Sistema unificado para la identificación de riesgos laborales
Sistema unificado para la identificación de riesgos laborales
Es necesario profundizar sobre el concepto de “riesgo laboral”, sobre su significado, tipología y límites. Es difícil encontrar enfoques que integren la diversidad de naturalezas que esconde un concepto tan relevante en la disciplina de la seguridad y salud en el trabajo.
La identificación y evaluación de los riesgos son los procesos en los que esta necesidad se hace más patente. Por ello la Dirección de Seguridad e Higiene de Asepeyo ha desarrollado el “sistema unificado para la identificación de riesgos laborales”, el cual es presentado en esta comunicación.
La evaluación de riesgos ya estaba ampliamente descrita a través de métodos específicos de gestión del riesgo de accidente y en el campo de la higiene industrial. No obstante la Directiva del Consejo 89/391/CEE [1] introduce una nueva visión. Plantea la evaluación como actividad globalizadora de análisis de todos los riesgos laborales existentes, paso obligado antes de la adopción de medidas preventivas. Asepeyo es una Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social que dispone de más de 300.000 empresas asociadas, lo que representa más de 2.300.000 trabajadores protegidos. La Dirección de Seguridad e Higiene es la unidad de Asepeyo que ejerce funciones de dirección funcional a un colectivo de más de 150 profesionales que trabajan en Asepeyo prestando el servicio de información, formación, asistencia técnica y asesoramiento en prevención de riesgos a sus empresas asociadas.
Como parte de su trabajo, la Dirección de Seguridad e Higiene de Asepeyo llevó a cabo un estudio, publicado en el año 2005, en el que analizaban un total de 26 procedimientos de evaluación de riesgos desarrollados en España [2], entre los años 1995 y 2004.
Entre otros aspectos, el mencionado estudio analizó los métodos utilizados por los procedimientos de evaluación para la identificación de riesgos. El resultado fue que:
• 13 procedimientos (50% del total) exigían al usuario la identificación del riesgo a través de una lista de riesgos codificada.
• El 50 % restante no lo exigía, aunque en ocasiones proporcionaban una lista de referencia como orientación o ayuda.
Una de las conclusiones del estudio fue la siguiente: “Es importante que el procedimiento contenga las definiciones y explicaciones conceptuales necesarias para su aplicación. En este sentido es en el que las listas de verificación de condiciones y las listas de identificación de riesgos pueden aportar su valor real.”
El estudio concluyó también que la lista de riesgos más utilizada en los procedimientos era la “Forma” incluida en el modelo de Parte de Accidente de Trabajo establecido por la Orden de 16 de diciembre de 1987 [3]. La mencionada Orden fue derogada por la Orden TAS/2926/2002 [4], de 19 de noviembre, la cual estableció una nueva lista “Forma-Contacto” (tabla 5 de su anexo II).
Ni la lista actualmente en vigor ni la lista ya derogada satisfacen plenamente las necesidades que surgen en los procesos de evaluación de riesgos. Son listas para la codificación de contactos de accidentes reales, con fines estadísticos. La evaluación de riesgos es una actividad con finalidad preventiva, actúa antes de la fase de contacto. Su finalidad es la identificación de peligros, de conductas o condiciones con potencial de accidente.
Ambas listas tienen otra limitación importante. Están destinadas a la codificación de accidentes, por lo que excluyen los riesgos de enfermedad profesional y los riesgos laborales estudiados por la ergonomía y la psicosociología.
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