La prevención de riesgos, una cuestión también de responsabilidad social corporativa.

La prevención de riesgos laborales es una cuestión de interés porque forma parte de cierta ética social de más alcance, que entiende que no se puede construir ninguna forma de vida buena compartida sin prestar atención especial a las condiciones laborales del sistema productivo. La opción que se propone aquí, es cambiar el terreno de juego absolutamente geometrizado y ficticio, en el que campan a sus aires el cálculo y el racionalismo, por un terreno de juego absolutamente vivo y dinámico, en el que la responsividad y la prudencia de la tradición ética es la mejor opción.
Keywords: 
Ética; Sistema; Responsividad; ORP Conference
Main Author: 
Angel Crescencio
Martínez Ortiz
Adif
España

Introducción.

La prevención de riesgos laborales, una cuestión primeramente ética.

La tesis principal de esta reflexión consiste en entender que la prevención de riesgos laborales es, a nuestro juicio, una cuestión primeramente ética, la preocupación por la seguridad y salud de los miembros de la comunidad que se ocupan en tareas productivas, pero la realidad es que  con el paso del tiempo esta preocupación ha devenido,  por motivos económicos y otros, casi exclusivamente en una cuestión técnica. En apoyo de esta tesis nos encontramos con las primeras legislaciones sobre el tema relacionadas, sobre todo, con cuestiones como el trabajo infantil, las largas jornadas laborales o la miseria de la clase trabajadora, de la que se ocupó el primer socialismo.[I]

Metodología

Nuestro objetivo en este trabajo es por lo tanto, acercarnos al tema de la seguridad y la salud laboral con una mirada un tanto diferente a la que podemos encontrar, de forma generalizada, en manuales, planes y foros que tratan de estos temas. Por diferente entenderemos un enfoque de la prevención que tenga en cuenta además de valores científicos, valores de tipo social y cultural, olvidados por la tradición racionalista dominante y que, a nuestro juicio, compadecen mejor con esa nueva realidad compleja de hoy en día, conformada por empresas multinacionales, instituciones políticas supranacionales, mercados globalizados y riesgos manufacturados que escapan al control de la ciencia.

La sociedad actual se diferencia, en relación al riesgo, de las sociedades tradicionales en haber producido un tipo de riesgo manufacturado altamente impredecible: “El riesgo manufacturado es un riesgo creado por la progresión misma del desarrollo humano, especialmente por la progresión de la ciencia y la tecnología.”[II] Este tipo de riesgo que acompaña a las nuevas tecnologías o formas de hacer, es difícilmente medible y controlable a partir de los cálculos probabilísticos con los que se aborda tradicionalmente la prevención y lo que queda, es únicamente cierto nivel social de aceptación del riesgo, establecido tras cierta evaluación de coste beneficio, en la que debería contar y no lo hace, el componente ético de la cuestión.

En esta situación de incertidumbre, creada más por los riesgos que ha manufacturado el ser humano que la Naturaleza, será el tipo de empresas que incorporan la responsabilidad social, en sus procesos de planificación estratégica, más que aquellas que aparecen como autistas en esta cuestión, las que puedan tomar en consideración además de las tradicionales estrategias científicas la responsabilidad que necesita un mundo que ha sido desencantado de la ciencia, sobre todo, desde que el anarquismo científico elevara su famoso todo vale a categoría de conocimiento.[III]

Mucho se ha escrito y hablado de la relación entre la ética y la empresa, sobre todo, de su influencia en balances, cuentas de resultados o rentabilidades en general. En este debate a nadie sorprende hoy en día que hayan sido las teorías que entienden como rentable la inclusión de la cuestión ética en la actividad empresarial, las que hayan triunfado frente a aquéllas otras que entienden que ética y empresa son cosas incompatibles, algo que los lingüistas definirían como un oxímoron.

Mientras se ha hablado y debatido profusamente de esta relación, poco o nada se ha hablado de la relación entre ética y seguridad y salud laboral, un aspecto que preocupa a las sociedades en relación directa a la talla moral que han alcanzado y a las empresas, en relación directa a su responsabilidad social, a su ciudadanía. Unos malos resultados en materia de seguridad y salud laboral pueden acabar con la suspensión de la actividad empresarial bien por la vía de la legalidad, por algún incumplimiento, bien por la vía de la moralidad, por la pérdida de la confianza y el prestigio social; si bien es cierto, que en los últimos años es esta última vía la que parece haber tomado la delantera.

La sociedad española parece haber alcanzado la talla moral de las sociedades que demandan a las empresas que en materia de seguridad laboral vayan más allá de lo que contempla la ley, por ser este comportamiento totalmente insuficiente: “La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas.”[IV]

Es esta aparente talla moral de la sociedad española, recogida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la que nos anima a plantear en el presente trabajo, al menos, dos ideas para la reflexión:

1.- La primera, será aquélla que entiende lo insoslayable de la cuestión ética en el tema de la prevención.

2.-  La segunda, será aquella que entiende la necesidad de que esta cuestión sea abordada desde una perspectiva diferente a la que viene siendo habitual, habida cuenta la globalización del riesgo y la desconfianza en el conocimiento científico que se ha instalado en la actual sociedad del riesgo.[V]

 Por perspectiva diferente en prevención de riesgos laborales estamos entendiendo aquella que tiene en cuenta además de consideraciones científicas al estilo de magnitudes matemáticas o probabilidades estadísticas, también cuestiones de tipo social, al estilo de cierta percepción social del riesgo aceptable. Cuando nos referimos a la percepción social del riesgo nos estamos refiriendo a cierto nivel de riesgo tolerable, o lo que es lo mismo, a cierto nivel ético que debe de servir como referente para la protección y la seguridad que se dispensa a sus ciudadanos. De esta forma, el punto focal de la seguridad y la salud laboral lo vamos a encontrar en una ética social, más amplia, vertebradora de cierta percepción social del riesgo que se trasladará a la empresa en virtud de cierta cultura corporativa, que recibirá el nombre de responsabilidad social. [VI]

Ilustración 1. La preveción de riesgos laborales una cuestión de ética social.4

A pesar de este escenario, es la tradición racionalista de la prevención, sustentada en las ficciones útiles de la seguridad y el control, la que mantiene su hegemonía en la actualidad, a nuestro juicio, ignorando que la realidad ya no se puede entender a la manera mecanicista, con la analogía de la máquina y la racionalidad matemática, y de la existencia de riesgos que como el cambio climático, las lluvias radiactivas, la contaminación atmosférica o los efectos de los campos de ondas electromagnéticas, entre otros, son apenas predecibles con los modelos matemáticos disponibles.

Quizá muchas personas no sepan que la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC), de la OMS, ha clasificado los campos electromagnéticos de radiofrecuencia; es decir, las que producen los móviles, como posiblemente carcinógenos para los seres humanos (grupo 2B), categoría que se utiliza cuando se considera que una asociación causal es creíble. Pero no nos debemos extrañar por la falta de medidas preventivas adoptadas para controlar este factor de riesgo ya que la tradición racionalista de la prevención trabaja con una causalidad fuerte, que impide que se puedan tomar medidas preventivas sobre factores de riesgo que demuestran su potencial dañino a largo plazo.

Un ejemplo paradigmático de este comportamiento preventivo lo podemos encontrar relacionado con la regulación del amianto que tardó más de 20 años en ser prohibido, desde que en los años 70 se estableciera la relación causa-efecto entre el amianto y el cáncer de pulmón (en el año 1978 fue establecida por el parlamento europeo). Europa prohíbe su uso en el año 1999 y da de plazo hasta el 2005 a los países miembros para su implementación. En España, en 1961 se fija un exposición máxima de 175mg/m3 que fue progresivamente reduciéndose (10 fibras /m3, en 1982, 0.6 fibras/m3, en 1993) hasta su completa prohibición en el año 2002. La consecuencia de esta política preventiva es que en los próximos 35 años según estudios de la OIT, morirán en el mundo unas 100.000 personas al año por cánceres producidos por la exposición al amianto. Los datos para España es que se producirán anualmente unas 2.300  muertes asociadas al amianto, bien por mesotelioma o por cáncer de pulmón, que sumarán unas 50.000 en los 35 años que van de 1995 a 2030.[VII]

Nuestra propuesta consiste en sugerir que algunas de estas muertes se hubieran evitado si en vez de esa causalidad fuerte con la que trabaja la ciencia de la prevención se hubiera aplicado el principio de precaución en relación a la salud de los trabajadores. Este principio establece que cuando una actividad representa una amenaza para la salud de las personas se deben tomar ciertas medidas, incluso aunque no se haya probado científicamente la relación causa efecto. Pero habría que preguntarse ¿qué es lo que ha impedido que se aplicara antes, en relación al amianto, y ahora, en relación a los campos de ondas electromagnéticos, el principio de precaución?[VIII]

Evidentemente, la prevalencia social de la ciencia sobre la ética es lo que ha impedido y sigue impidiendo que el principio de precaución pueda ser invocado. En ocasiones la argumentación es que la invocación de este principio representa un freno a la innovación, como si en aras de ésta se pudieran sacrificar vidas.

Conclusión

Lo que pone esto de manifiesto es que la actual sociedad del riesgo aparece así atrapada entre un riesgo manufacturado totalmente desbocado, imposible de medir y controlar adecuadamente (como Fukushima o la contaminación ambiental- elevada por la AIRC al Grupo 1 de los factores de riesgo en relación a la producción de cáncer) y una tradición racionalista de la prevención que entiende el riesgo como una medida de reducción de esa indeterminación; como el dispositivo de racionalización, cuantificación y control del azar. Es a nuestro juicio, en los intersticios de esa extraña combinación de indeterminación y racionalismo con la que tiene que lidiar la prevención en la que encontrarán acomodo perfecto los valores éticos de la responsabilidad y la precaución. Valores que se hacen necesarios porque el ideal de progreso ilimitado que alimentó la modernidad ha devenido en un correlativo y desproporcionado aumento del riesgo que la ciencia ha sido incapaz de controlar, a pesar de haber inventado un considerable número de ficciones útiles, al estilo de los unicornios, para lograrlo (valores límite, distancias de seguridad, tiempos de exposición, pruebas de estrés- referidas a las centrales nucleares, etc.). Estas ficciones proporcionan una apariencia de control del riesgo al estilo que lo hacen los controles en los aeropuertos.

Agradecimientos

Una versión preliminar de este artículo se presentó en el congreso ORPconference 2014

Referencias Bibliográficas

  • 1. Beck, U., La sociedad del riesgo: Hacia una nueva modernidad, Paidós, Barcelona, 1998. Trad. Jorge Navarro, Daniel Jiménez y Rosa Borrás. ISBN: 8449304067
  • 2. Lozano, Josep, M., Ética y Empresa, Trotta, Madrid, 1999. Trad. María Fernández. ISBN 9788481643473
  • 3. Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. BOE núm. 269, de 10 de noviembre.
  • 4. Giddens, A., Sociedad de riesgo: el contexto de la política británica, en Frankling, J. (ed.), The Politics of Risks Society, Oxford, Blackwell. Trad. Lucrecia Orensanz.
  • 5. Echevarria, J., Introducción a la metodología de la ciencia. La filosofía de la ciencia en el siglo XX. Cátedra, Madrid, 1999. ISBN 8437617006
  • 6. Sindicato Comisiones Obreras de Madrid, El amianto hoy: retos tras la prohibición, Comisiones Obreras, Madrid, 2011.



[I] El parlamento inglés reglamentó el trabajo en las fábricas con la Ley sobre la Salud y Moral de los Aprendices (1802), por la que se limitaba la jornada de trabajo y se establecían disposiciones mínimas para la higiene y la salud de los trabajadores. En Francia, se promulgó una ley que regulaba el trabajo de los niños (1841) y que prohibía trabajar a los menores de ocho años. También en Inglaterra, el reformador social, Edwing Chadwick, impulsará la Comisión que dio lugar al estudio conocido como Informe sobre las condiciones sanitarias de la población obrera en Gran Bretaña (1842), que pondría las bases para posteriores actuaciones ambientales en otros países.

[II] Giddens, A., Sociedad de riesgo: el contexto de la política británica, en Frankling, J. (ed.), The Politics of Risks Society, Oxford, Blackwell, p. 522. Trad. Lucrecia Orensanz.

[III] CF. Feyeraben, P., Against method: outline of an anarchistic theory of knowledge, New Left Books, Londres, 1975.

[IV] Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Exposición de motivos. 31/95.

[V] CF. Beck, U., La sociedad del riesgo: Hacia una nueva modernidad, Paidós, Barcelona, 1998. Trad. Jorge Navarro, Daniel Jiménez y Rosa Borrás.

[VI] “En la modernidad avanzada, la producción social de riqueza va acompañada sistemáticamente por la producción social de riesgos. Por tanto, los problemas y conflictos de reparto de la sociedad de la carencia son sustituidos por los problemas y conflictos que surgen de la producción, definición y reparto de los riesgos producidos de manera científico-técnica.” Beck, U., La sociedad del riesgo: Hacia una nueva modernidad, op. Cit. p. 25.

[VII] Secretaría de Salud Laboral, de Comisiones Obreras,  El amianto hoy. Retos tras la prohibición, CCOO de Madrid, M-16122-2011.

[VIII] A nivel internacional, el primer reconocimiento del principio de precaución se remonta a la Carta Mundial de la Naturaleza aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1982. Posteriormente fue recogido en distintos convenios internacionales sobre la protección del medio ambiente. La consagración de este principio se produjo en 1992 en la Conferencia de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo, durante la que se aprobó la Declaración de Río, en cuyo principio 15 se indica: «Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deben aplicar ampliamente las medidas de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas efectivas para impedir la degradación del medio ambiente.

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