El Gobierno indulta a una empresaria condenada a tres años de prisión por un accidente laboral con un muerto y dos heridos
El Gobierno indulta a una empresaria condenada a tres años de prisión por un accidente laboral con un muerto y dos heridos
El Real Decreto firmado por la Ministra de Justicia conmuta la pena privativa de libertad como autora de un delito de homicidio por imprudencia grave por otra de dos años de prisión al entender que concurren razones «de justicia y equidad»
El Gobierno ha indultado a Andrea Martín Targa, exadministradora única de la empresa Ron Montero que fue condenada a tres años de prisión por el accidente laboral ocurrido en su fábrica de Motril el 2 de julio de 2014, en el que perdió la vida un trabajador de 45 años y resultaron gravemente heridos otros dos empleados, uno de ellos hermano de la víctima.
La entonces responsable de la fábrica fue condenada el 3 de abril de 2019 por el Juzgado de lo Penal 2 de Motril como autora de un delito de homicidio por imprudencia grave y de dos delitos de lesiones por imprudencia grave. En concepto de responsabilidad civil, fue condenada a indemnizar a uno de los trabajadores, Manuel G.R., con 268.641 euros y al otro, Miguel L.V., con 392.015 euros por las lesiones causadas, todo ello en una sentencia que luego ratificaría la Audiencia Provincial de Granada. Los indultos no extinguen la responsabilidad civil derivada del delito.
Según recoge el BOE, «se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la ministra de justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 24 de mayo de 2022».
La explosión
El accidente se produjo sobre las 16.00 horas del 2 de julio de 2014, cuando se encontraban en la fábrica de Ron Montero sus tres trabajadores.
Una vez finalizada la habitual tarea de trasiego de alcohol entre depósitos y hallándose uno de ellos prácticamente vacío, se abrió su compuerta inferior para examinar su contenido. Por esa compuerta salieron hacía el exterior vapores inflamables que se mezclaron con el aire, lo que generó una mezcla «incluida dentro de los límites de inflamabilidad».
En ese momento, los tres trabajadores se aproximaron a la escotilla que estaba abierta con un foco de luz, lo que activó una energía que al entrar en contacto con la mezcla de aire/alcohol que había en el lugar generó una explosión que produjo un incendio de gran violencia.
Los trabajadores sufrieron quemaduras de segundo y tercer grado por diversas partes de su cuerpo, ante lo que uno de ellos acabó muriendo.
La sentencia de la Audiencia consideró probado que pese a implantarse por Ron Montero un servicio de prevención de riesgos laborales, la entonces administradora, incumpliendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, «excluyó expresamente de la evaluación inicial de riesgos laborales la protección contra atmósferas explosivas».
Fuente: Ideal, Lavozdegranada y Eldiario