Nuevas formas de empleo: el Parlamento Europeo apoya proteger los derechos de los trabajadores

Nuevas formas de empleo: el Parlamento Europeo apoya proteger los derechos de los trabajadores

Los eurodiputados apoyaron el 16 de abril una directiva que garantiza derechos mínimos para los trabajadores a demanda y de plataformas en línea como Uber y Deliveroo.
23 Mayo 2019

La normativa, ya acordada con los ministros de los Estados miembros, especifica que cualquier persona con un contrato de trabajo o una relación laboral, tal y como lo defina la legislación, los convenios colectivos o la práctica en vigor en cada Estado miembro, quedará cubierta por las nuevas reglas. También deberá tenerse en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, según la cual un trabajador efectúa un servicio durante un cierto tiempo y bajo la dirección de otra persona a cambio de una remuneración.

Esto significa que los trabajadores con contratos ocasionales o temporales, que trabajan a demanda, de manera intermitente, que cobran con vales o para plataformas en línea, así como becarios remunerados y aprendices, están cubiertos por unos derechos mínimos, siempre que trabajen un mínimo de tres horas a la semana y 12 horas cada cuatro semanas de media.

Los autónomos no estarán cubiertos por la nueva normativa.

Más transparencia

El texto obliga a informar a los trabajadores el primer día como norma general, y en un plazo que no supere los siete días de manera excepcional, de las características fundamentales de su contrato, como la descripción de las tareas asignadas, la fecha de incorporación, la duración, el salario y el horario tipo por jornada (o unas horas de referencia en caso de puestos con horarios impredecibles).

Mayor protección a las nuevas modalidades de empleo

La batería de derechos para cubrir las nuevas formas de empleo incluye que los trabajadores a demanda deberán contar con un mínimo de predictibilidad en sus horarios mediante el establecimiento de horas y días de referencia predeterminados. También tendrán derecho a rechazar, sin consecuencias, trabajar fuera del horario predeterminado o a obtener una compensación si no se les notifica a tiempo la cancelación de su contrato a demanda.

El texto insta a los Estados miembros a adoptar medidas que prevengan las prácticas abusivas como los límites de uso y duración de un contrato.

Los empleadores no deberán prohibir, penalizar o poner impedimentos a los trabajadores que firmen contratos con otras compañías, siempre que sea fuera del horario laboral previamente establecido con su empresa.

Periodo de prueba y formación

El periodo de prueba no podrá rebasar los seis meses o un periodo equivalente, proporcional a la duración del contrato, cuando se trate de empleos temporales. Si existe un nuevo contrato para el mismo puesto de trabajo, éste no podrá volver a tener un periodo de prueba.

Asimismo, el empresario deberá ofrecer formación obligatoria que contará como tiempo de trabajo. Cuando sea posible, la formación deberá ofrecerse dentro del horario laboral.

Declaración

El ponente Enrique Calvet Chambon (ALDE, España) manifestó: “Esta directiva constituye el primer gran paso hacia la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales ya que afecta a todos los trabajadores de la UE. Todos los trabajadores que han estado en el limbo tendrán, gracias a esta directiva y a las sentencias del Tribunal de Justicia Europeo, garantizados sus derechos mínimos. A partir de ahora, ningún empleador podrá abusar de la flexibilidad existente en el mercado laboral”.

ADjuntamos enlace al texto aprobado.

Fuente: Parlamento Europeo

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