El INSST contradice al Ministerio de Sanidad

El INSST contradice al Ministerio de Sanidad

Sobre el uso de mascarillas en espacios de trabajo, en su último Criterio técnico
22 Diciembre 2020

Es de lamentar que, en las circunstancias actuales, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), de tan reconocido prestigio, contradiga las indicaciones del Ministerio de Sanidad.

.

El primero de diciembre, el INSST publicó un nuevo Criterio Técnico: Medidas de protección personal frente al coronavirus SARS-CoV-2: conceptos sobre su utilización en el ámbito laboral.

En él se indican una serie de medidas colectivas importantes, hasta una de novedosa, quizá inspirada en centros académicos, la última. Son las siguientes:

• Fomentar el trabajo remoto (no presencial)

• Mantener la distancia de seguridad interpersonal

• Separar las áreas de respiración mediante barreras

• Aumentar la ventilación natural y/o forzada

• Aumentar la limpieza y desinfección

• Establecer productos adicionales para la higienización de manos

• Aislar a los sospechosos

• Crear burbujas laborales reducidas

Y añade a continuación que, si estas medidas “no son suficientes para controlar el riesgo de infección en el trabajo, deben considerarse equipos de uso personal… que pueden incluir el uso de mascarillas…”.

Cierto es que la Ley de PRL (art. 15.h) antepone las medidas de protección colectiva a las de protección individual, pero no se conocía, ni se imaginaba cuando se publicó en 1995, una pandemia de la magnitud de la actual, contra la que debemos tener, sin duda, miras más amplias que este encorsetamiento legal.

Pero más cierto es que esta propuesta de anteponer las medidas colectivas a las individuales presenta dos problemas concretos.

El primero, que la única forma de saber si estas medidas colectivas son o no son “suficientes para controlar el riesgo” es esperar si se producen, o no, nuevos contagios, lo que en la situación actual NO NOS PODEMOS PERMITIR.

El segundo, que contradice las recomendaciones del Documento técnico Evaluación del riesgo de transmisión de SARS-CoV-2 mediante aerosoles. Medidas de prevención y recomendaciones publicado por el Ministerio de Sanidad el 18 de noviembre, justo dos semanas antes.

Ello a pesar de que el INSST menciona tener “A la vista” las “indicaciones establecidas por el Ministerio de Sanidad”, en el párrafo anterior a indicar las suyas.

.

Analizamos a continuación el Documento técnico del Ministerio de Sanidad, del que primero destacaremos un apartado muy interesante para los prevencionistas: la evaluación del riesgo de contagio por aerosoles, en función de los cinco factores que lo determinan:

  • El tipo de local. (Exterior, bien ventilado, mal ventilado)
  • La ocupación del mismo. (No lo indica, pero del texto se deduce que la baja ocupación permite mantener una distancia de 2 m. entre las personas)
  • El volumen de la voz de los/las trabajadores.
  • El uso de mascarilla.
  • El tiempo de contacto con otras personas.

Siempre con el objetivo de conseguir un riesgo bajo, esta evaluación nos puede ayudar a determinar, en nuestra empresa, en cuál o cuáles de esos cinco factores resulta más fácil de incidir para conseguirlo.

A tener en cuenta, por oposición al Criterio del INSST, que esta evaluación considera que:

  • Para una jornada laboral (durante mucho tiempo),
  • y con la única aplicación de medidas colectivas (baja ocupación, buena ventilación)
  • el riesgo es leve en el único caso de que se esté en el exterior y en silencio.

Situación que no es viable en la gran mayoría de las empresas, por lo que se hace necesario adoptar otras medidas complementarias para bajar el riesgo a leve.

.

Más adelante, justo antes de las recomendaciones, este Documento nos indica la cuestión más importante de todas:

Mención especial merece la frase con que el Ministerio introduce sus recomendaciones:

“Las recomendaciones, según las evidencias analizadas y la factibilidad son:”

Comentar que “factibilidad” significa, según la RAE,  “que se puede hacer” lo que presupone que no se indican recomendaciones de difícil cumplimiento por parte de los colaboradores del Ministerio de Sanidad en la elaboración de este documento, que son 7 asociaciones de muy reconocido prestigio, una universidad, el CSIC y el CNSA. (Constan en la pág. 2)

Y comentar también que la primera de las recomendaciones es el uso de la mascarilla, como ya se indica en el Resumen ejecutivo:

“… es necesario incidir en la necesidad de un ajuste adecuado de la mascarilla y de utilizarla siempre en espacios interiores compartidos, incluso a distancias mayores de 2 metros.”

Las principales medidas preventivas propuestas por el Ministerio de Sanidad son las siguientes.

.

6.1. Dependientes de la persona

1. Usar la mascarilla. El uso de mascarilla es una medida muy efectiva para limitar la emisión de bioaerosoles así como evitar la inhalación de los mismos.

  a. Usar siempre en espacios cerrados/ambientes interiores independientemente de la distancia a la que esté otra persona.

  b. Usar también en espacios exteriores.

  c. En entornos familiares cuando existen convivientes de riesgo.

  d. Cuando se utilicen mascarillas higiénicas, deben estar debidamente homologadas.

  e. En situaciones de alto riesgo de transmisión como por ejemplo el entorno sanitario, deben utilizarse las mascarillas quirúrgicas y autofiltrantes, en función de la evaluación de riesgo de exposición específica.

  f. Hacer un uso correcto, lo que incluye no sobrepasar el tiempo de uso. Es muy importante hacer un ajuste adecuado: cubrir boca, nariz y mentón.

2. Mantener distancia física interpersonal

  a. El riesgo de transmisión se reduce considerablemente a mayor distancia, si el local está bien ventilado.

  b. La reducción de aforos favorece el mantenimiento de la distancia interpersonal

3. Reducir la emisión de aerosoles:

  a. Disminuir el tono de voz, evitar gritar.

4. Realizar al aire libre el mayor número de actividades posibles. La mayoría de la transmisión se produce en interiores.

5. Evitar en lo posible los ambientes interiores concurridos y mal ventilados.

6. Reducir el tiempo de permanencia de ambientes interiores.

.

6.2. Dependientes del ambiente interior

1. Ventilación natural o mecánica de espacios interiores.

2. Retención de bioaerosoles y purificación del aire.

.

Conclusiones

  1. Podemos constatar que el Criterio Técnico del INSST: Medidas de protección personal frente al coronavirus SARS-CoV-2: conceptos sobre su utilización en el ámbito laboral antepone las medidas colectivas a las individuales y contempla el uso de las mascarillas como una medida complementaria, mientras que el Documento técnico del Ministerio de Sanidad Evaluación del riesgo de transmisión de SARS-CoV-2 mediante aerosoles. Medidas de prevención y recomendaciones, recomienda el uso de la mascarilla de manera continuada, también a distancias superiores a los 2 metros.
  2. Podemos constatar que, en la obtención de sus conclusiones, los argumentos del Ministerio contrastan con la falta de razonamientos del INSST.
  3. Recomendamos el uso continuado de mascarilla, bien ajustada, en TODAS las situaciones en que nos relacionemos con personas ajenas a nuestra unidad familiar.
  4. El uso continuado de mascarilla se debe complementar con el resto de medidas indicadas por ambos organismos (distancia de seguridad, higiene de manos, no levantar la voz, ventilación y purificación del aire de los locales, etc.)

..

Enlaces

Criterio Técnico del INSST: Medidas de protección personal frente al coronavirus SARS-CoV-2: conceptos sobre su utilización en el ámbito laboral.

Documento técnico del Ministerio de Sanidad: Evaluación del riesgo de transmisión de SARS-CoV-2 mediante aerosoles. Medidas de prevención y recomendaciones.

.

¿Qué opinas de este artículo?