Muerte en accidente laboral de una limpiadora: nueve meses de cárcel para cada uno de los nueve responsables de la obra

Muerte en accidente laboral de una limpiadora: nueve meses de cárcel para cada uno de los nueve responsables de la obra

La mujer se precipitó desde una altura de más de siete metros al pisar un falso suelo de lana de vidrio sobre el que no había ninguna señalización de advertencia.
13 Julio 2015

Tres arquitectos (Portolés, Fraga y Quijada), tres aparejadores, el coordinador de instalaciones, el jefe de obras de la constructora y el encargado de obras del edificio situado en el número 17 de la calle Teixugueiras en Navia, en el que falleció una limpiadora en 2009, aceptaron una condena de nueve meses y tres días de prisión cada uno por homicidio imprudente y un delito contra los derechos de trabajadores.

El juzgado de lo Penal 2 de Vigo acogió la vista de conformidad tras el acuerdo alcanzado entre defensas y acusación pública, que solicitaba inicialmente penas de entre dos y dos años y medio de cárcel así como la inhabilitación profesional por un periodo de hasta cinco años.

El fiscal solicitaba penas de entre dos años y dos años y seis meses de cárcel así como inhabilitación para ejercer su profesión hasta por cinco años, considerando que actuaron de forma negligente en el accidente mortal y recuerdó  que un año antes ocurrió un siniestro por circunstancias similares con un herido grave.  

Para el representante del ministerio público, la falta de previsión de concretas y específicas medidas de protección para los huecos de los patinillos de instalaciones existentes en la edificación donde se produjo el accidente fue la causa principal del  siniestro, si bien también contribuyeron decisivamente a su producción, la deficiente dirección facultativa de la ejecución de la obra, que pese a ser conscientes del peligro, no tomaron la decisión de proteger los huecos de los patinillos, y la deficiente coordinación de vigilancia.

Finalmente, los nueve acusados reconocieron su actuación negligente en la falta de medidas de seguridad, precaución y vigilancia que provocaron el accidente mortal de la trabajadora. La mujer, que estaba limpiando en la primera planta, se precipitó por una altura de más de siete metros al pisar un falso suelo de lana de roca  que no podía con el peso de una persona y sobre el que no había ninguna señalización de advertencia.

Además, la condena añade seis meses de inhabilitación para elaborar y coordinar estudios y planes de seguridad laboral y una multa de cuatro meses a razón de 15 euros diario. A dos de los acusados se le sustituye la pena de prisión por una multa de 9.720 euros, mientras que para el resto se acuerda la suspensión a condición de que en dos años no vuelvan a delinquir, en cuyo caso cumplirían las penas de cárcel.

La mujer  de 37 años de edad sufrió lesiones muy graves en su caída, una de ellas un traumatismo craneo-encefálico que le produjo la muerte de forma casi instantánea.
La acusación pública consideró a los nueve como responsables del desenlace trágico del siniestro tanto por no haber tomado las medidas de seguridad pertinentes en el lugar donde ocurrió como por no haber advertido del riesgo y recordó en su escrito un accidente con un herido un año antes.

Fuente: Atlántico.net

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