Salud, edad y conducción

Salud, edad y conducción

¿Qué hacer cuando el anciano familiar insiste en seguir conduciendo vehículos a motor?. La pérdida de condiciones físicas o psíquicas de los conductores es un factor de riesgo que tiene establecidas fórmulas de control que no siempre vienen respondiendo a las expectativas preventivas necesarias. Es evidente que el rol de los centros de reconocimiento médico de conductores en la revisión del permiso de conducir responderá al 100% cuando se les incorpore a la información de la red sanitaria de centros públicos y privados (patologías y medicación).
30 Septiembre 2024

La revisión periódica del permiso de conducir es un acto administrativo que permite analizar la trayectoria de los conductores en plazos de 10 años que se van reduciendo según el incremento de la edad de los mismos, pero es esencialmente un importante elemento de control, quizás el único, de las condiciones que disponen las personas para conducir vehículos a motor con garantías para su seguridad y la de los demás usuarios de la vía pública.

Hasta la fecha, la revisión solo viene exigiendo demostrar que se mantienen las condiciones de salud mínimas para garantizar la conducción segura. Inicialmente era suficiente la aportación de un certificado médico suscrito por un médico en activo y colegiado que lo avalara. Desde hace bastantes años que, dada la ligereza en la emisión de dichos certificados en algunos supuestos, se obligó a que la certificación de la aptitud psicofísica fuera emitida por un Centro de Reconocimiento Médico especializado en los temas de conducción con las pruebas necesarias para garantizar que el conductor mantiene las condiciones adecuadas para poder seguir conduciendo.

Sin prejuzgar la calidad general de las certificaciones médicas actuales, lo cierto es que los usuarios al revisar el permiso de conducir constatan de nuevo que los Centros son prácticamente un elemento más de la cadena administrativa de la revisión, siendo muy raros los supuestos de informes negativos, y no tanto en los temas sensoriales sobre los que se hacen las pruebas de reflejos, visión y audición, sino por carencias de comprobaciones de hábitos y actitudes de riesgo especialmente psicofísicas, o de consumo habitual de alcohol, drogas o psicofármacos de grave riesgo en la conducción que son detectadas tanto por los profesores de formación vial como los examinadores pero sobre todo en los cursos de reeducación para la recuperación de puntos. Es remarcable la falta de una capacidad de derivación a los centros de reconocimiento médico por parte de estos profesionales de los conductores deficitarios aunque existan mecanismos establecidos por las Administraciones responsables (cuando reciben información de algún caso) en solicitar información del ICAM o similares para actuar en consecuencia, como también en los casos de preocupación familiar por la facilidad de renovación del permiso de los familiares de edad muy avanzada.

La Unión Europea ha emitido cautelas dictando recomendaciones para privar el acceso al permiso de conducir a patologías contrastadas de enfermedades neurológicas, epilépticas, de trastornos mentales o de senilidad, del consumo de alcohol y de fármacos y psicofármacos, así como las drogas en general, un problema este último en preocupante progresión.

Sin embargo, los importantes riesgos que genera la circulación de vehículos a motor conducidos por personas que por edad, salud o mediación, o incluso con hábitos y actitudes insolidarias e incompatibles con la convivencia tendrían una base valorativa trascedente si se incorporaran las bases de datos de los Hospitales Públicos y Privados a los Centros de Reconocimiento de Conductores para que sus facultativos pudieran tomar la decisión adecuada sobre la autorización o denegación de las personas que no pueden conducir con garantías plenas de seguridad.

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