Una monitora, agredida en un centro de protección de menores
Una monitora, agredida en un centro de protección de menores
El pasado día 13 de junio una trabajadora monitora en el Centro de Protección de Menores Juan de Mairena, de la Junta de Andalucía, sufrió por parte de un menor (supuestamente menor), una llave de Judo, siendo tirada al suelo, y produciéndole lesiones en la cervicales. Desde ese momento, la trabajadora contratada para solo dos meses, por la Junta de Andalucía, ha pasado un verdadero infierno.
En primer lugar acude a la mutua de accidentes la atienden pero no le dan la baja y la remiten a la Seguridad Social, porque necesita el parte de accidente, por parte del centro de trabajo. Acude al Centro de Trabajo y la Sra. Directora se niega a darle el parte de accidente de trabajo, aduciendo que la agresión no ha sido en presencia de ninguna otra trabajadora, si bien otra trabajadora firma el parte de novedades del trabajo, admitiendo los hechos.
Acude a su médico de cabecera, y esta le dice que la baja se la tiene que dar la mutua que es un accidente de trabajo, que las lesiones son provocadas por la agresión, y que le deben de dar el parte de accidente de trabajo. Vuelta a solicitar el parte de accidente ante la Directora del Centro. Esta una vez más se niega a darle dicho parte, y le dice que acuda a su médico de cabecera.
La monitora una vez más va a hablar con su médica de cabecera, la cual ya opta por darle la baja, por puro auxilio médico.
No obstante la trabajadora se ve obligada a emprender tres acciones, la primera solicitar una determinación de contingencia, la cual no sirve para nada, porque la Inspección Médica tiene la misma costumbre que las mutuas de accidentes de trabajo, que nada es consecuencia de los accidentes todo son enfermedades comunes, así las mutuas se hacen ricas y la Seguridad Social, la de todos, lo paga todo.
La segunda acción es acudir a la Inspección de Trabajo, nada que hacer tampoco, porque la Inspección de Trabajo se apresura a decir, que eso no es competencia de ellos, que eso es una determinación de contingencias. Como la Inspección de Trabajo no investiga, lo tienen por norma, aunque se trate de perseguir un fraude a la Seguridad Social.
La tercera acción es interponer una denuncia contra el agresor, pero la policía la convence para que no la ponga porque si no todos las demás acciones quedarían paralizadas hasta que se resolviera la acción penal.
Los hechos son que desde la Dirección de Centro no se llega ni siquiera a asumir los hechos una agresión a una trabajadora de estos servicios. Y la trabajadora abandonada, por supuesto por la Junta de Andalucía y por todos los demás instituciones del estado que se suponen que están para proteger a los agredidos, no pasa absolutamente nada, la trabajadora se aguanta con su agresión, con sus lesiones, y con miedo a hablar porque el contrato es dos meses y el posible que el año que viene no la llamen, porque ya es una trabajadora problemática. Y después los políticos salen diciendo que apoyan a la mujer, la integración de esta en el trabajo, y no sabemos cuántas bobadas más que son todas mentira a la hora de la verdad.
Fuente: CTA