, El Plan de Higiene y Seguridad Química (CHP) debe tener al menos 7 componentes que son:

Diseño de instalaciones y estructuras, Normas generales de seguridad, Procedimientos operativos estándar (SOPs), Información requerida en los lugares de trabajo, Normas específicas de seguridad, Programa de formación y entrenamiento, y Administración del riesgo químico. A continuación les mostraremos el esquema general del plan con sus componentes.

Figura 3 – Componentes del plan CHP.

Para cada componente indicaremos, su significado y cuáles son los requerimientos que una empresa debería cumplir según la legislación nacional y los estándares internacionales.

d. Diseño de instalaciones y estructuras.

Para éste primer componente, seguiremos los lineamientos establecidos por el Código 29 CFR Partes 1910.1450, 1910.164, 1910.1200, 1910.37, el Artículo 13 “Control operativo” literales b, c y d de la ley 55 de 1993 y en el cual enunciamos los siguientes requerimientos a implementar:

  1. “Todo laboratorio donde se use sustancias químicas peligrosas debe tener una ventilación adecuada y las entradas y salidas de aire deben estar diseñadas y localizadas de modo que el aire contaminado NO RECIRCULE”.
  2. “Todo laboratorio debe tener instalado detectores de humo y/o calor, una estación de hojas de datos de seguridad MSDS y alumbrado de emergencia”.

Para el caso de las hojas de datos de seguridad MSDS (Siglas en ingles de Material Safety Data Sheet), mencionadas en el requerimiento 2, seguiremos el Código 29 CFR Parte 1910 Standard 1200(g) “Safety data sheets” y el Artículo 15 de la Ley 55 de 1993 “Información y formación” donde se indica la obligatoriedad de utilizar las hojas de datos de seguridad, como base para la preparación de instrucciones para los trabajadores, que deberán ser escritas si hubiere lugar”.

3. “Todo laboratorio debe tener una puerta de entrada y otra de salida o con la capacidad adecuada de acuerdo al Cuerpo de Bomberos Voluntarios. La puerta de salida debe estar debidamente señalizada con "Salida de Emergencia" o "Exit" que sea de característica foto luminiscente y que tenga instalado un dispositivo anti pánico”.

Este requerimiento 3 está incluido dentro del Código 29 CFR Parte 1910 Subparte E y NFPA 101 ¨Life Safety Code” donde se mencionan las características que deben tener las instalaciones para realizar los procedimientos de evacuación de forma segura empleando las rutas y salidas correspondientes. El artículo 13 “Control Operativo” numeral 2 literal c de la Ley 55 de 1993 menciona la obligación que tienen los empleadores de tomar medidas para hacer frente a situaciones de urgencia.

En caso de las puertas de emergencias, se debe hacer especial mención al Artículo 207 de la Resolución 2400 de 1979 que indica que todo establecimiento de trabajo, local o lugar de trabajo, en el cual exista riesgo potencial de incendio, dispondrá además de las puertas de entrada y salida, de "Salidas de emergencia'' suficientes y convenientemente distribuidas para caso de incendio.

En el componente siguiente enunciaremos una serie de normas generales de seguridad que deben aplicarse en todos los lugares de trabajo donde se almacenen o manipulen agentes químicos peligrosos, siguiendo los lineamientos establecidos por el artículo 13 de la ley 55 de 1993.

e. Normas generales de seguridad

Las siguientes normas se desarrollarán también en cumplimiento del Código 29 CFR 1910.1450 relacionada con exposición ocupacional a sustancias químicas peligrosas en el laboratorio.

  1. “Establecer e implementar las normas generales de higiene y seguridad industrial aplicables a laboratorios, que son de obligatorio cumplimiento para todo el personal que manipula y/o almacena sustancias químicas peligrosas”.Es de obligatorio cumplimiento a todo el personal de laboratorio la aplicación de las normas generales de higiene y seguridad que serán divulgadas en los procesos de inducción específica del puesto de trabajo con evidencia en formatos y registros establecidos. Se publicarán en sitios accesibles y visibles y se incluirán dentro de los manuales de seguridad del lugar de trabajo. Las Normas mínimas a aplicar son:

Figura 4 – Normas mínimas generales de seguridad en laboratorio.

Adicionalmente a estas normas generales es importante resaltar,

  • La prohibición del acceso a personal NO autorizado a las instalaciones.
  • Los laboratorios, las áreas de trabajo, pasillos, accesos y salidas de emergencia deberán permanecer ordenados, limpios y libres de objetos ajenos al laboratorio o área de trabajo que interfieran con la seguridad dentro del mismo.
  • En caso de algún accidente o incidente, se deberá notificar inmediatamente al responsable para que se tomen las medidas pertinentes.
  • En casos de emergencias (sismos, incendios, inundaciones, etc.) se deberán seguir las medidas de seguridad establecidas por el plan de emergencias o procedimiento establecido por el laboratorio.

Los procedimientos operativos estándar (En inglés, Standard Operating Procedures-SOP) se encuentran regulados por el Código 29 CFR Parte 1910.1450 (e) (3) (i) y por el artículo 15 de la Ley 55 de 1993 “Información y formación” cuyo propósito es la de diseñar dichos procedimientos y capacitar a los trabajadores en forma continua sobre éstos, así como de aquellas prácticas que deben seguirse con miras a la utilización segura de productos químicos en el trabajo.

f. Procedimientos operativos estándar (SOP).

  1. “Establecer e implementar los procedimientos operativos estándar (SOP) de todas aquellas actividades laborales que pueden poner en alto riesgo la seguridad y la salud de todos los empleados que trabajen en laboratorios y tengan exposición a sustancias químicas peligrosas”.

Es de carácter obligatorio para todo el personal de un laboratorio, el cumplimiento de los Procedimientos Operativos Estándar (SOPs) que deben ser divulgadas en los procesos de inducción específica del puesto de trabajo con evidencia en formatos y registros previamente establecidos. Se publicarán en sitios accesibles y visibles y se incluirán dentro de los manuales de procedimientos del lugar de trabajo. Los procedimientos operativos estándar (SOP) mínimos se listan a continuación:

Figura 5 – Procedimientos operativos estándar en laboratorio.

Se pueden incluir otros procedimientos dependiendo de su aplicación tales como los relacionados con el uso de elementos de protección personal o individual, el uso de equipos y técnicas específicas tales como las centrífugas, los cromatógrafos de gases, los espectrofotómetros de absorción atómica, los cromatógrafos líquidos de alta resolución y los digestores de ácidos, los equipos de protección colectiva tales como las duchas de seguridad con sistema lavaojos y los equipos de protección contra incendios (Extintores y Gabinetes), el propio instrumental de laboratorio que pueden incluir principalmente material de vidrio, refrigerantes (Como el gas nitrógeno), mecheros, baños calientes, autoclaves, estufas, hornos y procedimientos de primeros auxilios en caso de quemaduras, cortes, fuego, salpicaduras e ingestión de sustancias químicas peligrosas, entre otros.

g. Información requerida en laboratorios.

El Código 29 CFR 1910.1450 (f) especifica las necesidades de información en cuanto a la peligrosidad de las sustancias químicas que se debe tener en cuenta antes de iniciar labores donde se involucre su manipulación y almacenamiento. El artículo 15 de la ley 55 de 1993 “Información y formación” establece el deber de informar e instruir a los trabajadores sobre los peligros y a la información que aparece en las etiquetas, en las hojas de datos de seguridad y en especial a:

1. Características de peligrosidad de las sustancias.

- “Establecer las propiedades fisicoquímicas, toxicológicas y de reactividad de las sustancias químicas peligrosas con el fin de informar al personal del laboratorio sobre los riesgos para la salud a los que están expuestos por manipulación y almacenamiento de estas sustancias”. Las propiedades peligrosas de las sustancias a indicar dentro de éste requerimiento son: explosivos, comburentes, inflamables, tóxicos, nocivos, corrosivos, irritantes, sensibilizantes, carcinogénico, mutagénico, tóxico para la reproducción y peligrosos para el medio ambiente. Esto normalmente va especificado en la hoja de datos de seguridad de los productos expedido por el fabricante, por lo que se sugiere tener un compendio de estas MSDS en lugar accesible y una base de datos de seguridad online actualizada tal como CAMEO Chemicals [5]

[5] cameochemicals.noaa.gov, online library of data sheets for hazardous materials.

2. Inventario de sustancias químicas peligrosas

- “Llevar un inventario de las sustancias químicas almacenadas y mantenerlos actualizados por lo menos cada seis (6) meses”.

Se busca con esto promover el uso de un inventario o control de stock para así crear una base de datos con toda la información disponible sobre las sustancias químicas peligrosas almacenadas. El código 40 CFR Parte 710 – TSCA “Chemical Inventory Regulations” nos proporciona una guía en cuanto al alcance que tiene un inventario de sustancias químicas peligrosas, indicando quienes deben reportarlos, el tipo de información que debe ser incluido y cuáles son las características de registro y confidencialidad. Aunque éste código es estrictamente de aplicación estatal dentro del territorio de los Estados Unidos de América, sólo lo tomaremos como referencia para efectos de éste plan. El artículo 14 de la resolución 1016 de 1989 indica la obligatoriedad de mantener actualizados los listados de materias primas y sustancias empleadas en la empresa.

3. Base u hojas de datos de seguridad de materiales (MSDS)

- “En cada lugar de trabajo habrá una carpeta o estación con las Hojas de Datos de Seguridad de Materiales (MSDS – Material Safety Data Sheet) de cada sustancia química peligrosa almacenada”.

Tal como lo hemos mencionado anteriormente, es indispensable instalar una estación MSDS para almacenar las hojas de datos de seguridad de los materiales peligrosos empleados en los lugares de trabajo que deben ser suministradas por los proveedores o fabricantes de éstas sustancias químicas. Como alternativa, en todos los ordenadores de los puestos de trabajo deben implementarse bases de datos de seguridad química internacional con acceso online actualizado. Para éste punto recomendamos las siguientes bases de datos:

h. Normas específicas de seguridad.

“Establecer e implementar las normas de seguridad especiales para manipulación de sustancias químicas aplicables a laboratorios”.

Para la manipulación y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas consideraremos el Código 29 CFR 1910.106 para líquidos inflamables, el Código 29 CFR 1910 para gases comprimidos, el Código 29 CFR 1910.1450 relacionado con riesgos químicos a empleados de laboratorio y el Código 29 CFR 1910.1200 sobre comunicación de riesgos. Las normas específicas de seguridad y las normas generales de seguridad deben estar dentro de los manuales de seguridad del laboratorio e incluirlos en los procesos de inducción específica del personal nuevo con evidencia en formatos y registros establecidos. Estos manuales deben estar además en lugares accesibles y sus normas deben estar relacionados con:

Figura 6 – Ejemplos de normas específicas de seguridad.

También debe ser importante señalar normas tales como “Lavarse con agua y jabón después de haber trabajado con sustancias peligrosas”, “Agregar los ácidos corrosivos siempre en pequeñas cantidades”, “Evitar reacciones térmicas violentas observando las dosis y orden de sucesión”, “No realizar SOLO operaciones de riesgo con sustancias químicas”, “En caso de accidentes de trabajo seguir las recomendaciones de la etiqueta y de la MSDS”, “Evitar manipular o almacenar sustancias químicamente incompatibles” y otras que se consideren necesarias tales como las relacionadas con etiquetado, almacenamiento y manipulación de sustancias químicas peligrosas así como sus residuos.

A continuación haremos mención de las normas específicas de seguridad que debemos seguir con mayor detenimiento:

  1. “Todo laboratorio que almacene o manipule sustancias químicas peligrosas deberá tener como prioridad la sustitución de los agentes químicos peligrosos como la primera medida técnica a adoptar si técnicamente es viable”.
  2. “No es simple la aplicación de la sustitución de agentes químicos peligrosos en los laboratorios, en razón de que ésta siempre genera un cambio en los procesos, equipos, herramientas y a su vez, un incremento considerable en los costos por el tiempo de investigación que éste genera. Sin embargo, es esencial no renunciar a esta sustitución por el simple hecho de que éste no se pueda realizar a corto plazo y por el contrario se debe promover y presupuestar proyectos a largo plazo con el fin de eliminar el riesgo” [6]

La sustitución de agentes químicos peligrosos es uno de los más efectivos métodos para reducir o eliminar el riesgo de exposición. El Código 29 CFR Part 1910.1450 (e) (3) (ii)  nos da el lineamiento para determinar e implementar esta medida de control.

  1. “Todo laboratorio debe tener el número de campanas o cabinas de extracción necesarias, de acuerdo al espacio físico y a las sustancias que allí se utilizan, para asegurar la salud y la seguridad de los que allí trabajan”.

Las campanas o cabinas de extracción son a menudo los equipos de control primario cuyo propósito es la protección de los trabajadores de los laboratorios frente a vapores, humos, material particulado y neblina al manipular sustancias químicas inflamables, tóxicas y peligrosas en general. El estándar 29 CFR 1910.1450 requiere que estos dispositivos estén mantenidos de forma apropiada para garantizar su correcto funcionamiento, que no es más que la de capturar el contaminante originado en el área de operación y expulsarlo a través de conductos. Para esto se debe realizar una inspección por personal técnico calificado quien diagnostique las oportunidades de mejoramiento que deben ser aplicadas y programadas a corto plazo. Es importante recordar que una campana o cabina de extracción de gases NO es un área de almacenamiento de productos químicos peligrosos NI de equipos o material de laboratorio debido a que ellos pueden ocasionar un bloqueo en el flujo de aire que se genera dentro de ella impidiendo que el equipo sea eficiente.

  1. “En todo laboratorio donde haya manipulación y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas debe haber duchas y estación de lavado de ojos que cumplan con los estándares y la reglamentación nacional”.

En relación con las duchas de emergencias y los sistemas lavaojos, el Código 29 CFR 1910.151 (c) indica lo siguiente: “En aquellos lugares donde los ojos y el cuerpo de cualquier persona puedan ser expuestos a materiales corrosivos, se debe instalar y adecuar las instalaciones con el fin de que se efectúe un rápido lavado en caso de situación de emergencia por derrame o salpicadura accidental”. El artículo 13 “Control operativo” numeral 2 de la ley 55 de 1993 indica la obligatoriedad de las empresas con miras a asegurar la protección de los trabajadores contra los riesgos químicos de proporcionar los primeros auxilios y tomar medidas para hacer frente a situaciones de urgencia y de accidente resultante de la utilización de productos químicos peligrosos en el trabajo.

  1. “En todo laboratorio debe haber un extintor  tipo ABC, BC o CO2 instalado en lugar visible; preferiblemente cerca de la puerta de salida. El tipo de extintor para los laboratorios será de acuerdo a los tipos de fuegos que pueda generarse en ellos”.

El Código 29 CFR 1910.157 establece los requerimientos para el uso, mantenimiento y prueba para extintores portátiles contra incendios suministrado para el uso de los empleados que se encuentren debidamente entrenados y capacitados para su manejo. En Colombia esto es regulado por la resolución 2400 de 1979 Capitulo II, Artículos del 220 al 228.

[6] Notas del autor basada en la experiencia.

También se toma como referencia la Norma NFPA 10 relacionada con la selección, instalación, inspección, mantenimiento y prueba de equipos de extinción portátiles.

  1.  “Todo el personal que labore con sustancias químicas peligrosas debe emplear los siguientes elementos de protección personal dependiendo de las características de peligrosidad de las sustancias: Batas (De algodón para riesgo de inflamabilidad), Careta o pantalla facial, Máscara facial con filtros, Tapabocas, Delantal, Guantes de nitrilo o butilo, Guantes de neopreno y botas de seguridad o zapato cerrado”.

La regulación 29 CFR 1910.1030 requiere que todas las empresas suministren a sus empleados que manipulen sustancias químicas peligrosas, una adecuada vestimenta de protección que bajo condiciones normales de uso, NO permita el contacto con éstos materiales peligrosos. Dentro de ésta categoría podemos encontrar las batas de laboratorio, los trajes de protección tyvek o tychem para plaguicidas, las pantallas faciales de policarbonato, las mascaras faciales con filtro, los delantales, los guantes de protección de nitrilo o butilo y las botas de seguridad.

  1. “Todo laboratorio debe almacenar las sustancias químicas, según criterios de disponibilidad, alterabilidad, compatibilidad y peligrosidad”.

Es importante crear un plan de almacenamiento de sustancias químicas aplicando según nuestra sugerencia la matriz de incompatibilidades químicas recomendado por la agencia de protección ambiental de los Estados Unidos (United States Environmental Protection Agency - EPA) la cual mostramos a continuación:

Figura 7 – Matriz de incompatibilidades químicas.

Es importante recalcar en temas del almacenamiento, la inclusión en los manuales de seguridad de normas especiales relacionadas con:

  • Conservación de la etiqueta y uso de envases originales.
  • Registro de fecha de recepción y apertura de los envases.
  • Inventario de sustancias químicas actualizado.
  • Condiciones a controlar en instalaciones: Accesibilidad controlada, piso impermeable, estructuras de retención, identificación del área, iluminación, ventilación, temperaturas de almacenamiento, humedad, técnicas de extinción, equipos de primeros auxilios, etc.
  • Especificaciones de las estanterías para almacenamiento.
  • Especificaciones para almacenar en cuanto a cantidad y altura.
  • Especificaciones para almacenar sustancias químicas que requieran enfriamiento a través de congeladores o refrigeradores.
  • Especificaciones para almacenar sustancias químicas según sus incompatibilidades químicas acorde al plan de almacenamiento.
  • Especificaciones para almacenar cilindros con gases comprimidos.
  • Normas de protección en caso de derrames de sustancias.
  1. “Establecer e implementar las normas de seguridad especiales para manipulación de residuos químicos aplicables a laboratorios”.

El Código 29 CFR 1910.120 nos dará los lineamientos incluyendo todas las operaciones que involucran el tratamiento, almacenamiento y disposición final  de los residuos peligrosos. El Código 40 CFR Parte 264 y 265 indica los requisitos para las instalaciones. A continuación resaltamos los temas de disposición de residuos que deben estar incluidos en los manuales de seguridad:

  • Minimización o reducción de la generación residuos.
  • Adquisición de materiales sólo en cantidad y tamaño necesario.
  • Reutilización, recuperación y reciclaje como medidas primarias.
  • Normas de protección especial en caso de derrames de sustancias.

i. Programa de entrenamiento y formación.

  1. “Disponer de personal capacitado, competente y calificado relacionado con la manipulación y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas con la certificación respectiva que acredite las competencias y el nivel para el cual fue certificado”. Se debe diseñar, programar y ejecutar planes de formación para el cumplimiento de esta disposición legal.

En el Estándar 29 CFR 1910.1200 (h) se establece la obligatoriedad del empleador de proveer el respectivo entrenamiento de los trabajadores en el manejo de sustancias químicas peligrosas y en el conocimiento de sus propiedades fisicoquímicas y toxicológicas en el área de trabajo.

La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.

j. Administración del riesgo químico.

Dentro de las actividades a ser ejecutadas que se encuentran relacionadas con la administración o control del riesgo químico encontramos el monitoreo ambiental y las pruebas especificas médicas que se encuentran reguladas por el Estándar29 CFR 1910.1450 (g), el Estándar 29 CFR 1910.1020 y el Estándar 29 CFR 1910.1904. Son importantes dentro de éste componente los siguientes ítems:

Figura 8– Matriz de incompatibilidades químicas.

  1. “Identificar y cuantificar aquellos contaminantes o sustancias químicas peligrosas presentes en los puestos de trabajo, especialmente cuando exista duda de exposición del personal de un laboratorio”.

En este punto se debe realizar mediciones ocupacionales de contaminantes en el medio ambiente de trabajo empleando para ello instrumentos analíticos y generando un estudio de gases y vapores que indiquen el nivel de exposición real del personal. Las mediciones, la toma de muestras y los análisis deben ser realizados por personal calificado.

  1. “Se debe practicar una correcta vigilancia de la salud de las personas para, así, obtener conclusiones relevantes relacionadas con la adecuación del puesto de trabajo a la persona, actuar con rapidez ante alteraciones de la salud y determinar la necesidad de introducir o mejorar las medidas de prevención y protección de los puestos”.

Para el cumplimiento de esta premisa, se debe diseñar y ejecutar un programa de vigilancia epidemiológica o sanitaria al factor de riesgo químico, estableciendo en primera instancia los grupos de exposición similar (Acorde a las mediciones ocupacionales de contaminantes y a la evaluación del puesto de trabajo), en segundo lugar el monitoreo biológico en relación con la sustancia química y finalmente, las pruebas funcionales específicas que se requieran.

  1. “En todos los lugares de trabajo en donde se lleven a cabo operaciones y/o procesos que integren productos químicos peligrosos, aparatos, máquinas, equipos, y demás instalaciones locativas necesarias para su funcionamiento se utilizarán señales de seguridad que prevengan riesgos que puedan causar accidentes o enfermedades”.

El Estándar 29 CFR 1910.145 contiene algunas especificaciones que aplican para el diseño, aplicación y uso de señales y símbolos que indican y definen los riesgos específicos que podrían generar daños en la salud de los trabajadores, del público en general y daños a la propiedad. Estas especificaciones están destinadas para cubrir todas las señales de seguridad, excepto aquellos que se encuentran diseñados para señalizar calles, avenidas y vías férreas. La NFPA 704 es el código que explica el "diamante de materiales peligrosos" o también llamado “Diamante del fuego” establecido por la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego (Siglas en inglés de National Fire Protection Association), es utilizado para comunicar los riesgos de los materiales peligrosos. Es importante para ayudar a mantener el uso seguro de productos químicos y se emplea principalmente para el almacenamiento más no para el transporte. Sin embargo, para laboratorios, el sistema en el cual debe hacerse mayor énfasis es el GHS, acrónimo de Global Harmonized System, utilizado comúnmente en etiquetas y MSDS de Productos.

  1. “Se debe examinar periódicamente las condiciones materiales específicas de los lugares de trabajo y de las instalaciones y equipos susceptibles de generar riesgos, a fin de asegurar su eliminación o minimización y control”.

Se recomienda crear un programa de inspecciones de seguridad trimestral que contribuya a detectar los puntos de mejoramiento en los lugares de trabajo donde se almacene o manipule sustancias químicas peligrosas. Para ello se tendrán en cuenta, como mínimo, los requisitos e instrucciones de los fabricantes y proveedores de las sustancias químicas peligrosas. Finalmente y a modo de guía adjuntamos un cuadro donde puede encontrar una pauta para solicitar presupuesto con respecto al plan CHP. Si el plan requiere varios años para ser implementado, lo puede describir de la siguiente manera:

k. Esquema general del presupuesto para un Plan CHP

Se puede plantear de la siguiente manera: Este plan CHP consta de cinco (5) fases (I, II, III, IV, V) cada una con duración de un año, iniciando desde el año 2013 y finalizando en el año 2017. El costo total de éste plan CHP es de $190.394.720 en el cual el 24,1% (que equivale a $45.954.333) se invertirá durante el año 2013, el 21,5% ($40.971.739) se invertirá durante el año 2014,  el 21.1% ($40.084.407) se invertirá durante el año 2015, el 20.9% ($39.734.574) se invertirá en el año 2016 y el 12,4% ($23.649.667) se invertirá finalmente en el año 2017.

Figura 9– Grafica general para la presentación de presupuesto.

Descripción de fases.

Aquí se pretende dar una referencia para indicar información año x año de cada componente:

Figura 10 tabla general para la presentación de presupuesto según componente.

Obviamente cada componente debe tener una justificación que se debe especificar en otra tabla. Por ejemplo, para diseño de instalaciones, se debe tabular o listar todos los ítems que lo componen y que en total da como resultado $9.695.333 para el año 2013, como pueden ser: compra de 20 estaciones MSDS…., Adquisición de un nuevo sistema de ventilación para el laboratorio de bioquímica molecular…., y Adquisición de puertas de emergencias para todos los laboratorios…., etc.

Resultados, Discusión de resultados y Conclusiones.

Con la presentación de esta estrategia, pretendemos entregar una guía para que cada empresa tenga una referencia de cómo pueden gestionar sus riesgos químicos dentro de un laboratorio. Aunque en nuestra experiencia productiva y eficiente con esta estrategia fue realizada en laboratorios de investigación agrícola y genética, estamos seguros que puede ser fácilmente implementada en otro tipo de laboratorios que manipule y almacene sustancias químicas peligrosas. Sin embargo, tenemos que ser claros que ni esta estrategia ni ninguna otra, funcionan si no existe cultura frente a la higiene y seguridad dentro de una empresa, ni mucho menos compromiso gerencial, ya que además sin este último, difícilmente habrá presupuesto y en consecuencia implementación del plan CHP. Estadísticamente se pudo demostrar que en el periodo 2009 – 2014, los accidentes generados por “materiales o sustancias” disminuyeron a partir del año en que se comenzó a implementar este plan dentro de una empresa pasando de 45,8% (22 accidentes en el 2009) a 18,8% (9 accidentes en el 2010), 25% (12 accidentes en el 2012) y 10,4% (5 accidentes en el 2012) siendo éste ultimo el más bajo en el periodo de análisis. Lo mismo sucedió con los accidentes relacionados con “Exposición a sustancias químicas”, con un 46.7% (7 accidentes en el 2009), 26.7% (4 accidentes en el 2010), 20% (3 accidentes en el 2011) y sólo el 6.7% (1 accidente en el 2012) siendo éste el más bajo del periodo en análisis. Con el soporte de estos datos hemos podido concluir que un plan debidamente diseñado, tal como lo hemos establecido en este trabajo y con personal sensibilizado y competente, es posible reducir los niveles de accidentalidad y la exposición del personal a sustancias químicas peligrosas.

Agradecimientos.

A mi esposa, hijos y padres por el apoyo que siempre me han brindado en lo personal y profesional.

A la ORP Conference 2014 por permitirnos mostrar nuestros trabajos y hacernos participar y compartir experiencias tan enriquecedoras.

Referencias Bibliográficas.

  1. GPO’s Federal Digital System (FDsys), Code of Federal Regulations (Annual Edition). 732 North Capitol Street, NW, Washington, DC 20401-0001. http://www.gpo.gov/fdsys/
  2. Occupational Safety & Health Administration (OSHA), Regulations (Standards - 29 CFR). 200 Constitution Ave., NW, Washington, DC 20210. http://www.osha.gov/
  3. University of California, Berkeley. Office of Environment, Health & Safety. Chemical Hygiene Plan, 2199 Addison Room 317 University Hall Berkeley, CA 94720-1150.
  4. University of Pennsylvania, Environmental Health and Radiation Safety, Chemical Hygiene Plan, 3160 Chestnut Street, Suite 400, Philadelphia, PA 19104-6287. http://www.ehrs.upenn.edu/

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