El Tribunal de Justicia de la UE desautoriza a la Comisión Europea por aprobar el uso en pinturas de una sustancia altamente peligrosa para la que existen sustitutos

El Tribunal de Justicia de la UE desautoriza a la Comisión Europea por aprobar el uso en pinturas de una sustancia altamente peligrosa para la que existen sustitutos

Según el Tribunal, la autorización de la Comisión fue ilegal
7 April 2021

La UE permitió ilegalmente la venta de pinturas conteniendo compuestos de plomo peligrosos a pesar de que había disponibles opciones más seguras, sentenció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un fallo del 25 de febrero.
La sentencia sienta un precedente que "apretará las tuercas" a la forma en la que las empresas utilizan productos químicos peligrosos, dijo ClientEarth, un grupo de presión ecologista.
La demanda fue presentada el año 2016 por el gobierno sueco en relación con la autorización de pigmentos de cromato de plomo en la pintura. Se pueden utilizar en marcas viales, pinturas para metales y plásticos industriales, pero son muy peligrosos y están registrados como sustancias muy preocupantes.
La Comisión había permitido a una empresa canadiense vender pigmentos rojos y amarillos que contenían esta sustancia, ya que afirmaba que faltaban alternativas adecuadas. Pero Suecia argumentó que no había usado esta sustancia en pintura durante 30 años, lo que significa que había alternativas más seguras disponibles.
El fallo confirmó una sentencia anterior de marzo de 2019 que decía que la Comisión había cometido un error jurídico y no cumplió con sus obligaciones de verificar la indisponibilidad de un reemplazo más seguro, contra lo cual la Comisión había apelado.
"Nos complace ver este fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que envía una fuerte señal de que hay alternativas más seguras disponibles y una transición rentable sin pintura con plomo es posible y factible", dijo la Dra. Sara Brosché de la Eliminación Internacional de Contaminantes. Network, un grupo medioambiental.
“El veredicto también significa que la UE ya no será un suministrador de pintura con plomo para otros países, sino una fuerza positiva para el movimiento global para alejarse de la pintura con plomo”, agregó.
La Comisión no apeló la totalidad de la primera sentencia, pero consideró que existían algunas cuestiones legales en torno a la interpretación de la condición sobre la ausencia de alternativas adecuadas que debían ser aclaradas. Ahora se requiere tomar una nueva decisión con respecto a la autorización. También está analizando cómo la sentencia puede afectar la forma en que la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos y la Comisión evalúan actualmente las solicitudes.
“La Comisión ha estado actuando sobre los elementos de la sentencia del Tribunal General que no apelamos. Ahora estamos analizando cuidadosamente la Sentencia y sus posibles implicaciones”, dijo un portavoz de la Comisión.
Contactado por EURACTIV, el consejo de la industria química europea (CEFIC) dijo que no estaba en condiciones de comentar porque sus expertos todavía estaban analizando las implicaciones del fallo.
Según la OMS, no existe ningún nivel de exposición al plomo que se sepa que no tenga efectos nocivos. La exposición al plomo es particularmente dañina para el desarrollo de los niños, pero también causa daños a largo plazo en los adultos, incluido el riesgo de hipertensión arterial, daño renal e impactos en los embarazos. La legislación europea actual permite que la Comisión y los países de la UE autoricen el uso de sustancias químicas nocivas si no existe una alternativa más segura y si los beneficios sociales superan el riesgo. Pero ClientEarth ha advertido que la Comisión no ha rechazado casi ninguna de las 200 solicitudes de exención, incluso en los casos en los que hubo problemas importantes con las pruebas que proporcionaron las empresas.
Esto incluye una aprobación en la que el comité de evaluación de riesgos de la Agencia Europea de Sustancias Químicas encontró "una gran discrepancia entre el alcance de la solicitud presentada y la información proporcionada". “Hasta ahora, la Comisión de la UE junto con los gobiernos nacionales habían sido extremadamente permisivos, asumiendo que si una empresa solicita la autorización es porque no tiene una alternativa adecuada, pero se ha demostrado una y otra vez que esto no es cierto, ” dijo Frida Hök del Secretariado Internacional de Química, un grupo ambiental.
Según Hök, el fallo dará un impulso a las empresas que invierten en productos químicos más seguros. "Esta es una gran victoria que tendrá grandes ramificaciones para el medio ambiente y la salud pública", dijo Alice Bernard, abogada de ClientEarth. “Significa que la Comisión de la UE y los Estados de la UE tienen que cambiar fundamentalmente la forma en que aprueban el uso de sustancias químicas tan peligrosas. Cuando las empresas afirman la ausencia de alternativas adecuadas, los organismos de la UE no pueden aceptar automáticamente su palabra ”, dijo. ClientEarth, la Red Internacional de Eliminación de Contaminantes, la Secretaría de Química Internacional y la Oficina Europea de Medio Ambiente también presentaron un caso sobre la misma autorización, que aún está pendiente. La Agencia Europea de Sustancias Químicas, un organismo regulador de la UE con sede en Helsinki, dijo que estaban al tanto del fallo y planeaban discutir sus implicaciones con la Comisión Europea en una etapa posterior.

Quienes deseen conocer todos los detalles pueden acudir al enlace al expediente completo del caso que damos más abajo.

Fuente: Euractiv

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