Los Estados miembros de la UE apoyan la restricción de sustancias químicas carcinogénicas, mutagénicas o tóxicas en los productos textiles

Los Estados miembros de la UE apoyan la restricción de sustancias químicas carcinogénicas, mutagénicas o tóxicas en los productos textiles

El nuevo reglamento podría entrar en vigor en otoño
6 July 2018

La Comisión Europea ha propuesto limitar la exposición a 33 sustancias químicas carcinogénicas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción (CMR) al restringir su comercialización en prendas de vestir, textiles y calzado. Los Estados miembros apoyaron la propuesta, preparada según un procedimiento de restricción simplificado, en abril. Ahora, la propuesta legislativa será sometida a un escrutinio por parte del Parlamento Europeo y el Consejo. Adjuntamos el texto de la propusta de reglamento.

Las sustancias objeto de la propuesta de restricción se encuentran en productos a los que los consumidores pueden estar expuestos a través del contacto directo y prolongado con la piel, la inhalación o la ingestión involuntaria de polvo de fibra textil. Estos incluyen ropa y accesorios relacionados, calzado y textiles que no sean prendas que toquen la piel, como ropa de cama, tapicería y pañales reutilizables.

Cada una de las sustancias tiene propiedades diferentes y se utilizan en diferentes procesos en las industrias textil y del calzado, por lo que se han especificado límites máximos de concentración para sustancias individuales o grupos de sustancias. Esto nos permite considerar la factibilidad técnica de alcanzar los límites y la disponibilidad de métodos analíticos apropiados para ser considerados.

La restricción abarca 33 sustancias CMR de las categorías 1A y 1B de los siguientes grupos de sustancias:
    cadmio, cromo, arsénico y compuestos de plomo;
    benceno e hidrocarburos poliaromáticos (HAP);
    hidrocarburos aromáticos clorados;
    formaldehído;
    ftalatos;
    disolventes apróticos polares;
    azo-tintes y arilaminas; y
    quinolina.

En el proyecto de reglamento se incluye una lista completa de las sustancias propuestas y los límites de concentración restringida en peso.

La ropa, los accesorios relacionados y el calzado (o sus partes) hechos de cuero natural, piel y cuero, así como sujetadores no textiles y adornos decorativos han sido excluidos de la propuesta ya que se utilizan diferentes procesos en su producción.

Los materiales textiles utilizados en dispositivos médicos están exentos, ya que deben cumplir requisitos específicos de seguridad y funcionalidad.

Además, los artículos de segunda mano que están en uso del consumidor antes de que se aplique la restricción se excluyen, ya que sería casi imposible aplicarlos en productos que ya se han comercializado. Sin embargo, los artículos hechos de fibras recicladas deben estar cubiertos por la restricción.

El primero de su tipo

La propuesta es la primera restricción simplificada preparada para artículos que utilizan el enfoque estructurado acordado con los Estados miembros y las partes interesadas en 2014-2015.

El proceso comenzó a finales de 2015 con un debate entre la Comisión y las autoridades de los Estados miembros sobre los criterios para la aplicación de artículos, en los que los textiles, las prendas de vestir y el calzado figuraban como prioridades.

Las sustancias peligrosas en estos productos ya habían planteado preocupaciones anteriormente. La Comisión tenía indicios de la posible presencia de sustancias CMR en el trabajo realizado por algunos Estados miembros de la UE y ONG. Por lo tanto, era una opción lógica para orientarlos a través de la ruta de restricción simplificada.

El procedimiento simplificado permite abordar un mayor número de sustancias CMR a la vez, en lugar de hacer restricciones individuales para cada una de las sustancias.

El procedimiento omite algunos pasos de una restricción estándar, como una consulta pública de la propuesta y las opiniones de los Comités de Evaluación de Riesgos (RAC) y Evaluación Socioeconómica (SEAC) de la ECHA.

Aunque no es una exigencia del procedimiento REACH, la Comisión consultó a las partes interesadas sobre el alcance y la lista de sustancias posiblemente relevantes para obtener más información sobre su uso y presencia en los productos en cuestión. La Comisión también organizó un taller técnico con las partes interesadas y solicitó comentarios sobre la propuesta.

¿Adopción final en otoño?

Los Estados miembros debatieron por primera vez la propuesta en el Comité REACH en febrero. La votación tuvo lugar el 26 de abril. Será publicado en el Diario Oficial de la UE después del escrutinio del Parlamento y el Consejo.

El reglamento entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial. Sin embargo, las empresas tienen 24 meses para aplicar la ley, por lo que en el otoño de 2020 las sustancias restringidas ya no deberían estar presentes en los textiles mencionados en el alcance.

Fuente. ECHA

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