Condenado un paciente a dos años de prisión y a no acercarse a su médico durante tres años por un delito de atentado

Condenado un paciente a dos años de prisión y a no acercarse a su médico durante tres años por un delito de atentado

Con esta pena, la Administración se ve obligada a excluir al paciente del cupo del médico al agredido y a designarle un nuevo facultativo
1 January 2016

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Plasencia ha condenado a un paciente por un delito de atentado contra autoridad pública a dos años de prisión y le prohíbe acercarse al médico a una distancia de 100 metros durante un plazo de tres años.

El fallo de la sentencia que, ha sido dado a conocer por el Colegio de Médicos de Cáceres, también inhabilita al condenado para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y tampoco podrá comunicarse con el facultativo por cualquier medio o procedimiento, además de tenerle que indemnizar por los daños morales causados.

Esta sentencia marca un precedente en Extremadura y sentará jurisprudencia, y es que es la primera vez que en esta Comunidad Autónoma se pena a un paciente a no aproximarse durante este tiempo a un médico y a comunicarse con él. Además, con esta sentencia se hace caso a una reivindicación de los colegiados, y es que como informa la institución colegial cacereña, “en esos supuestos de agresión pedían siempre que por parte de la Administración se tomaran las medidas necesarias para evitar que posteriormente a esos hechos tuvieran que seguir asistiendo al paciente-agresor”.

Destacar que con esta pena, la Administración se ve obligada a excluir al paciente del cupo del médico al agredido y a designarle un nuevo facultativo.

Los hechos se remontan al pasado 21 de febrero de 2014, cuando el condenado acudía con su madre al Punto de Atención Continuada (PAC) de la localidad de la comarca cacereña de Valle del Ambroz junto a su madre para que esta recibiera asistencia médica.

Ya en el PAC, entraba en la consulta del médico mientras estaba atendiendo a su madre. Sacó una navaja y se abalanzó sobre el facultativo con la intención de pincharle, al mismo tiempo que le profería amenazas de muerte.

Estos hechos, como recoge la sentencia, constituyen un delito de atentado a agente de la autoridad recogido en el artículo 550 y 551.1 del Código Penal. Ante estos hechos, el médico agredido interpuso la correspondiente denuncia en la Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos de Cáceres para su defensa.

El Colegio de Médicos de Cáceres celebra el fallo de la sentencia y condena cualquier tipo de violencia, al mismo tiempo, hace un llamamiento a todos los profesionales sanitarios para que denuncien los incidentes de violencia porque, “ante una agresión, tolerancia cero”, concluye el comunicado.

Fuente: Isanidad

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