El proceso de evaluación de sustancias químicas emprendido por la ECHA empieza a dar resul-tados

El proceso de evaluación de sustancias químicas emprendido por la ECHA empieza a dar resul-tados

Se publican las cuatro primeras evaluaciones
11 December 2013

Según lo que dispone el reglamento REACH, cuando existan dudas acerca de los riesgos que para la salud humana o el medio ambiente pueda representar una sustancia cuyo registro se ha solicitado, esta será incluida en el Plan de Acción Móvil (CoRAP) y se asignará a un Estado miembro la tarea de evaluar si dicha preocupación es o no justificada. El Estado miembro responsable de la evaluación podrá solicitar más información al solicitante de registro, así como nuevos ensayos, lo que no entraña consecuencias inmediatas para los usos actuales de la sustancia.

Los informes de evaluación representan la opinión del Estado miembro evaluador sobre las necesidades para la gestión del riesgo de la sustancia evaluada y no son vinculantes ni para los Estados miembros ni para la Comisión, de manera que en sí mismos no presuponen la puesta en marcha de ningún nuevo proceso normativo.

El proceso de evaluación comenzó en el año 2012 e, inicialmente, se asignaron 36 sustancias; de ellas, las cuatro primeras ya están finalizadas y el pasado 26 de noviembre la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (en la foto, la sede de la Agencia, en Helsinki) hizo públicos los informes correspondientes. Dichas sustancias y las conclusiones principales fueron:

  • Óxido de etileno (EC 200-849-9, CAS 75-21-8), evaluado por Austria: además de los criterios actuales de clasificación, la sustancia cumple las condiciones para ser considerada sensibilizante de la piel de categoría 1 (H317, puede causar reacciones alérgicas).
  • Fosfato de tributilo (EC 204-800-2, CAS 126-73-8), evaluado por Hungría: no es necesario adoptar medidas adicionales de gestión del riesgo, y su clasificación actual según el reglamento CLP es adecuada.
  • Diisocianato de m-tolilideno (TDI) (EC 247-722-4, CAS 26471-62-5), evaluado por Polonia: Si se respetan los valores límites vigentes el riesgo de asma provocado por su inhalación puede ser minimizado. No son necesarias medidas adicionales.
  • Tolueno (EC 203-625-9, CAS 108-88-3), evaluado por Finalandia: El actual valor límite indicativo vigente en la UE (50 ppm) podría ser demasiado elevado y debería ser considerado por el Scientific Committee on Occupational Exposure Limits (SCOEL). La evaluación concluye que 20 ppm sería una valor apropiado para que no se produjeran efectos a largo plazo por inhalación en los trabajadores.

Fuente: ECHA

¿Qué opinas de este artículo?