Un encofrador que quedó parapléjico tras un accidente laboral será indemnizado con 444.000 euros

Un encofrador que quedó parapléjico tras un accidente laboral será indemnizado con 444.000 euros

La Inspección de Trabajo llegó a la conclusión de que las redes de protección habían sido «colocadas con posterioridad al accidente»
25 April 2017

El administrador de una empresa de construcción y responsable del plan de seguridad y el director de obra de una vivienda construida en Santabaia, Allariz en 2011, han sido condenados por el Juzgado de lo Penal 1 de Ourense a un año de prisión y mil euros de multa cada uno por un delito de lesiones imprudentes y otro contra el derecho de los trabajadores, en relación con el accidente laboral que sufrió un encofrador cuando desarrollaba su actividad en este proyecto

Los hechos juzgados tuvieron lugar el 8 de abril de 2011, cuando un hombre que realizaba labores de encofrador para una constructora desde hacía diez años, sufrió una caída desde una altura de 4 metros mientras se encontraba colocando los puntales metálicos que soportaban la estructura de una vivienda unifamiliar en el municipio de Allariz.

Tras el accidente, la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ourense realizó un informe sobre las condiciones laborales en las que se encontraba el denunciante el día de lo sucedido, llegando a la conclusión de que las redes de protección habían sido «colocadas con posterioridad al accidente» y que el trabajador no disponía de andamio alguno. Estas afirmaciones se obtuvieron tras entrevistar a varias personas y acceder a la documentación laboral aportada por la empresa, así como de los datos recogidos en el informe elaborado por el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral.

Precisamente la encargada de elaborar este documento declaró en la sesión oral del juicio explicando que «para el tipo de trabajo que estaba realizando el accidentado, como protección colectiva son necesarios andamios y redes, y como protección individual son necesarios anclajes». También testificó que cuando fue a revisar la obra «había redes» pero que no recuerda «ver los andamios», previstos en el plan de seguridad de dicha obra.

Como consecuencia del accidente, el obrero sufrió una lesión medular y fractura torácica, estuvo 140 días hospitalizados y 225 impedidos, quedándole como secuela una paraplejía y diversas lesiones y secuelas que suponen una incapacidad permanente absoluta para su ocupación habitual.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia establece que ambos condenados y la aseguradora, conjunta y solidariamente, así como la constructora y los dos promotores indemnizará a la víctima con una cantidad total de 444.000 euros.

Fuente: La Voz de Galicia y El Faro de Vigo

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