Las Leyes de seguridad vial han de debatirse en el Parlamento. No en los despachos.

Las Leyes de seguridad vial han de debatirse en el Parlamento. No en los despachos.

Nunca se han debatido en el Parlamento las Leyes de Tráfico. Siempre se han publicado como Real Decreto Legislativo, con rango de Ley, promovidas por el Gobierno de turno a propuesta de los órganos técnicos competentes del Ministerio del Interior. Cuando se anuncia que hay un proyecto de Nueva Ley del Tráfico, todo acaba en un Real Decreto Legislativo que corrige el texto anterior. Sin debate parlamentario. Asi se pierde la oportunidad de conocer las prioridades de los distintos partidos políticos (representantes de los ciudadanos) sobre la adopción de medidas efectivas que tiendan a la "Visión Cero" muertos, a la incorporación de las nuevas tecnologías y a la imprescindible coordinación interdepartamental.
10 Marzo 2021

La seguridad vial no ha sido tratada de manera conjunta en ninguna Directiva Europea que intentara homogeneizar de manera integral estrategias  de obligado cumplimiento en los países miembros, en gran parte debido a la diversidad de planteamientos y estructuras históricas de cada país. Sin embargo si existen importantes Directivas y recomendaciones sobre aspectos parciales en el mundo del Transporte y del Trabajo que de manera precisa y muy concreta vienen a obligar a los países miembros a adoptar medidas que de manera directa o indirecta inciden de manera clara en aspectos importantes del factor humano de la seguridad vial. El transporte de mercancías se ha mostrado como el gran elemento unificador de criterios de regulación y control del tráfico de vehículos pesados por las componentes de riesgo de su peso, volumen y carga, y ante las expectativas de una promoción de mega-trucks y de rutas de transporte mecanizadas y tuteladas sobre ejes viales previamente acondicionados ad hoc. Los sucesivos Gobiernos Europeos  van confiando sus posicionamientos en seguridad vial a los informes técnicos que les proporcionan las organizaciones europeas de su confianza como el ETSC o aquellas Asociaciones empresariales que vienen marcando objetivos y plazos de aplicación tanto en beneficio de la seguridad vial general como en el seguimiento y control de sus intereses. El Parlamento Europeo mediante las preguntas se sus diputados al Gobierno de la UE reciben cumplidas respuestas a las cuestiones que se les plantean con el denominador común de un gran respeto a las normativas nacionales históricas  a las que se remiten cuando la exigencia de detalles rebasa su capacidad de generalización, aunque, eso si, dando libertad a cada país a establecer las mejoras que estime conveniente si se patentiza que tendrá resultados favorables para la seguridad vial. Resulta obvio que, ante la carencia de una Directiva Europea potente y homogeneizadora, los cambios que precisa la mejora de la seguridad vial en nuestro territorio para cumplir, paradójicamente con los objetivos europeos como el de “Visión Cero”, tendrán siempre un apoyo del Gobierno de la UE.

               Si bien el derecho de los ciudadanos españoles a trabajar con seguridad viene recogido en la Constitución Española, no aparece como derecho de los ciudadanos el de circular seguro. Desde que la Ley de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial de 25 de Junio de 1989 sustituyó al Código de la Circulación creado por Decreto de 25 de Septiembre de 1934, las modificaciones reglamentarias han sido constantes para adecuar el texto legal básico a lo que en cada momento se ha venido considerando oportuno por los responsables de la seguridad vial.  “En Decreto de 30 de Julio de 1959 se había creado la Jefatura Central de Tráfico del Ministerio del Interior (actual DGT) como gran órgano unificador de la gestión de la seguridad vial, con grandes ventajas de gestión administrativa pero con el sello de pertenecer a un Ministerio policial y de orden público, concepto actualmente muy lejano de la coyuntura que se presenta en un futuro inmediato afrontar.  La fórmula mantenida para regular la normativa del tráfico no ha venido siendo la más participativa pues siempre se ha utilizado el Real Decreto Legislativo (con rango de Ley) redactado desde Interior que es una fórmula de obviar el debate parlamentario sobre temas de tráfico que nunca han sido susceptibles de ser oídos en el Congreso de Diputados ni en el Senado a no ser de manera anecdótica. Cierto que existe una Comisión de seguridad vial en el Congreso de Diputados que está abierta a portavoces de asociaciones o entidades de lo cual pueden derivar propuestas, pero nada más. Al final el texto del real Decreto Legislativo se redacta en un despacho sin debatirse en Congreso y Senado. No hay texto de ley a debatir.

La pertenencia a Interior ha dado libertad a la DGT a regular y liderar aspectos relevantes de la seguridad vial pero paralelamente ha existido una gran desconexión con otros Departamentos Ministeriales relacionados con la movilidad vial, los cuales han aplicado normativas importantes relacionadas con el factor humano de la seguridad vial que han desconectado líneas de acción y gestión de muy intima relación especialmente con aspectos de infraestructuras, del vehículo y sobre todo del Transporte de viajeros y de mercancías.  La gran organización central y territorial de la DGT que ha adquirido una gran experiencia en los Planes de Seguridad Vial ha quedado aislada en el Ministerio del Interior y respetando el trabajo hecho o pendiente de hacer en las acciones de disminución de la accidentalidad vial, su encaje parece en la actual coyuntura perfectamente justificado como gran órgano técnico del Ministerio de  Transportes, Movilidad y Agenda Urbana heredero del anterior Ministerio de Fomento. La normativa que afecta al factor humano de la seguridad vial, bien sea para titulares de vehículos, conductores, profesionales de la psicología, sociología, salud, ergonomía, educación o la formación, víctimas de accidentes y familiares, se ha ido extendiendo por diversas unidades administrativas sin una decidida acción unitaria dirigida a la eficaz obtención de resultados en la disminución de los accidentes y sus efectos, lo que motiva que tanto agentes sociales, como Universidades, Colegios Profesionales y Asociaciones de la sociedad civil, propongan una decisión de alto nivel político que reorganice la gestión del factor humano de la seguridad vial de manera potente y efectiva.

   Reivindicamos una nueva Ley que parta de unas Bases sólidas que aborde todos los aspectos del tráfico y la seguridad vial con la perspectiva de la eficacia, el convencimiento, la priorización y la coordinación. Y contemplando la Visión Cero para el 2030 y evitando la mayor parte de los 750.000 muertos europeos hasta el 2050.

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