Ninguna ARL puede negar afiliación a ningún trabajador
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Ninguna ARL puede negar afiliación a ningún trabajador
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Para garantizar a los trabajadores afiliados a riesgos laborales el acceso a los ser- vicios, sin importar la clase de riesgo o actividad económica que desarrollen, las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), no pueden negar las afiliaciones de empleadores, trabajadores e independientes.
Así quedó establecido en el Decreto 1442 de 2014, que establece un meca- nismo de compensación económico que impide la selección adversa de afiliados por la clase de riesgo, actividad económica, número de tra- bajadores e índice de accidentalidad laboral.
El incumplimiento de la medida ocasionará multas de hasta 1.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).
El mecanismo podrá ser revisado y ajustado periódicamente cuando se presenten cambios en materia de cotizaciones en el SGRL o variaciones en la tasa de cotización y reclasificación de acti- vidades económicas. La Superintendencia Financiera de Colombia será la encargada de la vigilancia de los aspectos relacionados con el registro y control de los recursos.
Fuente: Ministerio de Trabajo de Colombia.