Orientaciones para la integración de la prevención de riesgos laborales en el diseño de cubiertas – Año 2024

Orientaciones para la integración de la prevención de riesgos laborales en el diseño de cubiertas – Año 2024

España: El Grupo de Trabajo Construcción, de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, ha elaborado unas orientaciones para el diseño de cubiertas sobre las que sea seguro trabajar. En este documento se abordan los aspectos más críticos a tener en cuenta cuando se proyecta la cubierta de un edificio.
30 Abril 2024

La finalidad de este documento es facilitar orientaciones para que aquellos/as profesionales con competencias para proyectar edificaciones las tengan en consideración durante el diseño de las mismas y, de esta forma, se conciban edificaciones con cubiertas seguras. Las pautas recogidas en el presente documento servirán tanto para proyectos de obra nueva de edificios (naves industriales, viviendas unifamiliares, edificios de usos múltiples, etc.) como para proyectos de rehabilitación o de reforma que afecten a la cubierta de una edificación ya existente[1]. Estas orientaciones[2] permitirán a los/as proyectistas el cumplimiento de las obligaciones que el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción les impone en los artículos 5.6, 6.3 y 8 e integren, así, los principios generales de prevención en materia de seguridad y salud laboral en la elaboración del proyecto de obra; contemplando, asimismo, las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores sobre las cubiertas o tejados[3]. En este sentido, el comentario incorporado en el apartado II Ámbito de aplicación de la Introducción del Documento Básico de Seguridad de utilización y accesibilidad (DB SUA) comentado recuerda que, en cumplimiento de las citadas obligaciones legales, «las cubiertas han de diseñarse y contar con aquellos elementos,

dispositivos y sistemas de protección que sean precisos para que las labores de inspección y mantenimiento de las mismas se puedan realizar en condiciones de seguridad». De esta forma, se pretende que tengan presente que sobre los tejados o las cubiertas de los edificios que diseñan se realizarán, tarde o temprano, labores de reparación y mantenimiento y tomen conciencia de la repercusión que, inevitablemente, tienen sus decisiones sobre las condiciones de seguridad y salud de quienes, posteriormente, llevarán a cabo estas tareas. De hecho, uno de los riesgos laborales más graves vinculado a estas actividades es el de caída de altura y es obvio que se debe claramente a las características del emplazamiento en el que se desarrollan: la cubierta o tejado de un edificio. Por consiguiente, quienes proyectan los citados edificios tienen la capacidad de eliminar y, cuando esto no sea posible, reducir y controlar este riesgo de caída de altura en tanto en cuanto son los que definen, en el proyecto, las características de los tejados o cubiertas.

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