Los jueces deben ser compensados por no librar tras las guardias
Los jueces deben ser compensados por no librar tras las guardias
La sentencia parece una reclamación laboral ordinaria —y de hecho, en el fondo, lo es—. Sin embargo, puede suponer un notable desembolso económico para el Estado. Un juzgado de lo contencioso de la Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Justicia a abonar 6.600 euros a un juez de instrucción que efectuó 33 guardias entre 2011 y 2013 sin disfrutar de un día de permiso tras ellas, como establece la normativa europea sobre los periodos de descanso de los trabajadores del sector público y privado.
La sentencia, en caso de hacerse firme, puede hacerse extensiva a todos los jueces de primera instancia e instrucción, que suponen la mayoría de los 5.000 jueces y magistrados de la carrera judicial en España. Muchos de ellos acumularon días de trabajo tras las guardias semanales antes de que entrara en vigor el reglamento del Consejo General del Poder Judicial que incorpora la normativa europea al derecho español, lo que sucedió el 15 de octubre de 2013.
La sentencia hace constar, además, que la jornada de los jueces “no sólo no está siempre establecida previamente, sino que en numerosas ocasiones se prolonga por exigencia de su propio régimen jurídico, mediante la prestación del servicio de guardia”.
Por la cuantía de la compensación, no cabe recurso ante la Sala de lo Contencioso pero sí se puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo “por interés de ley”, ya que si todos los jueces afectados reclamaran este pago, la cantidad sería difícil de asumir por el Ministerio de Justicia, según fuentes jurídicas.
Esta sentencia es distinta a la dictada por otro juzgado central de lo contencioso, que reconoció la pasada semana el derecho del juez central de Instrucción de la Audiencia Nacional Eloy Velasco a cobrar 7.200 euros por no haber respetado las horas de descanso posteriores a las semanas en que hizo guardia.
Fuente: EL PAÍS