SEGURIDAD VIAL EFECTIVA : ACTUACIÓN 1: CAMBIO DE MODELO ORGANIZATIVO

SEGURIDAD VIAL EFECTIVA : ACTUACIÓN 1: CAMBIO DE MODELO ORGANIZATIVO

​Iniciamos con esta propuesta la primera de las 14 iniciativas que entendemos sería preciso tener en consideración por parte de los poderes públicos legislativo y ejecutivo para conseguir detener la escalada de accidentalidad de tráfico y tender a la creación de un efectivo marco de convivencia en la movilidad de las personas partiendo del convencimiento de que la seguridad vial total es cosa de todos.
24 Octubre 2018

MATÈRIA QUE SE TRATA

JUSTIFICACIÓN DE NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD, TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL

OBJETIVO

CONSEGUIR UNA NUEVA LEY QUE ABANDONE EL PATRÓN HISTÓRICO DEL ORDEN PÚBLICO PARA PASAR A SER UN MARCO LEGAL DEL FUTURO DE LA MOVILIDAD SEGURA PRIORIZANDO EL FACTOR HUMANO EN LA CONVIVENCIA

PROPUESTAS

 - CAMBIO DE MODELO DE GESTIÓN DEL TRÁFICO QUE PRIORICE SIN LIMITACIONES LA SEGURIDAD VIAL EFECTIVA

 - TENER EN CONSIDERACIÓN LOS AVANCES TECNOLÓGICOS Y REGULAR LA MOVILIDAD CON VISIÓN DE FUTURO Y SIN TENER QUE MODIFICAR TEXTOS ANTERIORES

 - ENCAJAR NUESTRA NORMATIVA CON LAS DIRECTIVAS EUROPEAS DE LA ESPECIALIDAD EMPEZANDO CON LA CREACIÓN DE LA PLATAFORMA DE CONTROL DE LOS TACÓGRAFOS DE ÚLTIMA GENERACIÓN COMO LANZAMIENTO DEL SISTEMA EUROPEO GALILEO VIA SATÉLITE DE LOS USUARIOS DE LAS VÍAS PÚBLICAS.

 - GENERAR LA EXISTENCIA DE UNA ORGANIZACIÓN JERÁRQUICA SUPERIOR QUE TENGA FACULTADES PARA COORDINAR LAS ACCIONES DE TODOS LOS DEPARTAMENTOS QUE TENGAN COMPETENCIAS EN MATERIA DE MOVILIDAD EN UNA NORMATIVA QUE NO DEJE LUGAR A DUDAS SOBRE LOS ASPECTOS NECESARIOS A AFRONTAR. 

JUSTIFICACIÓN

               Si bien el derecho de los ciudadanos españoles a trabajar con seguridad viene recogido en la Constitución Española, no aparece como derecho de los ciudadanos el de circular seguro. Desde que la Ley de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial de 25 de Junio de 1989 sustituyó al Código de la Circulación creado por Decreto de 25 de Septiembre de 1934, las modificaciones reglamentarias han sido constantes para adecuar el texto legal básico a lo que en cada momento se ha venido considerando oportuno por los responsables de la seguridad vial.  “En Decreto de 30 de Julio de 1959 se había creado la Jefatura Central de Tráfico del Ministerio del Interior (actual DGT) como gran órgano unificador de la gestión de la seguridad vial, con grandes ventajas de gestión administrativa pero con el sello de pertenecer a un Ministerio policial y de orden público, concepto actualmente muy lejano de la coyuntura que se presenta en un futuro inmediato afrontar. 

               La fórmula mantenida para regular la normativa del tráfico no ha venido siendo la más participativa pues siempre se ha utilizado el Real Decreto Legislativo (con rango de Ley) redactado desde Interior que es una fórmula de obviar el debate parlamentario sobre temas de tráfico que nunca han sido susceptibles de ser oídos en el Congreso de Diputados ni en el Senado a no ser de manera anecdótica. La pertenencia a Interior ha dado libertad a la DGT a regular y liderar aspectos relevantes de la seguridad vial pero paralelamente ha existido una gran desconexión con otros Departamentos Ministeriales relacionados con la movilidad vial, los cuales han aplicado normativas importantes relacionadas con el factor humano de la seguridad vial que han desconectado líneas de acción y gestión de muy intima relación especialmente con aspectos de infraestructuras, del vehículo y sobre todo del Transporte de viajeros y de mercancías.  La gran organización central y territorial de la DGT que ha adquirido una gran experiencia en los Planes de Seguridad Vial ha quedado aislada en el Ministerio del Interior y respetando el trabajo hecho o pendiente de hacer en las acciones de disminución de la accidentalidad vial, su encaje parece en la actual coyuntura perfectamente justificado como gran órgano técnico del Ministerio de Carreteras, Transportes y Comunicaciones que se compendia hoy en el de Fomento. La normativa que afecta al factor humano de la seguridad vial, bien sea para titulares de vehículos, conductores, profesionales de la psicología, sociología, salud, ergonomía o la formación, víctimas de accidentes y familiares, se ha ido extendiendo por diversas unidades administrativas sin una decidida acción unitaria dirigida a la eficaz obtención de resultados en la disminución de los accidentes y sus efectos, lo que motiva que tanto agentes sociales, como Universidades, Colegios Profesionales y Asociaciones de la sociedad civil, propongan una decisión de alto nivel político que reorganice la gestión del factor humano de la seguridad vial de manera potente y efectiva.

   Ha llegado el momento del gran paso para abordar el tráfico y la seguridad vial con la perspectiva de la eficacia, el convencimiento, la priorización y la coordinación. 

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