Sección de Jurisprudencia en Prevencionintegral.com
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Qué duda cabe que el técnico en prevención requiere, en el ejercicio de su trabajo, del manejo y conocimiento del marco normativo laboral.
Todos debiéramos conocer, en este sentido, las directrices más elementales de nuestra Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de los Servicios de Prevención, así como la normativa básica recogida en el Estatuto de los Trabajadores, piedra angular del ordenamiento laboral.
Pero el conjunto de disposiciones legales relativas a la prevención de los riesgos laborales no es ni podría ser nunca un conjunto normativo autónomo e independiente al resto del ordenamiento jurídico.
Bien al contrario, sus disposiciones deben ser entendidas e interpretadas de acuerdo con la totalidad de nuestro ordenamiento. A este respecto, el marco normativo civil y el marco normativo penal también tienen mucho que decir.
Efectivamente, no es posible pretender dar respuesta a todas las inquietudes legales que genera el ejercicio de la profesión de técnico en prevención sin conocer los cuerpos legales civil y penal. Y tampoco lo es querer conocer el sentido y alcance de las disposiciones legales manteniéndose al margen de las resoluciones dictadas por nuestros Tribunales.
¿Quiénes no nos hemos formulado alguna vez una de estas preguntas?
¿Qué tipo de responsabilidad tienen nuestros técnicos en prevención por las acciones realizadas en el ejercicio de su trabajo? ¿Cuándo existe responsabilidad penal y cuándo responsabilidad civil? ¿Qué se entiende por delito de acoso sexual? ¿Puede considerarse accidente de trabajo el fallecimiento del trabajador producido por infarto en su propio domicilio? ¿Cuándo puede el estrés crónico considerarse accidente de trabajo? ¿Cómo debe procederse a la designación del Comité de Seguridad y Salud?
Y dando aún un paso más: ¿Es posible que dos situaciones aparentemente idénticas den lugar a pronunciamientos judiciales distintos?
Son los Tribunales de Justicia quienes, aplicando e interpretando la Ley, dan sentido a las disposiciones legales dictadas por el Estado, y quienes, en definitiva, acaban delimitando el alcance de nuestras normas.
Por ello, aquellos que queramos permanecer al corriente acerca de la normativa relativa a la prevención de riesgos laborales debemos conocer también cómo están interpretando esas disposiciones nuestros Tribunales.
Para ello hemos creado dentro de la sección de legislación, un apartado de Jurisprudencia donde quincenalmente nuestros técnicos en Derecho seleccionan y comentan una Sentencia de las jurisdicciones social, civil o penal relativa a PRL y considerada de especial interés.
Creemos que con ello nuestros usuarios tendrán una visión más cercana al día a día del ámbito jurídico de la prevención de riesgos laborales.