La Fiscalía de Pontevedra tacha de «desoladora» la falta de denuncias por riesgo de accidente laboral

La Fiscalía de Pontevedra tacha de «desoladora» la falta de denuncias por riesgo de accidente laboral

El ministerio público considera que los sindicatos deben ser «los agentes óptimos» para denunciar
23 Enero 2018

«En cuanto a los delitos de riesgo sin resultado lesivo no se ha incoado ninguno este año, lo cual resulta desolador». De este modo, el último informe del área de siniestralidad laboral de la Fiscalía de Pontevedra deja patente la preocupación que existe en el seno del ministerio público ante la inexistencia de denuncias relativas a esta modalidad delictiva que busca castigar conductas que pongan en riesgo la integridad física de los trabajadores. No en vano, remarcan que un eficiente persecución de este tipo de hechos «supone adelantar la barrera de la protección jurídico penal a la producción de un resultado lesivo».

«Se trata de figuras de peligro concreto, es decir, basta la confirmación de un riesgo determinado para la vida o para la integridad física para que se entienda realizado el delito», refiere Óscar Morales, profesor de Derecho Penal de la Universidad Oberta De Catalunya, en Responsabilidad penal asociada a la siniestralidad laboral. En todo caso, aclara que «la imposición de una sanción administrativa no tiene por qué ser, en consecuencia, indicio de que dicha infracción laboral genera un riesgo para la vida o integridad laboral del trabajador».

El Código Penal establece que la comisión de este tipo delictivo puede ser dolosa -en aquellos supuestos en los que no se « faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física»- o por imprudencia grave. Mientras que los primeros se exponen a una condena de seis meses a tres años de prisión y multa, sobre los segundos recaería «la pena inferior en grado».

En cualquier caso, el informe de la Fiscalía reseña que las potenciales vías de conocimiento de estos delitos son cuatro. Por un lado, las actas de infracción elaboradas por el personal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como las comunicaciones que remitan los sindicatos, trabajadores y particulares.

En este punto, los representantes del ministerio público hacen una suerte de criba al asumir «la dificultad y reticencia, por razones obvias, que supone para un trabajador denunciar a su empleador por un incumplimiento de las medidas en materia de seguridad y salud». Es por ello que consideran que las centrales sindicales deben ser «los agentes óptimos para llevar a cabo tales denuncias», mientras que la Inspección deben continuar siendo «la principal colaboradora de la Fiscalía en este sentido».

Esto explica el llamamiento que se ha realizado buscando un compromiso de todos los implicados para perseguir aquellas conductas que puedan poner en peligro la vida o, simplemente, la integridad física de los trabajadores. «Supondría -apuntan al respecto- un importante avance en el fin último por todos perseguido cual es la lucha contra la siniestralidad laboral».

531 causas incoadas

A este respecto, y a falta de conocer los datos concretos del presente ejercicio, las lesiones en accidente laboral registradas el pasado año no excedieron a las del 2015. En total, en el 2016 se incoaron 531 causas por siniestralidad laboral en Pontevedra, de las que cinco fueron inicialmente calificadas como homicidios. Un año antes se habían tramitado 479 procedimientos, también cinco derivados de muertes en el puesto de trabajo.

La mayoría de los procedimientos incoados por el ministerio público son archivados

Las cifras pueden ser elevadas. Las 531 causas incoadas en el 2016 por lesiones o muerte en el marco de un accidente laboral conllevarían que Pontevedra registra diariamente más de un siniestro de entidad. Y sin embargo, la realidad muestra todo lo contrario.

La explicación se encuentra en el hecho de que, en buena parte, un amplio número de estos procedimientos se corresponden con una precalificación. Así, precisan que, «en la mayoría de los casos, los procedimientos resultan archivados».

A fin de cuentas, se contabilizan desde accidentes in itínere hasta siniestros fortuitos o los padecidos por trabajadores autónomos, así como otros que, al ser calificados como leves, no son objeto de investigación por parte de Inspección de Trabajo. En referencia a estos últimos, y salvo excepciones, «no son objeto de más instrucción que la diligencia de oír al perjudicado», recoge el informe de la Fiscalía.

Esta afirmación tiene su reflejo en las causas en las que se ha formulado un escrito de acusación: catorce en el 2016, uno menos que un año antes. Igualmente, el pasado año se dictaron quince sentencia por veintidós en el 2015 y la Audiencia resolvió un número similar de apelaciones, cuatro en el 2016, tres en el 2015.

Fuente. La Voz de Galicia

¿Qué opinas de este artículo?