Consecuencias jurídicas del Covid: si hay enfermedad profesional, no está cubierto por la póliza

Consecuencias jurídicas del Covid: si hay enfermedad profesional, no está cubierto por la póliza

Los tribunales serán bastante reticentes a considerar la responsabilidad empresarial en un accidente por coronavirus, en opinión del magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, Ricardo Ron Latas
8 June 2020

Fundación Inade continúa con la reunión de grupos de trabajo 'Reactivación 2021'. En esta ocasión el director de la fundación, Adolfo Campos, quiso abordar la perspectiva de los riesgos laborales y la responsabilidad empresarial que se deriva de posibles contagios del coronavirus.

En relación al sector asegurador, durante el debate José Antonio Muñoz, director de Muñoz Arribas Abogados, declaró que "si el coronavirus se declara enfermedad profesional, no estaría cubierta en la mayoría de las pólizas de seguro".

Respecto a qué sucede fuera del ámbito sanitario donde sí se considera el contagio de este virus como un accidente de trabajo, el magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, Ricardo Ron Latas, señaló que "no va a cambiar mucho la situación respecto a cómo se viene considerando ahora, porque el empresario debe acreditar que ha hecho todo lo posible en materia de prevención de Riesgos Laborales". Añadió que el "gran problema es que el trabajador pueda demostrar cuándo se ha infectado. La ciencia aún no ha encontrado certezas sobre cómo se contrae el virus. Si no logras demostrar cómo, no se puede demostrar dónde".

Resaltó el magistrado que estamos ante una situación nueva donde el "que va a establecer el precedente será el primer juez al que le toque dirimir uno de estos asuntos", y considera que los tribunales serán bastante reticentes a considerar la responsabilidad empresarial en un accidente por coronavirus, expresó.

Por su parte, Demetrio Fernández y López, director territorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Galicia, expresó que "es muy complicado -no siendo un riesgo profesional- demostrar que el contagio ha sido en el lugar de trabajo como para calificarlo de 'accidente de trabajo' y, aún más si pensamos en un hipotético recargo de prestaciones al empresario por no haber adoptado las medidas".

Más allá de estas consideraciones, los ponentes coincidieron en que la casuística será determinante en el análisis jurídico de todos estos casos. También afirmaron que la Inspección de Trabajo jugará un papel esencial en estos hechos.

Pólizas D&O

Al finalizar el encuentro el consejero delegado de Alkora, Julio Santos, señaló que en la renovación de los seguros de Responsabilidad Civil de Consejeros y Directivos (D&O) las entidades de seguros están modificando los condicionados.

Afirmó que "están introduciendo exclusiones del riesgo de pandemia" y, por lo tanto, "se está excluyendo un riesgo que hasta la fecha estaba siendo incluido".

Fuente: Grupoaseguranza

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