La locura de los accidentes laborales: cuando te indemnizan por tomar cañas o ser adúltero

La locura de los accidentes laborales: cuando te indemnizan por tomar cañas o ser adúltero

Un ingeniero francés murió de un infarto tras una noche de sexo con una amante en un viaje de negocios. Ahora, la justicia ha indemnizado a la viuda tras considerarlo un "accidente laboral". El debate está abierto: ¿cuándo termina una jornada de trabajo?
31 October 2019

Salvo en el famoso chiste de los dos obreros en la fundición, ése en el que un compañero vierte hierro fundido en la espalda del otro y acaban discutiendo por los detalles, los accidentes laborales no tienen maldita gracia. Su sola mención lleva a pensar en siniestros en entornos de gran penosidad y provocados por la mala suerte, la imprudencia o las dos cosas. Circunstancias propias de las páginas de sucesos donde la peor parte se la llevan currantes de cuello azul. El caso que la Justicia francesa acaba de ratificar como accidente laboral es ajeno a este cliché, aunque también suena cómico. Su protagonista es el ingeniero de una multinacional en viaje de trabajo; el escenario, un hotel del centro de Francia; y las circunstancias, las propias de una noche de sexo... que acaba mal.

Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2013, cuando Xavier X acudió a un hotel de la localidad de Meug-sur-Loire, en el noroeste del país vecino, con una mujer que no era su esposa y la que había conocido recientemente. Tras mantener relaciones sexuales en el hotel, que no era el que la empresa había reservado para él, el hombre falleció de un ataque al corazón, como en una película mala de sobremesa. Pues bien, el Tribunal de Apelación de París, donde el proceso judicial llegó hace dos años, ha sentenciado que la muerte del empleado es atribuible a un accidente en el lugar de trabajo, ya que tuvo lugar durante el desempeño del mismo. La gran paradoja es que, además, ha condenado al empleador -la constructora de infraestructuras eléctricas ferroviarias TSO- a pagar a la viuda engañada de la víctima el 80% el salario mensual del fallecido hasta el día que hubiera alcanzado su jubilación.

Para ello, la Corte gala ha desestimado los argumentos de la empresa, que insistía en que los hechos se produjeron fuera del horario laboral. También ha rechazado la alegación según la cual Xavier había interrumpido a propósito su viaje profesional por un motivo estrictamente personal: mantener «una relación adúltera con una completa desconocida». Una forma de intentar hacer ver a los jueces que su muerte no era imputable al trabajo, sino al propio acto sexual, y que tampoco ha sido tenida en cuenta a la hora de dictar sentencia.

«En este caso en concreto, el tiempo de trabajo que supone el viaje de trabajo cubre la noche que el empleado tiene que estar fuera de casa. Durante todo el periodo, permanece bajo el amparo del empleador, tanto si el accidente se produce como consecuencia de la actividad profesional o de la vida cotidiana», ha explicado un portavoz del tribunal al canal Euronews. Los magistrados consideran que «un encuentro sexual es un acto de la vida cotidiana igual que ducharse o comer».

¿Dónde empieza y termina una jornada laboral? ¿Habría actuado la Justicia española de la misma forma en un caso similar? ¿Qué responsabilidad tendría aquí el empleador durante el viaje de uno de sus asalariados? Martín Godino, socio director de Sagardoy Abogados y reconocido en 2017 como uno de los 30 mejores letrados del mundo en el área laboral, explica que la primera ley sobre accidentes laborales en España es de 1900 y que cuando se definió esta terminología «el trabajo habitual era el del señor que entraba en la fábrica, estaba ocho horas y se iba». Por eso insta a distinguir entre el accidente que se produce durante el tiempo de trabajo -el más común- y con ocasión del trabajo, que es el que da lugar a más litigios. En esta categoría entraría el accidente in itinere, aquél que se produce en el trayecto de ida y vuelta desde la vivienda hasta la oficina. O un viaje de trabajo como el del difunto Xavier.

Godino admite que el concepto con ocasión del trabajo es «muy indeterminado» y que «en España probablemente no se habría concedido [el reconocimiento de accidente laboral], porque no se entendería que el momento en el que se ha producido el fallecimiento es una circunstancia vinculada al trabajo. Habría sido más difícil que prosperase esa tesis, pero no imposible». Y añade que en nuestro país se ha llegado a considerar accidente laboral el suicidio de un trabajador que había sufrido bullying por parte de su jefe o el infarto de otro empleado mientras tomaba unas cañas, «porque se entendió que existía vinculación con lo ocurrido en el trabajo».

Víctor Ruiz Ezpeleta, profesor de EAE Business School, se fija por su parte en aquellas ocupaciones que implican desplazarse con regularidad para afirmar que la sentencia que obliga a reparar económicamente a la familia del ingeniero francés se ajusta a derecho. «Si alguien tiene que acudir a una feria comercial o visitar clientes, todo el tiempo que permanezca fuera de casa debe estar considerado tiempo de trabajo. Le pongo un caso real: el compañero de un amigo auxiliar de vuelo ha sido atropellado por un vehículo en Brasil. Está en el hospital con distintas fracturas, y esto se ha considerado accidente laboral. No estaba físicamente en el avión, pero por motivos de trabajo debía estar fuera de su lugar de residencia. Este tipo de cosas deben estar recogidas en los contratos, en la medida en la que se puedan particularizar lo máximo posible».

Hay más casos en los que el reconocimiento como accidente laboral se ha salido de lo habitual. El pasado mes de febrero, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dio esta categoría al asesinato a tiros de un hombre en Níjar (Almería). El fallecido trabajaba en un semillero en dicha localidad y era el jefe de la mujer del autor de los disparos, a la que éste también quitó la vida.

Hace dos años, el Tribunal Supremo consideró accidente de trabajo in itinere y, por tanto, cubierto por las prestaciones de la Seguridad Social y de la mutua privada prevista para el caso, el siniestro que sufrió un empleado después de acercar a casa a dos compañeros de trabajo.

Pero quizá el caso más estrambótico se produjo en 2001, el TSJ de Cataluña calificó como accidente laboral la muerte de un empleado que murió en otro accidente de tráfico cuando volvía a su vivienda... justo el día en que había presentado su renuncia a la empresa en la que trabajaba.

Fuente: El Mundo y Dayly Mail

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