Alternativas al formaldehído en anatomía patológica y tanatopraxis
Alternativas al formaldehído en anatomía patológica y tanatopraxis
Desde el 1º de enero de 2016 el formaldehído es oficialmente cancerígeno en la Unión Europea y en consecuencia las exposiciones laborales al mismo deben cumplir - en España - lo dispuesto en el Real Decreto 665/1997. Era el final de un largo camino administrativo que culminó el 5 de junio de 2014 con la publicación del reglamento (UE) 605/2014 de la Comisión que modificaba el Reglamento (CE) 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
El reglamento estableció la nueva clasificación del formaldehído, una decisión de considerable trascendencia preventiva: se clasificaba el formaldehído como cancerígeno de categoría 1B.
La clasificación en la categoría 1 significa que se trata de una sustancia carcinógena o supuesta carcinógena para el hombre. Una sustancia se clasifica en la categoría 1 de carcinogenicidad sobre la base de datos epidemiológicos o datos procedentes de estudios con animales. La categoría 1B se asigna a sustancias de las que se sabe que son carcinógenas para el hombre, “en base a la existencia de pruebas en animales”.
Lo anterior tiene como consecuencia la obligación de adoptar medidas preventivas para controlar la exposición, debiendo ser la primera de dichs medidas, si es posible, la sustitución de la sustancia cancerígena por otra que no lo sea.
En Francia la Agence nationale de sécurité sanitaire de l’alimentation, de l’environnement
et du travail se ocupa, entre otras cosas, de responder a las demandas del Gobierno en relación con los temas que le dan nombre y, en virtud de una solicitud de las Autoridades ha elaborado sendos informes sobre las posibles alternativas al uso del formaldlehído en dos de las ocupaciones cuyo empleo es más problemático: los laboratorios de anatomía patológica y la tanatopraxis.
Adjuntamos el texto completo de ambos informes (en francés).