Condenan a Mutua Universal al pago de prestaciones por un accidente de trabajo in itínere que pretendió eludir

Condenan a Mutua Universal al pago de prestaciones por un accidente de trabajo in itínere que pretendió eludir

Mutua Universal pretendía eludir sus responsabilidades argumentando que el trabajador en cuestión se había saltado un stop
22 August 2018

El Juzgado de lo Social Nº8 de Bilbao ha establecido en fechas recientes que el accidente in itínere sufrido por el trabajador T.Z.O. ha de tratarse a todos los efectos como un accidente de trabajo, incluyéndose el pago de todas las prestaciones económicas que se deriven. T.Z.O. es vigilante de seguridad de la empresa Securitas SA y sufrió un accidente de tráfico en abril de 2017 cuando se trasladaba desde su domicilio a su puesto de trabajo.

Mutua Universal, entidad responsable del pago de las prestaciones económicas por accidente de trabajo en Securitas SA, ha intentado que el episodio no se considere accidente de trabajo por el hecho de que el trabajador se saltase una señal de stop. La sentencia establece que la consideración ha de hacerse exclusivamente en base a lo establecido en el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que es un accidente de trabajo in itínere el que sufra la persona trabajadora al ir o al volver del lugar de trabajo. La sentencia también considera que, a efectos de la calificación del episodio como accidente de trabajo o no, no existe imprudencia temeraria por saltarse una señal de stop, puesto que a estos efectos la infracción de las reglas de circulación no se califica como temeraria.

Fuente. CCOO http://www.ccoo.eus/noticia:308767

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