No discriminación y violencias sexuales: Obligaciones para la empresa y responsabilidades
No discriminación y violencias sexuales: Obligaciones para la empresa y responsabilidades
PRESENTACIÓN
El artículo 25 de la Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación establece la obligación de aplicar medidas de protección y reparación frente a la discriminación, que afectan directamente a todas las instituciones y empresas ya sean públicas o privadas. En este sentido se establece normativamente que la protección frente a la discriminación “obliga a la aplicación de métodos o instrumentos suficientes para su detección, la adopción de medidas preventivas, y la articulación de medidas adecuadas para el cese de las situaciones discriminatorias. Conceptos como el de nacionalidad, edad, residencia legal, nacimiento, origen racial o étnico, sexo u orientación sexual, religión, convicción u opinión, deberán tratarse y analizarse en el Plan de no Discriminación.
Las empresas deben además demostrar que han adoptado todas las medidas suficientes y necesarias para que este tipo de conductas no se produzcan en el entorno laboral, haciendo así responsable a la propia empresa o persona jurídica, de los delitos que en este sentido podrían llegar a producirse como consecuencia de una relación laboral. El protocolo de acoso sexual, el protocolo de acoso discriminatorio, el canal de denuncias… son solo algunos de los puntos de partida para toda una serie de obligaciones que deberán incorporarse en el día a día de las organizaciones, gestionando y previniendo este tipo de situaciones y erradicando las mismas a partir de su conocimiento.
Lo mismo ocurre con la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, que incorpora además, la responsabilidad penal de las empresas en los delitos de Acoso Sexual y Acoso Laboral.
PROGRAMA
15:00 Conferencia
LA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS CONFORME A LA LEY DE IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN Y LA LEY ORGÁNICA DE GARANTÍA INTEGRAL DE LIBERTAD SEXUAL.
La inversión de la carga de la prueba. Medidas de reparación y principales sanciones. La responsabilidad Penal de las empresas y personas jurídicas conforme a la Ley: especial referencia a la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual.
GUILLEM PEDRAGOSA
CEO Igualia - Grupo SGP
15:30 Conferencia
OBLIGACIONES Y MODELOS DE GESTIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO LEGAL DE LA NO DISCRIMINACIÓN Y LOS ESPACIOS LIBRES DE VIOLENCIA EN LAS EMPRESAS
El concepto de Acoso Discriminatorio. Discriminación y perspectiva de género. Novedades respecto a la gestión del acoso conforme a la Ley. Espacios libres de violencia sexual en las empresas y organizaciones en el contexto de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual
CRISTINA MAESTRE GONZÁLEZ
Gerente Igualia - Grupo SGP
16:00 Conferencia
EL PLAN DE NO DISCRIMINACIÓN EN LAS ORGANIZACIONES. EXPERIENCIA EMPRESARIAL
Principales obligaciones para las empresas. Medidas preventivas, sesgos inconscientes y acciones positivas
JUAN CARLOS CASTAÑO RIVERO
Responsable Servicio de Prevención Mancomunado Barcelona de Serveis Municipals, S.A.
Moderadora
VILMA FERNÁNDEZ
Directora de comunicación FIORP
CERTIFICADO
Para recibir el Certificado de asistencia online CERpIE-Universitat Politècnica de Catalunya es necesario inscribirse a la jornada.
RETRANSMISIÓN
La jornada se puede seguir online en directo a través de streaming.