Uruguay: tres imputados por la muerte de dos operarios en el puerto

Uruguay: tres imputados por la muerte de dos operarios en el puerto

El capitán del barco y el jefe de operaciones de la empresa que se encontraba realizando tareas dentro de la embarcación fueron señalados por el delito de homicidio culposo
3 February 2019

El capitán del barco de bandera panameña en el que el pasado 13 de noviembre murieron de asfixia dos operarios fue imputado el 21 de diciembre por el delito de homicidio culposo. Por el mismo delito también fue señalado el jefe de operaciones de la empresa tercerizada para la que trabajaban los fallecidos (Tamibel S.A), al tiempo que el director de esta compañía fue imputado por el delito de responsabilidad penal empresarial.

El accidente laboral ocurrió en la mañana del 13 de noviembre, cuando los dos trabajadores de Tamibel, de 22 y 26 años, ingresaron al barco America Bulker para realizar la tarea de colocación de la carga en la embarcación. En ese momento entraron a una cámara cofinada en la que había un gas tóxico en el aire, lo que les produjo la muerte.

Según argumentó la fiscal Mirta Morales ante el juez, el capitán del barco no realizó “importantes controles de rigor respecto de las condiciones del buque”. Tampoco hizo un registro del personal que se encontraba trabajando a bordo y que no era parte de la tripulación.

“Existe una relación de causa efecto, entre la conducta del capitán, a saber, falta de control de las condiciones laborales en la bodega número 5 y permisión de aborde de personal extraño al buque sin registros ni controles y el fallecimiento de los dos trabajadores”. Por esta razón, le imputó el delito de homicidio culposo, es decir que por imprudencia, impericia, negligencia o violación de leyes o reglamentos se mató sin intención de matar.

Este mismo delito le fue imputado al jefe de operaciones de la empresa Tamibel S.A. quien “autorizó el comienzo de las tareas de estiba (carga y distribución de la carga) sin cerciorarse de la realización previa y efectiva de mínimos controles de seguridad”. Asimismo, la fiscal señala que el imputado “no chequeó que se hubiera medido el nivel de oxígeno de las bodegas en las que se iba a trabajar, ni cuidó que los operarios se limitaran a cumplir las tareas propias a su labor, ni tomó las precauciones de que para el caso de tener que descender a alguna de las bodegas, lo hicieran en condiciones reglamentarias, evitando la exposición del personal a riesgos innecesarios”.

Por su parte, el director de la empresa fue imputado por el delito comprendido por la ley de responsabilidad penal empresarial, ya que la firma “no estableció dentro de sus protocolos internos de actuación medidas de seguridad acordes con la normativa vigente, que contemplaran las particularidades de las tareas que sus dependientes debieron realizar a bordo del buque de carga, ni tomó los recaudos necesarios para preparar a sus empleados a desempeñar de manera segura la labor que les fuera encomendada.

Los imputados fueron colocados en arresto domiciliario por 120 días, pudiendo salir solo para ir a trabajar. Entre tanto la fiscalía completará su investigación.

Fuente. El observador

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