Manual de acogida en el laboratorio: propuesta de un modelo
Manual de acogida en el laboratorio: propuesta de un modelo
El nuevo enfoque de la PRL incluye en su ámbito los organismos de la Administración, por lo que las Universidades son objeto de actuación en esta materia; especial relevancia por sus riesgos merecen los Laboratorios de Química. Al laboratorio se incorporan de forma transitoria muchas personas (estudiantes o profesores de intercambio, etc). Es importante que estas personas reciban una información de carácter preventivo acerca del laboratorio.
Este trabajo pretende aportar un elemento importante en la gestión de la PRL en el laboratorio, el Manual de Acogida, y propone un modelo para el mismo. Se distinguen tres etapas: antes de incorporarse, al llegar y antes de irse.
La más trascendente para la PRL es la intermedia, cuyos principales apartados son: Contacto/Tutor, Riesgos en este laboratorio, Normas de comportamiento general, En caso de emergencia, Riesgos de su actividad.
La función principal del Manual de Acogida es proporcionar información.
El “nuevo enfoque” que establece la Ley 312/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) [1], y que tiene su origen en la Directiva Marco de la UE incluye en su ámbito de aplicación a los organismos de la Administración, por lo que las Universidades son objeto de actuación en esta materia.
El proyecto de real decreto sobre adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la universidad [2], recientemente dado a conocer por el Ministerio de Educación, tras las consultas realizadas a universidades y a agentes sociales, tiene una gran trascendencia para las condiciones de seguridad y salud en la universidad.
Algunas partes de su texto afectan muy directamente al contenido de este trabajo, El punto 2. c) del artículo 2 indica que la legislación sobre prevención de riesgos laborales ha de aplicarse también “al personal investigador en formación con cualquier antigüedad y vinculación”.
En el artículo cuarto de dicho texto, dedicado a la integración de la actividad preventiva en la docencia, se indica la necesidad de que cada universidad redacte un Manual de Acogida destinado a los alumnos que contenga:
- Instrucciones de actuación en caso de emergencia.
- Instrucciones y obligaciones preventivas.
- Información sanitaria básica.
El artículo cinco se refiere a la integración de la actividad preventiva en la investigación. Aquí se determina que el investigador principal de un proyecto es el responsable de aplicar la prevención de riesgos laborales en todas las actividades realizadas por el equipo investigador que lidere.
Cuando concurran investigadores de varias instituciones el Rector, a propuesta del investigador principal, nombrará un trabajador designado de entre los miembros del equipo de investigación.