La Unión Europea modifica la Directiva sobre cancerígenos y mutágenos

La Unión Europea modifica la Directiva sobre cancerígenos y mutágenos

La Comisión debe evaluar antes del 30 de junio de 2020 la opción de modificar la Directiva para incluir los fármacos peligrosos en su ámbito de aplicación
9 Septiembre 2019

El Diario Oficial de la Unión Europea publica la Directiva 2019/983 del Parlamento Europeo y del Consejo, cuyo texto adjuntamos, que modifica la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante el trabajo.

Objetivo

Esta directiva establece los nuevos requisitos respecto a determinados aspectos que actualmente no se encuentran cubiertos por la Directiva de cancerígenos y mutágenos. Como su objetivo es la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores en el lugar de trabajo, debe transponerse en el plazo de dos años a partir de la fecha de su entrada en vigor.

Principales modificaciones

1. Establecimiento de un valor límite biológico para el cadmio y sus compuestos en el ámbito de la Directiva

Se añade el artículo 18a, donde se emplaza a la Comisión que evalúe la opción de modificar de nuevo la Directiva, de forma que se establezca una combinación entre un límite de exposición ambiental y un límite de exposición biológico para el cadmio y sus compuestos inorgánicos. Para ello, la Comisión dispone de un plazo que finaliza a más tardar el 11 de julio de 2022.

2. Medicamentos peligrosos

El artículo 18a añadido también especifica la necesidad de establecer los mecanismos adecuados de protección para las personas que trabajan en el ámbito sanitario, en relación con el riesgo que pueda suponer el manejo de fármacos peligrosos, como los citotóxicos. La Comisión debe evaluar antes del 30 de junio de 2020 la opción de modificar la Directiva para incluir dichos medicamentos en su ámbito de aplicación o para proponer otros instrumentos de protección más adecuados. Para ello, se ha de realizar una consulta con los atentes relevantes (en especial con los profesionales de la salud) y con las organizaciones empresariales y sindicales.

3. Modificación de los valores límites para sustancias cancerígenas y mutágenos contenidos en el Anexo III

Los nuevos valores para cancerígenos o mutágenos se incluyen en el anexo III de la Directiva. Esta vez, las sustancias con nuevos valores han sido:

  • Cadmio y sus compuestos inorgánicos.
  • Berilio y compuestos de berilio inorgánico.
  • El ácido arsénico y sus sales, así como los compuestos de arsénico inorgánico
  • Formaldehído.
  • 4,4′-metileno-bis (2-cloroanilina).

Actualmente en España muchos de estos compuestos ya tienen un valor límite ambiental, recogido en el documento ‘Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos’, que edita anualmente el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Fuente: Envira

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