CULTURA PREVENTIVA PRÁCTICA

CULTURA PREVENTIVA PRÁCTICA

Es indudable que la obligación de cuidar a los trabajadores es del empresario. Este no puede delegarla ni transferirla. Sólo puede asegurarla, si encuentra Compañías de seguro que le den una cobertura conveniente y de bajo costo.
26 Noviembre 2014

Cultura Preventiva Práctica.
La Cultura Preventiva aplicada requiere de un modelo de acción práctico, adaptable a las necesidades y de acuerdo a las posibilidades de la empresa y los trabajadores.
Una etapa de seguimiento y comprobación y la calificación final.

Esta calificación debe abarcar dos motivaciones importantes:

• El grupo, departamento o unidad de trabajo dentro de la empresa,
• y la calificación y certificación del trabajador. El que por su desempeño en el trabajo aplicando los conceptos de la Cultura Prevencionista Integrada a la Producción y a la Empresa (CPI.PE), deberá recibir parte del ahorro aportado a su empresa en el periodo, en una regalía temporal, anual, que no constituye remuneración, sino un reconocimiento al aporte en seguridad a la empresa y a sus compañeros de trabajo.
Es pues, un reconocimiento ético y solidario, más que económico.

11.- Apreciación real de la solución.
La Prevención de Riesgos Laborales, ¿es un problema de la Empresa o es un problema país?
Es indudable que la obligación de cuidar a los trabajadores es del empresario. Este no puede delegarla ni transferirla. Sólo puede asegurarla, si encuentra Compañías de seguro que le den una cobertura conveniente y de bajo costo. Desde otro punto de vista es la Empresa la creadora del Riesgo y por esa razón debe asumirlo como suyo cuando se consuma.

Pero hay dos consideraciones que no se ha tomado en cuenta a la hora del análisis.
La primera, que la Constitución Política del Estado expresa que la Seguridad Social es una garantía de carácter Constitucional que el Estado debe asegurar a todos los habitantes de este país. (art. 19 Nro. 18)

Los Accidentes y Enfermedades Profesionales son parte de la Seguridad Social, como política de ella y expresada en los Seguros Sociales, en este caso el Seguro Social Obligatorio de la Ley 16.744. De lo anterior asumimos que el Estado Chileno tiene un mandato Constitucional que le obliga a atender este problema, más allá de las normas legales existentes, pues, de lo que en la práctica se trata es de evitar que las arcas fiscales tengan un recargo en la atención de las necesidades de viudas, huérfanos o desvalidos a causa de este flagelo.
Su financiamiento es un asunto de política contingente al que no nos referiremos, pero, el hecho real es que la carga económica inmensa, hablamos en términos indirectos de más de 4.000 millones de US$ norte americanos como costo anual por estos hechos.

Un segundo asunto, es que de no hacerlo de este modo, el sistema económico desigual para la pequeña y mediana empresa, impedirá en forma permanente un salto a otra etapa o nivel, dado, que no se encuentra en condiciones de soportar los costos directos provenientes de los accidentes laborales y de las enfermedades profesionales. La micro, pequeña y mediana empresa, sostenedora de la mano de obra nacional, no es capaz de competir en igualdad de condiciones con las grandes empresas, en materia de costos derivados de la aplicación de la Ley 16.744. Esta es una verdad que se ha caído de madura durante años y sigue a la vista de todos.

Más aún, la quiebra o muerte comercial de estas empresas es abismante y sus costos por responsabilidad civil (indemnizaciones), muchas veces son la causa de su desaparecimiento. Asunto de real importancia debido a que la mayor mano de obra y absorción de la cesantía es a través de este tipo de empresas. (Alrededor del % 80)
Es posible afirmar, entonces, que la política del Estado debe estar destinada en parte a corregir estas desigualdades, de por sí discriminatorias y obstáculo para la generación y sostenimiento de las pequeñas y medianas empresas dirigidas por las capas económicas medias, con quienes siempre se ha estado en deuda.

La conciencia del colectivo debe entender que en el desarrollo de la producción, además, de los desechos materiales, va quedando en el camino, también en carácter de residuo, parte importante o mejor dicho, miles de hombres y mujeres que después de haberlo dado todo al sistema, al Estado y a la Sociedad, deben recogerse en el abandono y la miseria, o al menos lejos de la situación decorosa que alcanzaron cuando fueron ciudadanos productivos (en términos de empresa).

La actividad productiva es siempre depredadora. De la naturaleza de donde obtiene insumos. Del hombre de donde obtiene la fuerza laboral. Muchos de ellos fallecen, por enfermedades derivadas o adquiridas en sus labores o productos de accidentes en el trabajo.

Su atención debilita las probabilidades de los jóvenes y sus necesidades específicas, especialmente vocacionales, en cuanto distrae importantes recursos que podían haber sido destinados a la educación, capacitación y perfeccionamiento.

De lo anteriormente aludido puedo concluir, que el asunto de la Prevención de Riesgos es un Problema País.
Como tal, la solución debe ser de todos y no solamente del sistema productivo o empresarial, quien realmente debe proveer en la medida que ética, política y económicamente corresponde, pues, no hay duda alguna que cuando los trabajadores realizan esfuerzos extraordinarios de colaboración, especialmente en tiempos difíciles, las Empresas deban responder en igual forma en los tiempos de auge, mejorando el mundo social.

Es en esta ocasión cuando los sistemas de ahorro y cooperación para la Seguridad Social y en especial para el Seguro Social Obligatorio, deben obtener los mayores aportes, a fin de no hacer que sean los trabajadores quienes deban llevar en sus hombros, siempre esta dura carga.

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