Absuelta la alcaldesa de Ribera del Fresno por un grave accidente laboral

Absuelta la alcaldesa de Ribera del Fresno por un grave accidente laboral

La Fiscalía solicitó una pena de dos años y tres meses de prisión para la alcaldesa y un concejal
7 January 2019

El Juzgado de lo Penal número 1 de Mérida ha absuelto a la alcaldesa de Ribera del Fresno, Piedad Rodríguez, y al concejal Santiago Lavado en el juicio celebrado en su contra por las lesiones sufridas por un trabajador municipal en un accidente laboral que tuvo lugar en 2015. El fallo puede ser recurrido.

La Fiscalía de Mérida reclamaba una pena de dos años y tres meses de prisión para los dos responsables municipales, así como inhabilitación especial para ambos durante el tiempo de la condena. Rodríguez es alcaldesa de Ribera del Fresno por el PSOE desde junio de 2011.

Según el escrito de conclusiones provisionales que fue elaborado por la Fiscalía de Mérida, el 15 de abril de 2015 un oficial electricista del Ayuntamiento estaba realizando tareas consistentes en la colocación de brazos auxiliares en farolas para mejorar la eficiencia del alumbrado público en los exteriores del pabellón municipal.

Para llevar a cabo estos trabajos, el Ayuntamiento había facilitado un camión basculante al que se le había incorporado una grúa hidráulica articulada montada detrás de la cabina. En el brazo se había acoplado una cesta, desde la cual los empleados podían instalar los focos.

La Fiscalía estimó que el Consistorio no había elaborado un procedimiento sobre la realización de trabajos en tensión y que el empleado municipal no había sido debidamente formado en materia de prevención de riesgos laborales ni en el manejo de la grúa. Además, no estaba cualificado ni autorizado para realizar ciertas tareas con riesgo eléctrico.

Pese a ello, manejó desde el suelo los controles de la grúa, que estaba aparcada entre la farola donde se iban a realizar los trabajos y una línea aérea con una carga de 15.000 voltios. Realizó la maniobra de elevar la cesta con otros dos trabajadores en su interior. Pero no respetó la distancia de seguridad, lo que causó un arco eléctrico que le afectó. Sufrió electrocución con quemaduras en el 29,5% de la superficie corporal. Tardó 556 días en curarse.

El juzgado emeritense considera probados los elementos principales del siniestro. Sin embargo, estima que ni la alcaldesa ni el entonces concejal de Urbanismo tuvieron responsabilidad en lo ocurrido. Para ello, se acogió a las contradicciones entre los peritos.

Como recoge la sentencia, la Inspección de Trabajo sostiene que se produjo una infracción grave por parte del Ayuntamiento. Pero el Centro extremeño de seguridad y salud laboral (Cessla) alegó que no se trataba de trabajos en tensión ni de proximidad, y que el trabajador no necesitaba equipos específicos ni cualificación. En su opinión, fue un problema de falta de planificación y de formación del trabajador.

Fuente. Hoy

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