Condena en firme a tres años de prisión para la administradora de Ron Montero por el accidente laboral que acabó con un fallecido y dos heridos graves

Condena en firme a tres años de prisión para la administradora de Ron Montero por el accidente laboral que acabó con un fallecido y dos heridos graves

La sentencia considera probado que la administradora, incumpliendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, "excluyó expresamente de la evaluación inicial de riesgos laborales la protección contra atmósferas explosivas"
8 October 2020

Eran las cuatro de la tarde del 2 de julio de 2014. Los hechos se produjeron después de que los empleados hubieran efectuado un trasvase de alcohol a barricas. El interior del recinto disponía en filas de a uno grandes cubas metálicas y a la derecha se acumulaban las barricas de madera. Se había terminado el trasvase del alcohol de unas a otras, pero en la penúltima cuba de metal presuntamente se había detectado un fallo. La tapadera lateral y baja que cierra estos toneles metálicos se había caído al interior de este recipiente de grandes dimensiones y había quedado hundido sobre el líquido de ron que aún quedaba en su interior. La tapadera, salvando las diferencias, simula a la tapa de una olla exprés, de un tamaño ligeramente inferior.

Cuando los trabajadores terminaron de traspasar el alcohol a las barricas, presuntamente uno de ellos acudió a solucionar el problema de esta tapadera, es decir, a intentar buscarla en el interior de la cuba metálica, pero se encontró que este objeto de metal estaba hundido bajo el ron que allí quedaba depositado. Justo detrás de esa penúltima cuba metálica, existía un pequeño depósito de herramientas y de ahí se tomó un foco halógeno de 150 vatios, con el cual y siempre presuntamente, uno de los trabajadores lo utilizó para alumbrarse dentro de la cuba y localizar la tapadera que se hundió en este recipiente con los restos de ron. Al trabajador solo le dio tiempo a aproximar el foco, justo donde había una acumulación de gases importante mezclado con aire y que solo necesitaba una fuente de calor potente que hiciera de chispa para provocar la primera deflagración que desató el incendio.

La presión de gases acumulados se abrió paso a través de las instalaciones donde se encontraban las barricas, los despachos de admin istración también se vieron afectados con puertas descolgadas y cristales rotos. Y tal y como se ha dicho antes, la uralita de la cubierta de la zona de almacenaje que voló tras la primera deflagración fue un salvavidas para que aquel incendio no se convirtiera en una tragedia de mayores dimensiones. Por allí se liberaron muchos gases que si no hubieran tenido otra salida habrían convertido la fábrica de ron en una montaña de cenizas.

A consecuencia de la explosión se registró la muerte de un trabajador que ingresó en el hospital con el 100% del cuerpo quemado y otros tdos rabajadores sufrieron quemaduras en el 35% y 45% de su cuerpo.

Este fue el accidente laboral que desembocó en un juicio de los trabajadores afectados contra la empresa Ron Montero, de la cual, tras haberse desestimado su recurso, la que fuera administradora única de la fábrica ha sido finalmente condenada a tres años de prisión.

Así se recoge en una sentencia de la Audiencia de Granada en la que se condena en firme a tres años de prisión a la que fuera administradora única de Ron Montero por el accidente laboral registrado en julio de 2014.

La sentencia desestima el recurso que la procesada, A.M.T, presentó contra la sentencia que la condenó en primera instancia y confirma íntegramente su pena como autora de un delito de homicidio por imprudencia grave y de dos delitos de lesiones por imprudencia grave.

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a uno de los trabajadores, Manuel G.R., con 268.641 euros, y al otro, Miguel L.V., con 392.015 euros por las lesiones causadas en el accidente. Además, la Audiencia acepta la pretensión del primero de los empleados de ser indemnizado en 12.000 euros por la pérdida de su hermano en este siniestro laboral.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno, tampoco ante el Tribunal Supremo, tal y como ha precisado la propia Audiencia Provincial en un auto aclaratorio dictado a finales del pasado julio.

La sentencia que ahora confirma la Audiencia considera probado que pese a implantarse por Ron Montero un servicio de prevención de riesgos laborales, la entonces administradora, incumpliendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, "excluyó expresamente de la evaluación inicial de riesgos laborales la protección contra atmósferas explosivas".

Fuente: Granadahoy y Ideal

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