Tres tipos de prevención del riesgo laboral.

Tres tipos de prevención del riesgo laboral.

Si decimos que la promoción de la seguridad laboral se dirige fundamentalmente a establecer protocolos de comportamientos “saludables”, la prevención del accidente debería tener como objetivo la eliminación de conductas de riesgo.
5 Octubre 2014

Al referirnos a la prevención del trabajador frente al riesgo laboral parece ser que sólo hay un camino, un tipo de prevención. Sin embargo, en mi opinión existen tres en función del momento en el que el profesional prevencionista interviene. Esta cuestión no es nueva, de hecho ya en la propia ley de prevención de riesgo laborales se especifica como principios generales de la prevención aspectos tales como la evaluación de los riesgos, la adaptación persona-puesto, la sustitución de lo peligroso, anteponer la protección colectiva a la individual, dar las debidas instrucciones a los trabajadores, considerar las capacidades profesionales, prever las distracciones o imprudencias no temerarias…… ¿Es la propia ley, muchas veces, un “cajón de sastre” al referirse al factor humano y su prevención?, ¿En necesario redactar un protocolo de actuación cuando nos referimos a la prevención del factor humano en seguridad y salud laboral?.

De manera general, en psicología clínica se trabaja con tres tipos de intervención: primaria, secundaria y terciaria. Me referiré a estos tres tipos de intervención clínica adaptados a la psicología del trabajo y la seguridad y salud laboral.

La intervención primaria es aquella cuyo objetivo es eliminar o reducir la probabilidad del accidente o enfermedad. Una intervención secundaria hace referencia a aquella dirigida a fomentar los conocimientos, destrezas y habilidades. En conclusión competencias preventivas. Finalmente, una intervención terciaria queda establecida al intentar reducir las consecuencias que pudiera producir el accidente, a través de disminución de la prevalencia o tiempo de duración, exposición a un riesgo, utilización de equipo de protección individual. ¿Es posible proteger de los riesgos al factor humano desde esta perspectiva “intervencionista”?. De ser así, ¿Cuál sería el protocolo?.

Debemos partir de la idea de que la conducta en general, es decir independientemente de que sea segura o de riesgo y de manera nada exhaustiva, ocurre después de que los empleados hayan percibido y evaluado el riesgo. Ésta es una cuestión nada baladí. Una intervención primaria debe basarse en la concepción que dé el empleado del riesgo al que está expuesto, partiendo de unas acciones correctivas y preventivas procedentes de una evaluación de riesgos cuyo objetivo último es eliminar o reducir el riesgo laboral al que está expuesto. Si decimos que esta etapa es un inicio de intervención, la siguiente fase es trasladar “fielmente” el riesgo al conocimiento de la persona. “Fielmente”, en mi opinión significa reconocer que existe el riesgo y sobre todo aceptarlo. Es decir, si el trabajador no acepta el riesgo difícilmente tendrá una actitud favorable hacia la adquisición de conocimientos, destrezas y habilidades para evitarlo y/o gestionarlo. El estadio final lo encontramos en un contexto en el cual no se ha podido eliminar el riesgo y por tanto se ha minimizado al máximo. Esta cuestión de minimizar el riesgo al máximo, si se me permite la expresión, “hay que cogerla con pinzas” sobre todo porque ¿cuándo se ha minimizado un riesgo al máximo?. Pero bueno, esta cuestión sería para tratarla en otro foro. Volviendo a la intervención terciaria, la utilización de los equipos de protección individual es determinante para disminuir las consecuencias de la exposición al riesgo.

A mi juicio, no es sólo posible sino además necesario, reflexionar sobre las formar en que la seguridad y salud laboral gestiona la prevención de los riesgos. Clasificar es ordenar, es decir, determinar un orden de cosas y/o sucesos. En la prevención del factor humano de los riesgos laborales a los que está expuesto, en muchas ocasiones no sabemos por donde empezar y muchas veces hacemos lo preestablecido sin poner en duda su propia validez. ¿Cuándo un procedimiento referido al comportamiento seguro es válido en prevención de riesgos laborales?. Lo discutiremos en próximamente.

Fco. Javier Herrán Gamarra

Psicólogo del trabajo. Seguridad y Salud psicosocial.

Para citar este artículo:

Herrán Gamarra, Fco. Javier. (2014, 5 de Octubre). “Tres tipos de prevención del riesgo laboral”. www.prevencionintegral.com. Disponible en: http://www.prevencionintegral.com/comunidad/blog/psicoprevencioncom

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