Análisis de la gestión preventiva de las empresas, que han declarado daño laboral en la provincia de valencia en el periodo 2008-2009

Se ha analizado el contenido de las evaluaciones de riesgos y de las subsiguientes actividades de tipo preventivo desarrolladas en 296 empresas en las que se ha declarado daño laboral (enfermedad profesional) en los años 2008 y 2009. Para ello se ha realizado un análisis descriptivo de tipo retrospectivo, que incluye datos de incidencia por sectores de actividad y el grado de cumplimiento de las modalidades de participación de los trabajadores en materia preventiva. Se constata un mayor déficit en las actividades que requieren una mayor formación técnica y/o una mayor implicación por parte de las organizaciones.
Palabras Clave: 
evaluación de riesgos, planificación preventiva, actividades preventivas, servicios de prevención, vigilancia de la salud
Autor principal: 
Manuel
Vera Quesada
Coautores: 
Gracia
Verdú Mahiques
Andrea
Sambeat Esteve

Vera Quesada, Manuel

Servicio de Especialidades Preventivas/ Invassat/ Consellería de Economía, Hacienda y Empleo/ Generalitat/ C/ Valencia nº 30/ 46100 Burjasot, Valencia, España

+34 963 42 44 29 / vera_man@gva.es Verdú Mahiques, Gracia

Servicio de Especialidades Preventivas/ Invassat/ Consellería de Economía, Hacienda y Empleo/ Generalitat/ C/ Valencia nº 30/ 46100 Burjasot, Valencia, España

+34 963 42 44 30 / verdu_gra@gva.es Sambeat Esteve, Andrea

Servicio de Especialidades Preventivas/ Invassat/ Consellería de Economía, Hacienda y Empleo/ Generalitat/ C/ Valencia nº 30/ 46100 Burjasot, Valencia, España

+34 963 42 44 31 / sambeat_and@gva.es

ABSTRACT

Se ha analizado el contenido de las evaluaciones de riesgos y de las subsiguientes actividades de tipo preventivo desarrolladas en 296 empresas en las que se ha declarado daño laboral (enfermedad profesional) en los años 2008 y 2009.

Para ello se ha realizado un análisis descriptivo de tipo retrospectivo, que incluye datos de incidencia por sectores de actividad y el grado de cumplimiento de las modalidades de participación de los trabajadores en materia preventiva.

Se constata un mayor déficit en las actividades que requieren una mayor formación técnica y/o una mayor implicación por parte de las organizaciones.

Palabras clave

Evaluación de riesgos, planificación preventiva, actividades preventivas, servicios de prevención, vigilancia de la salud.

INTRODUCCIÓN

De acuerdo con la normativa vigente las organizaciones articulan a través de sus correspondientes planes de prevención la integración de las actividades preventivas en sus sistemas de gestión. Instrumentos esenciales para la aplicación y gestión de dichos planes son la evaluación de riesgos y la consiguiente planificación de la actividad preventiva. No es preciso significar la importancia que la citada evaluación tiene en todo el proceso de toma de decisiones subsiguiente en el seno de las empresas, a la hora de la adopción de las correspondientes actividades preventivas.

OBJETIVO

Es objeto de este estudio el análisis del contenido de las evaluaciones de riesgos, así como de las subsiguientes actividades de tipo preventivo desarrolladas en las empresas en las que se ha declarado daño laboral (enfermedad profesional), ya que esto es fundamental para poder valorar la gestión preventiva desarrollada por las organizaciones. Todo ello con el fin de obtener información para objetivar actuaciones de asesoramiento y apoyo para la mejora de la prevención de riesgos laborales.

METODO

Se realiza un análisis descriptivo de tipo retrospectivo, tanto del contenido de las evaluaciones de riesgos, como del alcance de cada una de las actividades desarrolladas para evitar la materialización de estos, con el resultado de daño para la salud de los trabajadores expuestos. Dicho análisis se realiza incluyendo datos de incidencia por sectores de actividad, junto a la carencia y cualificación de cada una de las actividades descritas. Además se incluye el grado de cumplimiento por parte de las organizaciones de las modalidades que garanticen la participación de los trabajadores en materia preventiva.

La muestra consta de un total de 296 empresas, que a lo largo de los años 2008 y 2009 han declarado daño laboral (enfermedad profesional), y que desarrollan la gestión de la prevención de riesgos laborales mediante la constitución de servicios de prevención propios (3-5%) o mediante el recurso a la contratación de un servicio de prevención ajeno.

RESULTADOS

La muestra se compone de un total de 296 empresas, visitadas por personal técnico, distribuidas de acuerdo con el sector de actividad al que pertenecen de la siguiente forma:

  • Agricultura     5 (1,6%)
  • Industria        177 (60%)
  • Construcción  16 (5,4%)
  • Servicios        98 (33%)

Con respecto al tamaño de cada una de las empresas, su distribución sería la siguiente:

·

Menor de treinta y un trabajadores

123 (41,5%)

·

Mayor de treinta y menor de cincuenta

30 (10,1%)

·

Cincuenta o mas trabajadores

143 (48,4%)

Evaluación de Riesgos

La Evaluación de Riesgos es el elemento primario y fundamento de las distintas actividades que componen el Plan de Prevención de cualquier empresa, por eso se debe desarrollar la misma de forma planificada, estructurada y meticulosa, puesto que un error u omisión en su realización, va a condicionar y/o modificar el resultado de las actividades preventivas, que esta evidencie como necesarias de planificar.

En la muestra estudiada, tan sólo en 6 empresas se ha encontrado una evaluación de riesgos, en la que se habían contemplado todos los factores de riesgo, presentes en las condiciones de trabajo de los trabajadores (5 empresas pertenecen al sector de industria y 1 al sector servicios), tal y como quedan definidas en el apartado 7 del articulo 4 de la Ley de Prevención de Riesgos

Laborales (en adelante LPRL). Por tanto el primer dato ya pone en cuestión de partida el lograr el objetivo de garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores, demostrado con la aparición en estas empresas de daño laboral (enfermedad profesional), ya que a partir del resultado de la evaluación de riesgos el empresario planifica la actividad preventiva cuya necesidad ponga aquella de manifiesto.

Con respecto al resto de empresas los resultados sobre el contenido de las evaluaciones son los siguientes:

E.R. EMPRESAS (EN %)

SEGURIDAD

HIGIENE

ERGONOMÍA

PSICOSOCIAL

COMPLETA

96,6

67,2

29,3

2,7

INCOMPLETA

0,3

16,5

23,6

3

NO

3,1

16,3

46,9

94,3

Cuando desglosamos por los cuatro sectores de actividad, el resultado de dichas evaluaciones obtenemos los datos siguientes:

FACTORES DE RIESGO DE SEGURIDAD (EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

COMPLETA

5

175

16

93

INCOMPLET.

0

0

0

1

PORCENT.

100

98,8

100

95,9

97,9

FACTORES DE RIESGO DE HIGIENE INDUSTRIAL (EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

COMPLETA

1

134

7

57

INCOMPLET.

0

25

4

20

PORCENT.

20

75,7-14,1

43,7-25

58,1-20,4

83,7

FACTORES DE RIESGO DE ERGONOMÍA (EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

COMPLETA

0

58

4

25

INCOMPLET.

1

45

2

22

PORCENT.

0-20

32,7-25,4

25-12,5

25,5-22,4

52

FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIALES (EMPRESA)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

COMPLETA

0

6

0

2

INCOMPLET.

0

3

0

6

PORCENT.

0

3,3-1,6

0

2-6,1

5,7

Actividades Preventivas

Dentro del total de actividades preventivas desarrolladas por las distintas empresas, hemos analizado de forma cuantitativa las siguientes:

  • Realización de la información sobre  los riesgos en el puesto de trabajo y las medidas preventivas necesarias, en su caso, a adoptar por parte de los trabajadores/as.
  • Actividades de formación general y específica en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores/as.
  • Uso por los trabajadores/as de los equipos de protección individual necesarios según la evaluación de riesgos.
  • Vigilancia de la salud efectuada a los trabajadores

Información a los trabajadores.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 14,16 y 18 de la LPRL, las empresas en cumplimiento de su deber de protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, han adoptado las medidas adecuadas de información a sus trabajadores/as en un total de 283 (95% de las empresa visitadas), con la distribución reflejada en el cuadro siguiente.

INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES (EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

COMPLETA

3

168

16

84

INCOMPLET.

1

0

0

7

PORCENT.

60-20

94,9-0

100

85,7-7,1

95

Formación a los trabajadores.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 14,16 y 19 de la LPRL, 272 empresas (91% de las empresas visitadas) han desarrollado actividades de formación genérica y específica en materia preventiva a sus trabajadores. Contemplándose en el cuadro siguiente la distribución por sectores y la extensión de dicha actividad a todos o a parte de los trabajadores.

FORMACIÓN A LOS TRABAJADORES (EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

COMPLETA

2

159

16

78

INCOMPLET.

2

3

0

9

PORCENT.

40-40

89,3-1,6

100

79,5-9,1

91,8

Uso de los equipos de protección individual

Cuando las medidas de protección colectiva u otras medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo no son suficientes para evitar o limitar los riesgos evaluados, se hace patente la necesidad de uso de los equipos de protección individual, de acuerdo con lo contemplado, entre otros, en el artículo17.2 de la LPRL. Como consecuencia de la evaluación de riesgos se ha hecho necesaria la utilización de estos equipos en un total de 280 empresas (94% del total de empresas visitadas) con la siguiente distribución en razón del sector de actividad y del uso o no de los equipos, en el cuadro siguiente.

USO DE EPI´s (EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

SI USO EPI´s

3

167

16

86

NO USO

EPI´s

1

1

0

0

PORCENT.

60-20

94,3-0,5

100

87,7-0

94

Vigilancia de la Salud

La vigilancia de la salud de los trabajadores es un derecho de estos (artículo14 de la LPRL), que el empresario tiene que garantizar de forma periódica y que en ciertos supuestos constituye también un deber para los mismos (artículo 22 de la LPRL). Dicho desarrollo viene regulado tanto en la LPRL como en el Real Decreto 39/1997, así como en toda la legislación de desarrollo de la LPRL, sin que se pueda obviar por su importancia y trascendencia el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en adelante LGSS).

En el estudio hemos contemplado la realización de las siguientes actividades de vigilancia de la salud: reconocimientos previos a la incorporación de los trabajadores a puestos de trabajo según lo establecido en el artículo 196 de la LGSS, evaluaciones de salud de tipo inicial, evaluaciones de salud de tipo periódico/reconocimientos periódicos, y evaluaciones de salud de retorno al trabajo tras periodo de incapacidad temporal.

De forma global encontramos los siguientes porcentajes en cuanto a la

PREVIO INICIAL PERIÓDICO RETORNO TODOS 9,7 48 94 9,4 NO TODOS 0,3 0,6 1,6 0 NO REALIZ. 90 51,4 4,4 90,6

realización de las actividades de vigilancia de la salud: VIGILANCIA DE LA SALUD (EN % EMPRESAS)

Si desglosamos por cada una de las actividades y sectores de actividad observamos lo siguiente:

RECONOCIMIENTO PREVIO (EN % EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

TODOS

0

10,1

0

11,2

9,7

NO TODOS

0

0,5

0

0

0,3

NO REALIZ.

100

89,4

100

88,8

90

EVALUACIÓN INICIAL (EN % EMPRESAS)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

TODOS

40

49,7

43,7

45,9

48

NO TODOS

20

0,6

0

0

0,6

NO REALIZ.

40

49,7

56,3

54,1

51,4

EVALUACIÓN/RECONOCIMIENTO PERIÓDICO (EN %)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

TODOS

80

96,6

93,7

89,8

94

NO TODOS

20

0,6

6,3

2

1,6

NO REALIZ.

0

2,8

0

8,2

4,4

EVALUACIÓN DE RETORNO (EN

%)

AGRIC.

INDUSTRIA

CONSTRUC.

SERVICIOS

TOTALES

TODOS

0

9

0

12,2

9,4

NO TODOS

0

0

0

0

0

NO REALIZ.

100

91

100

87,8

90,6

Participación de los trabajadores

De entre todos los derechos que los trabajadores tienen en aras a una protección efectiva en materia de seguridad y salud, la participación adquiere “per se” un carácter fundamental en toda la estrategia de implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales en cualquier organización. Dichoderecho viene regulado de forma amplia (artículos 14,18,33,34,35,36,37,38,39 y40) en la LPRL, que además marca pautas de conducta a seguir tanto por la empresa como por la autoridad laboral, con el fin de asegurar la misma, estableciendo mecanismos de control que velen por su buen funcionamiento.

De acuerdo con el tamaño de las empresas, nos encontramos con la siguiente distribución:

·

Empresas de hasta treinta trabajadores: 123

-Cuentan con la figura de Delegado de Personal

44 (35,7% del total).

-No disponen de dicha figura

79 (64,3% del total)

· Empresas de treinta y uno hasta cuarenta y nueve trabajadores: 30

- Cuentan con la figura de Delegado de Prevención 23 (76,6% del total)

- No disponen de dicha figura 7 (24,4% del total).

·

Empresas de 50 o más trabajadores: 143

- Tienen constituido y funciona Comité

de Seguridad y Salud

126 (88,1% del total)

- No tienen constituido dicho Comité

17 (11,9% del total).

CONCLUSIONES

La mayoría de las empresas visitadas no han realizado una evaluación de riesgos de forma adecuada y completa, bien por un mal asesoramiento o bien por no realizar una mayor inversión económica en la misma. Este aspecto nos debe hacer reconducir la situación en dichas empresas, con motivo de la aparición de un daño laboral, cuestión que la propia normativa así establece. Dicha cuestión debe ser asumida como una oportunidad de mejora para las organizaciones afectadas, principalmente en lo referente a la evaluación de los factores de tipo psicosocial, ergonómico e higiénico. Estos dos últimos con una gran relación en cuanto al daño laboral investigado en estas empresas.

Con referencia a las actividades preventivas desarrolladas, hay un gran cumplimiento en lo concerniente a la información y formación de los trabajadores con respecto a las medidas de prevención necesarias (cumplimientos por encima del 90-95% de las empresas visitadas). Cuestión que es facilitada por las empresas y los servicios de prevención correspondientes, aunque sería recomendable aprovechar estos resultados para plantear la mejora, que posibilite el avance hacia una evaluación del efecto que dicha información y formación produce en los hábitos y procedimientos desarrollados por los trabajadores.

Con referencia al uso de los equipos de protección individual, se ha observado un uso extendido de los mismos aunque con diferencias entre los sectores de actividad, llamando la atención la ausencia de su uso en el sector agrícola (20% del total, poca muestra y dificultad del uso por las condiciones de trabajo) y el sector servicios (13,3% del total de empresas).

Con referencia a la vigilancia de la salud podemos apreciar de forma rápida la no realización de las evaluaciones de salud de retorno tras baja prolongada de los trabajadores (90,6% del total) seguida de la no realización de losreconocimientos previos/ evaluaciones iniciales de salud en un total del 42,3% de las empresas visitadas, siendo nuestro criterio el recomendar a las mismas el cumplimiento de lo establecido en el artículo 196 de la LGSS. En cuanto a la realización de las evaluaciones de salud de tipo periódico es en donde se aprecia un mayor cumplimiento (95,6% del total de empresas), aunque se propondría una mejora en el sentido de adecuar las periodicidades en función de los riesgos de los puestos de trabajo, puesto que la conducta más extendida es la periodicidad anual, sin discriminar puestos ni trabajadores, sin duda porque así se facilita la gestión de la planificación de la misma, aunque vaya en contra del espíritu del concepto de vigilancia específica.

Con respecto a la participación de los trabajadores, podemos concluir que es en las empresas de menos de treinta trabajadores donde no se cuenta de manera formal con representación de estos, en un mayor porcentaje (64,3%), pero que en un gran número de estas empresas, debido a su tamaño dicho derecho se realiza de manera directa entre los trabajadores y el empresario, siendo por tanto mas llamativo el hecho de la ausencia de la figura del delegado de prevención en el sector de empresas de entre 31 y 49 trabajadores, por la entidad de las mismas y donde es más difícil dicho contacto directo, por lo que son estas las situaciones a mejorar con el esfuerzo de las partes implicadas. En las empresas de 50 o más trabajadores consideramos la situación mejorable pero con un grado aceptable de cumplimiento (88,1% del total).

AGRADECIMIENTOS

Queremos agradecer el trabajo y colaboración efectuada por todas las personas que forman parte del servicio, y especialmente la labor callada y diaria de Mónica García Sanz.

REFERENCIAS

  • 1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1995, por la que se aprueba la Ley de Prevención de Riesgos Laborales( BOE nº 269, de 10 de noviembre de 1995).
  • 2. Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  • 3. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (BOE nº 27, de 31 de enero de 1997).
  • 4. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud  relativas a la utilización por los trabajadores de equipos

de protección individual (BOE nº 140, de 12 de junio de 1997).