Un tribunal declara accidente de trabajo la lumbalgia de una trabajadora por levantar una persiana en su oficina

Un tribunal declara accidente de trabajo la lumbalgia de una trabajadora por levantar una persiana en su oficina

La compañía y la aseguradora ocultaron el origen de la lesión y la trabajadora fue despedida durante el tiempo de baja
25 January 2019

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido en una sentencia mediante que el periodo de baja por lumbalgia de una trabajadora de la empresa Aixe Ona SL S.M.C. deriva de un accidente de trabajo. La trabajadora sufrió un tirón en zona lumbar en enero de 2017 al levantar de forma manual la persiana de acceso al centro de trabajo para incorporarse a trabajar y ha estado año y medio de baja médica. La empresa Aixe Ona SL está en Bedia (Bizkaia) y se dedica al comercio de muebles.

La trabajadora acudió a la mutua Asepeyo, con la que la mutua Fraternidad a su vez tenía concertada la atención médica por contingencias profesionales. La empleada fue  derivada a la sanidad pública "en un intento de ocultar el accidente de trabajo", según el responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos. "Ambas mutuas han intentado ocultar el origen profesional de la dolencia, argumentando que la trabajadora padecía antecedentes de hernias discales", ha recalcado.

La sentencia ha desmontado los argumentos de las mutuas. Por un lado, establece que "son constitutivas de accidente de trabajo todas las lesiones que se sufran en tiempo y lugar de trabajo". Y, por otro lado, recuerda que la ley indica que constituyen también accidente de trabajo todas las lesiones padecidas con anterioridad por el trabajador que se agraven debido al desempeño en el puesto de trabajo.

Para Alfonso Ríos, resulta "deplorable" la actitud de las mutuas, que han intentado ocultar el origen profesional de la dolencia, con el perjuicio económico que esto conlleva para la trabajadora. Además, censura la actitud de la empresa, que "no sólo intentó ocultar el accidente de trabajo no entregando el parte de asistencia para la mutua a la trabajadora, sino que luego la despidió durante el periodo de baja".

Fuente: El Diario

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