El TSJ de Murcia considera laboral el accidente de un obrero durante la hora de la comida

El TSJ de Murcia considera laboral el accidente de un obrero durante la hora de la comida

La mutua alegó que fue por negligencia del obrero, pero el Tribunal no consideró que hubiese imprudencia temeraria
20 June 2019

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de una mutua contra la sentencia de un juzgado de la capital que declaró laboral el accidente de un trabajador en el descanso en el que disponía a comer en las dependencias de la empresa.

La sentencia de la Sala de lo Social señala que la mutua alegó que fue por negligencia del obrero por subirse al chasis de una carretilla elevadora, con lo que debía ser considerado como contingencia de enfermedad común.

Frente a esa argumentación, la sala, que tiene como ponente al magistrado Joaquín Ángel de Domingo, indica que no hubo negligencia temeraria, que exige la asunción de un riesgo innecesario para la vida o los bienes y excederse del comportamiento normal de una persona.

Y añade que fue en el tiempo de la comida y en las instalaciones de la empresa, "por lo que el nexo causal no se rompió".

Comenta que el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que se establece incluso que ese nexo no se rompe cuando se demora una hora la vuelta a casa por entrar a comprar en un supermercado.

Al desestimar el recurso de la mutua, la sala la condena a pagar en concepto de costas al letrado de la parte contraria

Fuente: Murciaeconomia

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