Perú: los cambios más importantes en la normativa laboral de 2017

Perú: los cambios más importantes en la normativa laboral de 2017

Algunos de los proyectos normativos están enfocados en una ley que establece disposiciones complementarias para el funcionamiento del sistema de inspección del trabajo
18 Junio 2017

Para aclarar el panorama respecto a los últimos cambios normativos en materia de leyes laborales, el Estudio Hernández & Cía. Abogados realizó el desayuno “Nuevo Panorama Laboral”, donde detalló las acerca de las repercusiones que tendrán las modificaciones normativas de los últimos meses, los próximos proyectos normativos, y los últimos pronunciamientos jurisprudenciales.

El evento, con la ponencia de Michael Vidal, socio de Hernández & Cía. Abogados, presentó los cambios en el panorama normativo como la certificación de discapacidad o la eliminación del carácter obligatorio de registrar los contratos de trabajo a plazo fijo en el Ministerio de Trabajo. Además, Vidal explicó cómo es que ahora se podrá firmar digitalmente boletas de pago o constancias de pago, así como documentos en procedimientos administrativos de índole laboral. En este sentido, a raíz de dichos ajustes normativos, las personas naturales que solo hayan percibido rentas de trabajo de Quinta Categoría no estarán obligadas a presentar una Declaración Jurada Anual por el ejercicio correspondiente excepto que deseen deducir gastos por hasta 3 UIT.

Algunos de los proyectos normativos que se podrían implementar desde el Ministerio de Trabajo están enfocados en una ley que establece disposiciones complementarias para el funcionamiento del sistema de inspección del trabajo, un Decreto Supremo que establece nuevas reglas para la procedencia y trámite del arbitraje potestativo y una Ley que modifica diversos artículos del texto único ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Los pronunciamientos jurídicos y las observaciones más relevantes realizadas son en materia del trabajo remunerado durante el descanso por maternidad, manifestando que el haber realizado labores remuneradas durante el periodo de descanso no constituye un impedimento legal para la percepción de prestaciones económicas. Y en caso de accidente de trabajo, los daños deben atribuirse al empleador, por haber incumplido con el deber de prevención, hecho que generará la obligación de pagar a la víctima una indemnización.

Otros temas relevantes son los constantes operativos de SUNAFIL en diversos sectores como el de construcción y accidentes con el operativo “Accidentes Cero” o la verificación del cumplimiento de las medidas de seguridad y salud en el trabajo mediante “Oficinas Seguras”. Así como, la ley general de la persona con discapacidad, que establece una cuota mínima del 3% en empresas del sector privado con más de 50 trabajadores, la adaptación de herramientas de trabajo y el entorno y las deducciones en el pago de IR sobre los gastos realizados en dichos ajustes.

Fuente: Pressperu

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