El Tribunal Superior de Justicia de Galicia declaran nulo el despido de un trabajador efectuado el mismo día en el que sufrió un accidente de trabajo
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia declaran nulo el despido de un trabajador efectuado el mismo día en el que sufrió un accidente de trabajo
Son hechos declarados probados que el actor sufrió un accidente mientras realizaba su trabajo, y que ello fue conocido por el empresario, procediendo a despedirle el mismo día del accidente, cuando existía una apariencia de incapacidad duradera del trabajador, en el sentido de que sus dolencias no presentaban una perspectiva bien delimitada en cuanto a su finalización a corto plazo o que dicha discapacidad podía prolongarse significativamente; apariencia razonable de discapacidad que el empresario pudo observar de propia mano.
Concluye la Sala que en el presente caso se está ante una discriminación por apariencia por discriminación subsumible en el concepto de discriminación directa por discapacidad contemplado en el art. 2.2 a) de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, que prevalece sobre el Derecho interno, norma comunitaria que no exige que el sujeto discriminado tenga discapacidad, sino que sea discriminado por discapacidad en base a una apariencia.
Adjuntamos el texto completo de la sentencia.
Fuente: Iustel