La necesidad de una gestión integral de la prevención

La necesidad de una gestión integral de la prevención

dijous, 3 maig 2001

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales recoge normas, reglamentos, Reales Decretos, e incluso parte de algunas leyes, que hasta la fecha de su publicación estaban dispersadas, y las reúne, modifica o mejora incorporándolas dentro de ella.

Aporta una gran novedad al expresar que "se han de adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual", por lo que ha generado un giro total en la planificación, estudio y diseño de las instalaciones, equipos, máquinas, etc.

Otras aportaciones destacables son la necesidad de la planificación de la prevención, la evaluación de los riesgos, la información, la consulta de los trabajadores, la vigilancia de la salud, la documentación, la creación de la figura del Delegado de Prevención, las responsabilidades de fabricantes, intermediarios, representantes, vendedores de equipos, instalaciones, máquinas, herramientas... y la nueva graduación del valor de las sanciones y las responsabilidades de todos los que participan en el mundo laboral.

La Prevención Integral, a pesar que no es una novedad, es una consecuencia de esta Ley y sus reglamentos, que abarca derechos, responsabilidades y obligaciones de todos los que participan en el trabajo. Se ha de hacer entender que la Prevención Integral es un factor añadido a la producción y a la calidad, que la Prevención Integral ha de ser planificada, organizada, ejecutada y controlada como cada uno de los diferentes planteamientos de una empresa.

Esta Ley, pone gran énfasis en la Información y la Formación que a través del Real Decreto de Servicios de Prevención, desarrolla y puntualiza, no solamente los diferentes niveles de formación a alcanzar, sino también los temarios a utilizar, consiguiendo de esta forma uniformizar la formación de todos aquellos que realicen cursos de Prevención de Riesgos Laborales.

De esta forma tendremos trabajadores con formación de nivel básico, con formación de nivel intermedio y, con formación de nivel superior, éstos últimos con posesión de titulación universitaria, estando perfectamente delimitadas las tareas que pueden realizar cada uno de ellos, dentro de su nivel.

Hoy día, la impartición de cursos NO PRESENCIALES es una forma de dotar de centro de formación a los alumnos en su propia oficina de trabajo, en su hogar, en sus desplazamientos, tanto por trabajo como por ocio, dándoles la posibilidad de realizar la formación deseada, que por necesidades de trabajo, por su lejanía de dichos centros de formación o incluso residentes fuera de nuestro territorio no la pueden o tienen verdaderas dificultades para llevarla a cabo.

No obstante, estos cursos NO PRESENCIALES, necesitan una preparación específica, en la que se garantice que el alumno ha asumido los conceptos vertidos a través del medio, en este caso virtual, y planificar con cuidado y esmero una serie de seguimientos y evaluaciones continuadas, para poder valorar y asegurar el éxito de la enseñanza impartida.

Por lo tanto, tiene que existir un contacto estrecho y permanente entre el profesorado y los estudiantes, garantizando la atención y el estímulo constante que requieren las enseñanzas NO PRESENCIALES, asociados con un conjunto de recursos materiales y de herramientas didácticas que garanticen al alumno alcanzar los objetivos previstos y poder estudiar adecuadamente cada una de las áreas del curso.

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