El Gobierno aprueba el Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzoso
El Gobierno aprueba el Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzoso
El Consejo de Ministros ha acordado aprobar el Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzoso: relaciones laborales obligatorias y otras actividades humanas forzadas a propuesta de los Ministerios de Trabajo y Economía Social; de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; de Justicia; del Interior; de Educación y Formación Profesional; de Igualdad; y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
El acuerdo da cumplimiento a la exigencia del Protocolo de 2014 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que fue ratificado por España el 12 de diciembre de 2017 y entró en vigor el 20 de septiembre de 2018 y que exige a los estados que lo suscriban desarrollar un plan de acción nacional para lograr la erradicación del trabajo forzoso. Una exigencia a la que España no había dado cumplimiento hasta el momento.
El Plan de Acción está centrado, ante todo, en la protección de las víctimas por lo que resulta esencial la tipificación del delito de trabajo forzoso y en la adopción de medidas dirigidas a conocer mejor su perfil, con el fin de protegerlas y de mejorar las políticas de prevención y de detección.
Es la primera vez, por tanto, que se adopta un plan específico para luchar contra el trabajo forzoso que, hasta ahora, sólo se había abordado en conexión, por ejemplo, con actividades como la explotación laboral o la trata de seres humanos con fines de explotación laboral.
El Plan permitirá adoptar medidas adecuadas para proteger a las víctimas de trabajo forzoso y conocer sus necesidades y, también diseñar las políticas adecuadas para luchar contra esta lacra. Tendrá una duración de 3 años y se creará un Grupo de trabajo Interministerial que hará seguimiento de su grado de cumplimiento.
Objetivos del Plan contra el Trabajo Forzoso
El plan responde a la firme determinación de luchar contra el trabajo forzoso en nuestro país en la defensa de los derechos humanos y la dignidad de las personas.
El hecho de que el trabajo forzoso no sea un fenómeno extendido en España no quiere decir que no sea necesario luchar contra los casos existentes, aunque sean reducidos en número, con todos los medios a nuestro alcance.
El objetivo debe ser la erradicación del trabajo forzoso dentro y fuera de nuestras fronteras.
El Plan de Acción permite dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por España y avanzar en el cumplimiento de la Agenda 2030, que constituye una prioridad para el Gobierno y el conjunto de nuestro país. Abordar el trabajo forzoso y establecer mecanismos para su erradicación, no sólo supone una meta concreta del Objetivo de Desarrollo Sostenible 8 (Trabajo Decente), sino que también contribuye de modo sustancial a otros objetivos, como la construcción de sociedades más justas.
El Plan permite implicar a todos los actores involucrados en la lucha contra el trabajo forzoso para reforzar su eficacia.
Áreas de actuación
El Plan de acción prevé Medidas de análisis y estudio del fenómeno del trabajo forzoso: a través de las que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial mejorarán el conocimiento existente sobre el trabajo forzoso y compartirán información para prevenir mejor este tipo de conductas.
También recoge medidas de prevención, concienciación y formación; Medidas de detección, investigación y enjuiciamiento, entre las que se prevé la tipificación como delito del trabajo forzoso y una intensificación de la actividad de la Inspección de Trabajo, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y la Fiscalía General del Estado. Incluye, además, medidas de protección y apoyo a las víctimas.
Por último, incluye Medidas de coordinación y cooperación internacional ya que este tipo de prácticas a menudo involucran a personas procedentes de otros países y a organizaciones para delinquir radicadas fuera de nuestras fronteras. Es esencial, por tanto, reforzar la cooperación con los organismos internacionales (EUROPOL, EUROJUST, FRONTEX o Autoridad Laboral Europea, por ejemplo) con el fin de combatir el trabajo forzoso.
Coordinación interministerial
Hasta nueve ministerios participarán en la ejecución de las medidas orientadas a combatir el trabajo forzoso. Junto con el Ministerio de Trabajo y Economía Social trabajarán, conjuntamente, los ministerios del del Interior; Justicia; Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Derechos Sociales y Agenda 2030; Igualdad; Educación y Formación Profesional; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y Hacienda.
Además, el Plan cuenta con la implicación de la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial y se ha elaborado con la participación de los interlocutores sociales y de las organizaciones especializadas en la lucha contra el trabajo forzoso.
Fuente: Elderecho