Análisis de los Riesgos Laborales en la Recolección Mecanizada de la Aceituna

Se analizan los riesgos a que están sometidos los conductores de las máquinas autopropulsadas (tractor con vibrador frontal, con pala o pluma, y máquina barredora-recogedora de la aceituna caída) y los operarios de las máquinas personales (vibradoras de ramas o plantones y sopladoras-barredoras), así como sus asistentes. La metodología seguida ha consistido en técnicas sencillas de análisis (observación directa, vídeos, fotografías y encuestas personales) y mediciones de ruido y vibraciones al objeto de valorar el riesgo comparando los resultados con el R.D. 286/2006, traspuesto de la Directiva 2003/10/CE, en el caso del ruido; y el R.D. 1311/2005, traspuesto de la Directiva 2002/44/CE, para las vibraciones. Se han observado resultados inadmisibles de vibración segmental (VMB) en las máquinas vibradoras de ramas, cuyo uso se está generalizando de forma alarmante. En general, los valores de ruido obtenidos en estas máquinas se encuentran por encima de los valores límite.
Autor principal: 
Juan
Vicario Portillo

Vicario Portillo, Juan

Ingeniero Agrónomo

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Córdoba Consejería de Empleo. Junta de Andalucía

Tel.: 957 015 835 jantonio.vicario@juntadeandalucia.es

Posadillo Cantabrana, Rafael

Ingeniero Técnico Agrícola

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Córdoba

Consejería de Empleo. Junta de Andalucía

RESUMEN

Se analizan los riesgos a que están sometidos los conductores de las máquinas autopropulsadas (tractor con vibrador frontal, con pala o pluma, y máquina barredora-recogedora de la aceituna caída) y los operarios de las máquinas personales (vibradoras de ramas o plantones y sopladoras-barredoras), así como sus asistentes.

La metodología seguida ha consistido en técnicas sencillas de análisis (observación directa, vídeos, fotografías y encuestas personales) y mediciones de ruido y vibraciones al objeto de valorar el riesgo comparando los resultados con el R.D. 286/2006, traspuesto de la Directiva 2003/10/CE, en el caso del ruido; y el R.D. 1311/2005, traspuesto de la Directiva 2002/44/CE, para las vibraciones.

Se han observado resultados inadmisibles de vibración segmental (VMB) en las máquinas vibradoras de ramas, cuyo uso se está generalizando de forma alarmante. En general, los valores de ruido obtenidos en estas máquinas se encuentran por encima de los valores límite.

INTRODUCCIÓN

La ley 31/1995 de 8 de noviembre sobre Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 15 determina los principios de la “Acción Preventiva”, especificando los distintos apartados de dicha acción. La ley 54/2003 de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo segundo modifica el artículo 16 de la ley 31/1995 que pasa a denominarse “Plan de Prevención de Riesgos Laborales, evaluación de los Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva” y se da nueva redacción a los apartados 1 y 2 de dicho artículo. El R.D. 171/2004 de 30 de enero desarrolla el artículo 24 de la ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales. Normativas que el empresario agrario tiene que cumplir para garantizar que los trabajadores a su servicio, no sufran daños en su integridad física, mental y social. En definitiva, su derecho a la seguridad y salud en el trabajo.

La Agricultura como ciencia y técnica aplicada para la obtención de los alimentos, tiene unas características determinadas que hacen que sea complejo el llevar a la práctica la mencionada “Acción Preventiva”, ya que el entorno en que se desarrolla es complicado por ser una actividad al aire libre, con la consiguiente variabilidad climática, la falta de formación e información sobre los riesgos del trabajo tanto del empresario como del trabajador, la eventualidad de las faenasagrícolas, escasa rentabilidad de las explotaciones, altos costes, la competitividad, las nuevas tecnologías y la falta de mano de obra cualificada, están motivando cambios importantes en los cultivos tradicionales, entre los que se encuentra el olivar, el más interesante en Andalucía por sus aspectos social y económico, principalmente en Jaén, Córdoba, Sevilla, Granada y Málaga.

La mecanización, automatización y la informática han contribuido a la disminución de los esfuerzos físicos en las distintas operaciones necesarias para la recolección de los olivos. Sin embargo, está provocando la aparición de unos riesgos laborales distintos a los habituales (sobreesfuerzos) por máquinas sustitutorias desencadenantes de enfermedades o lesiones (efectos en el sistema músculo-esquelético, sordera de carácter crónico, etc.) de mayor grado de peligrosidad y de consecuencias socioeconómicas más graves.

Esta comunicación pretende poner de manifiesto los riesgos a que están sometidos los trabajadores en aspectos concretos de la recolección mecanizada del olivar.

METODOLOGÍA

Para la consecución del objetivo propuesto se han utilizado técnicas sencillas de análisis, dadas las características especiales que concurren en el sector agrario como se ha comentado anteriormente, pero entendemos que son suficientes para detectar y determinar los riesgos a que están expuestas las personas que de una forma u otra intervienen en el proceso productivo de esta parcela del sector.

Técnicas analíticas.

Se han evaluado las condiciones de trabajo de cada uno de los puestos bajo los aspectos de seguridad, higiene y confortabilidad empleando las siguientes técnicas:

  • Observación directa.
  • Análisis mediante video.
  • Fotografía.
  • Encuestas personales como técnicas de análisis  subjetivo, método necesario

e imprescindible, ya que el objeto fundamental de cualquier estudio sobreriesgos laborales es conseguir la eliminación o disminución del riesgo y minimizar las molestias, facilitando la realización de las tareas, alcanzando el máximo confort y el mayor grado de satisfacción para la persona que ocupa el puesto de trabajo: Es condición “sine qua non” la participación activa de la misma, como la mejor conocedora de su trabajo.

Las utilizadas han sido: Test de confort general, test de disconfort en determinadas partes del cuerpo y test de juicios subjetivos

Equipos de medición.

Los equipos de medición utilizados para la obtención de los distintos parámetros son los siguientes:

  • Ruido: dosímetro sonómetro marca Brüel & Kjaer modelo 4436, cuyas lecturas eran comprobadas con “sonómetros integradores” de lectura directa de la misma marca, modelo 2230.
  • Vibraciones: sonómetro modular de precisión modelo 2231 acompañado con el módulo de vibración humana “BZ 7105” y la unidad de vibración para el cuerpo humano tipo 2522 donde se conectan los transductores que son los acelerómetros que se colocan en la superficie vibrante del asiento o la empuñadura, así como la unidad de medida tipo 4322.
  • Dimensiones: metrómetro
  • Cámara de video.
  • Cámara fotográfica

Puestos analizados.

Los puestos de trabajo objetos del estudio son:

- Operador de tractor dotado de vibrador frontal.

- Operador de tractor dotado de pala frontal.

- Operador de tractor dotado de grúa-pluma trasera y remolque.

- Trabajador con vibrador personal.

- Trabajador con sopladora-barredora.

- Operador de máquina recogedora-barredora autopropulsada.

RESULTADOS

Los datos medioambientales son muy variables de un año a otro, fundamentalmente respecto al régimen de lluvias que influye de forma importante en el proceso de recolección de la aceituna.

En líneas generales la temperatura y la humedad, desde el comienzo de la recolección a finales de noviembre hasta mediados de marzo que finaliza, varían sensiblemente pudiendo oscilar la temperatura entre -2º C y 15º C y la humedad entre el 70% y el 90%.

Operador de tractor dotado de vibrador frontal.

Este puesto de trabajo está formado por un tractor de ruedas de doble tracción (80-90 CV.) al cual se le ha acoplado por un sistema de anclajes un vibrador multidireccional de troncos de masas excéntricas de brazo fijo y pinzas, situado en la parte frontal del mencionado tractor. En la parte posterior del mismo, suspendido de brazos hidráulicos, se encuentra colocado un depósito metálico que contiene el aceite y la bomba de presión para el funcionamiento del sistema hidráulico del vibrador, el cual es accionado por un eje de transmisión (doble junta cardan) conectado a la toma de fuerza.

El conjunto tractor-vibrador es manejado por un solo operario (tractorista), el cual desde el asiento de conducción y a través de unos mandos a distancia colocado en el guardabarros derecho, realiza todas las operaciones para derribar las aceitunas.

Para conseguir la caída total del fruto, el conjunto es ayudado desde el suelo por dos trabajadores que provistos de varas largas golpean las ramas a la vez que se vibra el olivo, con el objeto de romper el movimiento pendular multidireccional que la vibración provoca en el pedúnculo de la oliva.

La toma de datos se ha realizado sobre olivos adultos de 130 años, con una media de 2-3 pies/árbol y un marco de plantación de 10x10 metros.

Se han estudiado cuatro equipos de trabajo; tres de la misma marca y modelo, y otro diferente, manejados por cuatro operarios varones, con edades comprendidas entre los 39 y 57 años.

La jornada de trabajo ha sido de 6 horas efectivas. Una vez descontados los tiempos de descanso, pausas, paradas por averías o incidencias.

Y Operador número 1 Ocupación: Tractorista.

Edad: 57 años.

Peso: 85 Kg.

Altura: 1,73 m.

Antigüedad en el puesto: 8 años. Tiempo de ejecución de las operaciones:

./ Conexión…………………….. 30 segundos./ Vibración……………………. 30 segundos./ Desconexión…………………. 6 segundos

./    Cambio-aproximación………. 31 segundos TOTAL……………………... 97 segundos Total de olivos recolectados…………223

Presión acústica: LAeqd = 92,9 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,50 m/seg2. Referida a8 horas.

Y Operador número 2 Ocupación: Tractorista. Edad: 44 años.

Peso: 72 Kg.

Altura: 1,70 m.

Antigüedad en el puesto: 1 año.

El tiempo de ejecución de las operaciones fue similar al anterior:

TOTAL……………………... 94 segundos Total de olivos recolectados…………230

Presión acústica: LAeqd = 93,9 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,55 m/seg2. Referida a8 horas.

Y Operador número 3 Ocupación: Tractorista. Edad: 39 años.

Peso: 103 Kg.

Altura: 1,79 m.

Antigüedad en el puesto: 8 años. Tiempo de ejecución de las operaciones:

TOTAL……………………... 93 segundos Total de olivos recolectados…………231

Presión acústica: LAeqd = 95,5 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,56 m/seg2. Referida a8 horas.

Y Operador número 4 Ocupación: Tractorista. Edad: 35 años.

Peso: 80 Kg.

Altura: 1,70 m.

Antigüedad en el puesto: 6 años. Tiempo de ejecución de las operaciones:

TOTAL……………………... 95 segundos

Total de olivos recolectados…………227

Presión acústica: LAeqd = 94,4 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,48 m/seg2. Referida a8 horas.

La evaluación del riesgo de vibración global sobre el cuerpo completo la hacemos comparando estos resultados, que han sido obtenidos realizando la medición según la norma ISO 2631-1/1997, con el Real Decreto 1311/2005 traspuesto de la Directiva 2002/44/CE, donde el nivel de acción es Aw,s(8) = 0,50 m/s2 y el valor límite correspondiente (ambos referidos a 8 horas) es Aw,s(8) = 1,15 m/s2, por tanto, no representan riesgo de vibración para estos trabajadores.

En cuanto a lo referente a la presión sonora, el valor límite es de 87 dB (A) según el R.D. 286/2006, traspuesto de la Directiva 2003/10/CE, siendo superado por los niveles obtenidos en los cuatro puestos de trabajo.

El riesgo laboral en el puesto de operador de tractor-vibrador frontal tiene dos aspectos importantes como generador de accidentes y/o enfermedades profesionales.

La primera afecta al tractorista como conductor-manipulador del conjunto tractor-vibrador.

La segunda afecta a los trabajadores que se encuentran en las proximidades del conjunto.

En la observación directa se ha detectado lo siguiente:

a) Vuelco del tractor por desniveles del terreno y las pendientes en las parcelas sobre las que se realiza el trabajo, así como por el desplazamiento delcentro de gravedad del tractor, por la modificación que supone el acople delvibrador.

b) Caída a distinto nivel al bajar o subir al tractor.

c) Atrapamiento por el eje de transmisión de doble junta cardan para el accionamiento de la bomba hidráulica, conectado a la toma de fuerza del tractor.

d) Quemaduras por los puntos calientes del tractor.

e) Proyección de fluidos calientes a presión del circuito hidráulico del vibrador por sobrepresión (rotura de tuberías).

f) Aplastamiento por el cabezal del vibrador al realizar revisiones del sistemapor pérdida de presión en el circuito hidráulico.

g) Cortes y golpes en la sustitución de correas y poleas de transmisión tanto del tractor como de las masas excéntricas del vibrador.

h) Golpes y atropellos a los vareadores y auxiliares con la parte trasera deltractor (marcha atrás, carencia de señales acústicas).

i) Golpes con el brazo fijo y pinza del vibrador.

En la encuesta realizada a los operadores, estos consideran que el trabajo que realizan no produce cansancio excesivo, por lo que no tienen sensación de fatiga.

A la pregunta si el asiento es bueno, responden que es algo incómodo. Sobre qué parte del cuerpo sienten mayor incomodidad, responden que en la región dorso-lumbar. Sobre el respaldo indican que se podría mejorar. Respecto al espacio de que disponen consideran que es adecuado y que la distancia desde su posición de sentado a los mandos es buena.

Operador de tractor dotado de pala frontal.

La aceituna derribada sobre la malla o faldo (malla de forma cuadrada de dimensiones variables, en este caso 12m x 12m) es depositada, por dos trabajadores, en la pala situada en la zona frontal del tractor para trasladarla al remolque, que por medio de otro tractor será transportada al cargadero o a la fábrica.

Los resultados de ruidos y vibraciones a que está sometido este operador son los siguientes:

Presión acústica: LAeqd = 87,5 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,56 m/seg2. Referida a8 horas.

La evaluación del riesgo de vibración global sobre el cuerpo completo no representa riesgo de vibración para este trabajador.

(A).

En cuanto a lo referente a la presión sonora, se sobrepasa el nivel de 87 dB

El riesgo laboral en este puesto de trabajo afecta al tractorista y a las personas que se encuentran en las proximidades del conjunto por:

a) Vuelco del tractor por desniveles del terreno y las pendientes en las parcelas sobre las que se realiza el trabajo.

b) Caída a distinto nivel al bajar o subir al tractor.

c) Golpes y atropellos a los vareadores y auxiliares con la parte trasera del tractor (marcha atrás, carencia de señales acústicas).

Con respecto a la confortabilidad, los trabajadores son de la misma opinión que lo comentado en el caso anterior.

Operador de tractor dotado de grúa-pluma.

La oliva caída es recogida por dos trabajadores y depositada en un faldillo (lona de forma cuadrada de dimensiones variables, en este caso 2m x 2m, con unanillo en cada extremo) que se engancha en la grúa-pluma situada en la partetrasera del tractor, conectada en los brazos hidráulicos y al tercer punto, de esta forma se traslada al remolque, que puede ir enganchado al propio tiro del tractor o bien a otro remolque, donde se descargan las aceitunas soltando dos de los anillos.

Los resultados de ruidos y vibraciones a que está sometido este operador son los siguientes:

Presión acústica: LAeqd = 84,4 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,33 m/seg2. Referida a8 horas.

La evaluación del riesgo de vibración global sobre el cuerpo completo no representa riesgo de vibración para este trabajador.

En cuanto a lo referente a la presión sonora no se superan los valores límite, aunque sí el primer nivel de acción.

El riesgo laboral en este puesto de trabajo afecta al tractorista y a las personas que se encuentran en las proximidades del conjunto por:

a) Vuelco del tractor por desniveles del terreno y las pendientes en las parcelas sobre las que se realiza el trabajo.

b) Caída a distinto nivel al bajar o subir al tractor.

c) Golpes y atropellos a los vareadores y auxiliares con la parte trasera del tractor (marcha atrás, carencia de señales acústicas).

Respecto al espacio de que disponen entienden que es adecuado y que la distancia desde su posición de sentado a los mandos hidráulicos es buena, no así el accionamiento de descarga que implica una rotación del tronco del tractorista hacia la derecha y hacia atrás para soltar los dos anillos del faldillo.

No tienen sensación de cansancio excesivo ni fatiga.

Trabajador con vibrador personal.

Este puesto de trabajo está formado por una cosechadora especial o moto- implemento portátil con sistema de vibración unidireccional (biela-manivela), suspendido de un arnés en el hombro izquierdo del operario y manejado con ambas manos en lado derecho a la altura de la cadera.

La toma de datos se ha realizado sobre plantones de olivos de 5 años de un solo pie y un marco de plantación de 7x7 metros.

Se han analizado tres equipos de trabajo de tres marcas diferentes, manejados por 6 operarios, todos varones con edades comprendidas entre los 37 y 49 años.

La jornada de trabajo ha sido de 6 horas efectivas, una vez descontados los tiempos de descanso, pausas, paradas por averías, incidencias y cambio de plantón.

Para conseguir la caída total del fruto el conjunto operario-implemento es ayudado por un trabajador provisto de vara larga, que la apoya sobre la misma rama que se vibra del plantón, con objeto de romper el movimiento pendular unidireccional que la máquina provoca en el pedúnculo de la aceituna.

Y Equipo de trabajo número 1.

Peso total: 16 Kg.

Operario número 1 Ocupación: Peón. Edad: 49 años.

Antigüedad en el puesto: 2 meses. Tiempo de ejecución de las operaciones:

./ Conexión…………………….. 10 segundos./ Vibración……………………. 10 segundos./ Desconexión…………………. 3 segundos

./    Cambio de trabajador……….. 60 segundos TOTAL……………………... 83 segundos Total de olivos recolectados…………260

Operario número 2 Ocupación: Peón. Edad: 46 años.

Antigüedad en el puesto: 2 meses. Tiempo de ejecución de las operaciones:

TOTAL……………………... 93 segundos Total de olivos recolectados…………232

Presión acústica: LAeqd = 91,45 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 2,6 m/seg2. Referida a 8horas.

La medición se realizó en el hombro izquierdo bajo el arnés soporte de la máquina, orientando las direcciones de los ejes según la norma ISO 2631-1/97.

Y Equipo de trabajo número 2.

Peso total: 18 Kg.

Operario número 3 Ocupación: Peón. Edad: 41 años.

Antigüedad en el puesto: 2 meses. Tiempo de ejecución de las operaciones:

TOTAL……………………... 92 segundos Total de olivos recolectados…………235

Operario número 4 Ocupación: Peón. Edad: 37 años.

Antigüedad en el puesto: 2 meses.

Tiempo de ejecución de las operaciones: TOTAL……………………... 88 segundos Total de olivos recolectados…………245

Presión acústica: LAeqd = 90,05 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 1,17 m/seg2. Referida a8 horas.

Y Equipo de trabajo número 3.

Peso total: 16 Kg.

Operario número 5 Ocupación: Peón. Edad: 40 años.

Antigüedad en el puesto: 2 meses. Tiempo de ejecución de las operaciones:

TOTAL……………………... 92 segundos Total de olivos recolectados…………245

Operario número 6 Ocupación: Peón. Edad: 45 años.

Antigüedad en el puesto: 2 meses.

Tiempo de ejecución de las operaciones: TOTAL……………………... 90 segundos Total de olivos recolectados…………240

horas.

Presión acústica: LAeqd = 91,25 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 1,8 m/seg2. Referida a 8

Vemos que los valores de ruido superan los valores límite respecto al R.D. 286/2006 y se hacen las mismas indicaciones que antes si lo comparamos con la Directiva 2003/10/CE que es más restrictiva.

Los valores de la vibración global cuerpo completo (VCC) de estas máquinas también superan los criterios del R.D. 1311/2005 en las tres.

Los resultados de las vibraciones segmentales (VMB), en estas máquinas vibradoras personales, medidas según la Norma ISO 5349-2001, son los siguientes:

VMB


m/s

OPERADOR         MANO           Ahs (8)      2

Derecha 28,5 m/s2

Máquina 1

Máquina 2

Máquina 3

Izquierda 38,1 m/s2

Derecha 19,0 m/s2

Izquierda 27,7 m/s2

Derecha 33,7 m/s2

Izquierda 25,1 m/s2

Haciendo la valoración del riesgo de vibración segmental de estos equipos de trabajo, comparándolos con los valores límite correspondientes del R.D. 1311/2005 para mano-brazo (VMB), cuyo valor resultante referido a 8 horas es Ah,s(8) = 5 m/s2, vemos que en todos los casos, tanto en la mano derecha como en la izquierda, se superan dichos valores de forma alarmante.

Teniendo en cuenta la transformación:

Ah,s(8) .     8 = Ah,s(T) .     T

podemos calcular los tiempos máximos de utilización de las máquinas por el mismo trabajador cada día, no sobrepasando el valor límite:

Máquina 1

Máquina 2

Máquina 3

TIEMPOS MÁXIMOS (minutos/día) Mano derecha 0,25 horas = 15

Mano izquierda 0,15 horas = 8,4

Mano derecha 0,55 horas = 33

Mano izquierda 0,26 horas = 11,6

Mano derecha 0,18 horas = 10,8

Mano izquierda 0,32 horas = 19,8

En el puesto del trabajador con vibrador manual existen dos aspectos generadores de accidentes y/o enfermedades profesionales.

El primero afecta al trabajador que maneja el vibrador y el segundo al que usa la vara que se encuentra próximo, que suele ser el compañero con quien se intercambia la máquina.

En la observación directa se ha detectado lo siguiente:

a) Al repostar combustible se puede producir la deflagración de la gasolina por derrame o fuego (motor caliente, cigarrillo).

b) Quemaduras por contacto en los puntos calientes del motor.

c) Cortes y atrapamientos en el mantenimiento del vibrador.

d) Golpes con la vara y el gancho al maquinista y auxiliares.

e) Posibilidad de proyección de parte de la vara o del gancho.

Se ha podido observar que el vibrador personal produce fatiga y molestias en los operarios que lo manejan por los siguientes motivos:

  • 1. El peso que soporta el trabajador está entre 16 Kg. y 18 Kg.
  • 2. La parte que soporta el peso es el hombro izquierdo al apoyar sobre el hueso de la clavícula y el músculo trapecio.
  • 3. La utilización de las dos manos sobre el lado derecho hace que el lado izquierdo esté en permanente tensión muscular.
  • 4. La pierna derecha soporta mayor tensión muscular.

En la encuesta realizada los trabajadores opinan que el manejo del vibrador es muy cansado, incómodo y doloroso, sobre todo en el hombro izquierdo y en las distintas articulaciones de los brazos.

A la vista de los niveles tan extremos de vibración segmental (VMB) de las máquinas vibradoras personales de plantones o ramas, que superan en algunos casos hasta ocho veces los valores límite permitidos, entendemos que pueden resultar especialmente nocivos, por lo que aprovechamos este foro para dar la vozde alarma con el objeto de evitar los daños de tipo crónico que a la larga puedan originar a estos maquinistas.

Queda patente, por tanto, la urgencia de adoptar medidas de prevención para eliminar o reducir el riesgo (Art. 3.1, Real Decreto 39/1997). Siguiendo esta actuación sobre el foco de este riesgo, hay que elegir las máquinas del mercado con más bajos niveles de “emisión” tanto de vibración como de ruido. Se deberá cumplir la legislación vigente: el Reglamento de Máquinas (R.D. 1435/1992 y sus modificaciones en el R.D. 56/1995), incluyendo en el libro de instrucciones, en los RESS, estos valores de “emisión” de la máquina.

Trabajador con sopladora-barredora.

La operación de agregación o acordonamiento de la aceituna caída, se efectúa con el equipo de trabajo denominado sopladora-barredora, que es un implemento que porta un trabajador a la espalda y que maneja con la mano derecha.

Los resultados de ruidos y vibraciones a que está sometido este operador son los siguientes:

Presión acústica: LAeqd = 98,5 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,35 m/seg2. Referida a8 horas.

La evaluación del riesgo de vibración global sobre el cuerpo completo no representa riesgo de vibración para este trabajador.

En cuanto a lo referente a la presión sonora se superan de forma acusada los valores límite por llevar el motor muy cerca del oído.

El riesgo laboral que conlleva este tipo de máquina afecta solo al trabajador si no va acompañado por un ayudante para el mejor acondicionamiento del fruto, facilitando la recogida con rastrillo manual.

En la observación directa se detecta el riesgo de quemaduras por calentamiento del motor y por deflagración.

Operador de máquina barredora autopropulsada.

Este puesto de trabajo está formado por una máquina barredora diseñada para recoger la aceituna que se encuentra en el suelo una vez que ha sido derribada del olivo y posteriormente trasladada a la limpiadora.

Es manejada por un solo operario el cual desde el asiento de conducción y a través de distintos mandos realiza las operaciones necesarias para el barrido y posterior descarga en la limpiadora.

Para conseguir la recogida total del fruto da dos vueltas alrededor del olivo de forma concéntrica.

La toma de datos se ha realizado sobre olivos adultos de 130 años, con una media de dos pies/árbol y un marco de plantación de 10x10 metros.

La jornada de trabajo ha sido de 6 horas efectivas.

Y Operador

Ocupación: Tractorista. Edad: 45 años.

Peso: 86 Kg.

Altura: 1,71 m.

Antigüedad en el puesto: 2 meses.

Tiempo de ejecución de las operaciones:

./ Barrido...……………………..19 segundos (2 vueltas)./ Recorrido……………………..54 segundos (ida y vuelta)./ Descarga….…………………. 21 segundos

TOTAL……………………... 94 segundos Total de olivos recolectados…………230

Presión acústica: LAeqd = 89,65 dB (A). Referida a 8 horas.

Vibración global cuerpo completo resultante: Aw,s = 0,42 m/seg2 (VCC)

Referida a 8 horas.

Dado que los valores de vibración obtenidos están por debajo del valor límite del R.D. 1311/2005, no representa riesgo para este trabajador.

Sin embargo, el nivel diario equivalente supera el valor límite del R.D. 286/2006.

En el puesto de trabajo de operador de máquina barredora existe la probabilidad de riesgo laboral de vuelco por la situación del centro de gravedad, debido al peso de la aceituna recogida en la tolva y la orografía del terreno. Hay posibilidad de golpes con las ramas bajas al realizar el barrido.

Además de estos riesgos, en la observación directa, se han detectado los siguientes:

a) Quemaduras por las partes calientes del motor.

b) Proyección de fluidos del circuito hidráulico por sobrepresión (rotura de tubería)

c) El polvo (en tiempo seco) aunque no se ha evaluado supera los valores límite.

d) Falta del bastidor de protección y cinturón de seguridad.

En la encuesta realizada al trabajador, éste considera que el trabajo que realiza no produce cansancio excesivo por lo que no tiene sensación de fatiga. Estima que el asiento es bastante cómodo pero estrecho y el respaldo con altura correcta, pero está demasiado inclinado hacia atrás y la altura del reposabrazos alta. Sobre la parte del cuerpo que siente mayor incomodidad responde que es en las piernas por la postura, que le produce agarrotamiento. Sobre el espacio de que dispone entiende que es estrecho, aunque la distancia desde su posición a los mandos es buena.

CONCLUSIONES

  • Organización de los métodos de trabajo de la recolección mecanizada del olivar.
  • Formación e información general y específica a todos los trabajadores que intervienen en el proceso de la recolección.
  • Los tractores deben de ir dotados de cabina, bastidor o pórtico de protección para caso de vuelco según la Orden sobre Protección de los Tractores con Cabinas o Bastidores de Seguridad del 28 de enero de 1981 (M. Trab., B.O.E. 25.2.1981) y el R. D. 1215/1997. Así mismo irá provisto de anclaje (cinturón de seguridad) según este mismo Real Decreto.
  • En casi todos los casos están sometidos a presión sonora que requiere descansos dentro de su jornada laboral y protección auditiva. Hay que indicar que la formación e información sobre los métodos concretos de trabajo (Art. 18 y 19, Ley 31/1995) y la Vigilancia de la Salud (Art. 22, Ley 31/1995) de estos trabajadores expuestos es fundamental para una óptima prevención de los riesgos de ruido y vibraciones.
  • Los vibradores personales de ramas deben mejorarse para poder ser utilizados mayor tiempo durante la jornada laboral, ya que en el mejor de los casos no puede pasar de 19,8 minutos de utilización en la mano izquierda y 33 minutos en la mano derecha.
  • Se debe ampliar el espacio disponible y rediseñar el asiento y respaldo de la máquina barredora autopropulsada.
  • Para evitar los golpes con las ramas y el vuelco hay que dotar a la máquina de bastidor de protección y cinturón de seguridad según el R.D. 1215/1997 (Reglamento de Equipos de Trabajo).
  • Utilización de E.P.I.s.

REFERENCIAS

• Blanco, G.; Jiménez, J.; Gil, J.; Agüera, J.; y Vicario, J.; (1997): “Influencia del sistema de manejo del suelo en las condiciones de trabajo de los tractoristas: Vibraciones y Ruido”, Actas del Congreso Nacional de Agricultura de Conservación y Medidas Agroambientales, AELC/SV, Córdoba

  • Ergonomía. Conceptos y Métodos. (1998), Editorial Complutense
  • Fundación MAPFRE. 1997. Manual de Ergonomía
  • Gil, J.; López, F.J.; y Vicario,  J.  (1983):  “Estudio  de  vibraciones  en asientos para la locomoción extraviaria”, Anales de Ingeniería Mecánica
  • I.B.V. 1992. Guía de recomendaciones para el diseño de mobiliario ergonómico.
  • O.I.T. 2001. Lista de comprobación ergonómica

• Posadillo, R.; (2001): “Las nuevas condiciones de trabajo en la recolección de la aceituna”, XII Congreso Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo,

Valencia• Vicario, J.; Gil, J.; y Blanco, Gregorio; (2001): “Exposición a ruido y vibraciones en la recolección mecanizada del olivar”, XII Congreso Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Valencia

Legislación consultada

  • Directiva 2002/44/CE, de 25 de junio de 2002, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (vibraciones). Diario Oficial núm. L 177, 6 julio 2002
  • Directiva 2003/10/CE, de 6 de febrero de 2003, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (ruido). Diario Oficial núm. L 042, 15 febrero 2003
  • ISO 26311/1997. Mechanical vibration and shock. Evaluation of human exposure to wholebody vibration Part 1: General requirements
  • ISO 5349/2001. “Directrices para la medida y evaluación de  la exposición humana a las vibraciones transmitidas por la mano”
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. B.O.E. núm. 269, 10 noviembre 1995
  • Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. B.O.E. núm.28, 13 diciembre 2003
  • Orden de 28 de enero de 1981, sobre la protección de los tractores con cabinas o  bastidores de seguridad. Ministerio de Trabajo. B.O.E. 25 febrero 1981
  • Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo. B.O.E. núm. 263, 3 noviembre 1989
  • Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. B.O.E. núm. 297, 11 diciembre 1992
  • Real Decreto 56/1995, de 20 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, relativo a las disposiciones de aplicación  de  la  Directiva  del  Consejo  91/368/CEE,  sobre  máquinas. B.O.E. núm. 33, 8 febrero 1995
  • Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. B.O.E. núm. 27, 31 enero 1997
  • Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Procede de la transposición de la Directiva 89/655/CEE, modificada por la Directiva 95/63/CEE
  • Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales
  • Real Decreto 1311/2005 de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que  puedan  derivarse  de  la  exposición  a  vibraciones  mecánicas. Ministerio de Trabajo. B.O.E. 5 noviembre 2005
  • Real Decreto 286/2006 de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Ministerio de Trabajo. B.O.E. 11 de marzo de 2006