Maniqueísmo y Prevención
Maniqueísmo y Prevención
“Antes de la existencia del cielo y la tierra y de todo lo que está en ellos, había dos naturalezas, una buena y otra maligna. Ambas están separadas la una de la otra. El principio bueno habita en el lugar de la Luz (...). El principio maligno es llamado “Rey de las Tinieblas” y mora en su tierra de Tinieblas (...)
Como sea, los dos reinos como tales existen lado a lado, sin ninguna conexión, y la Luz, lejos de considerar la existencia de las Tinieblas como un desafío, no desea nada sino la separación y no tiende, ni benevolente ni ambiciosamente, a iluminar a su opuesto. Ya que las Tinieblas son lo que están destinadas a ser, y abandonada a su propia suerte, ella realiza su naturaleza de la misma forma que la Luz realiza la suya... Hans Jonas, “The Gnostic Religion”.
En la práctica, el maniqueísmo niega la responsabilidad humana por los males cometidos porque postula que no son producto de la libre voluntad del ser humano sino del dominio del mal sobre su vida.
Debe disculparme el lector por tan larga introducción, que no pretende sino situar a este en la línea argumental del artículo. En mi opinión, el planteamiento oficialmente establecido en relación con la Prevención de riesgos nace de un enfoque maniqueo del comportamiento de la sociedad y las organizaciones ante los accidentes laborales.
Miren ustedes si no. La tesis oficialista se apoya en el siguiente postulado: Los accidentes ante todo surgen como consecuencia del inadecuado planteamiento de las empresas y organizaciones y casi nunca de las acciones de los actores implicados. La culpa no es de quien comete la infracción sino del que no prohibió a tiempo (sea éste quien sea, el empresario, el técnico responsable, ambos), y ante la absoluta responsabilidad del empresario, la nula del trabajador obviando su individualidad.
Es por ello que la Ley y los reglamentos que la desarrollan parten de supuestos, que por inadecuados son imposibles de cumplir. Nacen del previo establecimiento del concepto culpa, en lugar del aparejado a la asunción de la responsabilidad. Por ello los profesionales que de una u otra forma estamos implicados de forma directa y responsable en la Prevención nos tropezamos con la patente imposibilidad que supone la consecución coherente de leyes y reglamentos en el entorno laboral actual.
La Ley postula la maldad de las organizaciones, y por ello plantea la necesidad de incorporar la actividad preventiva en la política de empresa como recurso máximo. Adicionalmente incorpora los mecanismos de coordinación obligatorios, en mi opinión, sin haber analizado con el suficiente detalle y de forma responsable la dificultad de las relaciones entre organizaciones en entornos complejos y con simultaneidad y pluralidad de actividades. También recalca la importancia de la información y de la comunicación, cuestión ésta que adolece del mismo defecto del punto anterior.
Líbreme Dios de negar que esta parte del planteamiento es válido. Prescindiendo de la categorización de la perversión de las organizaciones las acciones señaladas por la ley son necesarias, pero no sólo como una obligación de éstas sino, además, como un ejercicio de responsabilidad del individuo. De aquí mi disconformidad con el planteamiento oficial.
Al margen de las actuaciones que desde las organizaciones y empresas debemos abordar, la sociedad debe propiciar el desarrollo de las habilidades que permitirán que los individuos puedan actuar con responsabilidad.
En un artículo reciente de la Directora Gerente de la empresa Vertisub Sra Pilar Almagro, Factores limitantes de Seguridad, se apuntaba el papel del Trabajador Limitante, y además se ofrecían alternativas en la búsqueda de soluciones.
Mi más completo acuerdo con esta tesis, que centra una serie de actuaciones en la cualificación del individuo. Con esta orientación cabe plantear la responsabilidad que el estado, como estructuración de nuestra sociedad, no como ente autocrático, y no sólo las organizaciones y empresas, tiene de formar a los trabajadores como recurso primario en la lucha contra la siniestralidad laboral.
¿Dónde queda la tutela de la sociedad en un país en el que prácticamente ha desaparecido la formación profesional?. En un país en el que los profesionales, los oficiales de ejecución están rifados propiciando una falta absoluta de trazabilidad de la cualificación. En el que la competitividad de las empresas está lastrada por el intervencionismo, ahí sí, mal entendido en pos de la protección de los puestos de trabajo (loable propósito en sí mismo), al margen de la bondad de la calidad de los trabajadores afectados. Explíquenme en estas circunstancias los alicientes para los profesionales auténticamente capacitados. El estado debe diseñar, facilitar, promover y mantener la estructura que asegure la formación de personas, individuos libres y responsables, ¿cómo?, básicamente a través de la educación, y especialmente en la formación en el oficio, en el caso que nos ocupa ( pero resulta que ya no hay oficios).
Hacíamos mención anteriormente a la obligación de las empresas de Informar. A este respecto debo añadir que la comunicación e información es sólo una parte de la gestión del conocimiento, y ésta, cuando se trata de organizaciones que interactúan entre sí, caso habitual en trabajos complejos, es ardua y difícil, ya que el conocimiento reside en los individuos, y éstos están integrados en organizaciones diferentes. Por tanto, primero, debemos trabajar para disponer de criterios comunes con los que establecer mecanismos con los que aglutinar coherentemente el conocimiento de los individuos o nos encontraremos con las dificultades asociadas a la inexistencia de protocolos de comunicación practicables.
Asimismo, me preocupa la falta de atención de la sociedad sobre el resultado final de la información y de la formación que reciben los individuos. Me refiero, naturalmente al grado de asimilación de los trabajadores de la información que reciben. ¿No creen necesario, adoptar medidas que nos permitan asegurar que una vez emitida la información, y una vez impartida la formación, ésta cumple su propósito de elevar la cualificación del trabajador?. ¿En qué medida se ha abordado la tarea de garantizar la capacidad del individuo para asimilar la información que se le ofrece?.¿O por el contrario, lo importante es generar ruido mediático que apantalle el verdadero núcleo de la cuestión?
Quisiera mencionar también el artículo que en Noviembre se publicaba a la Excma. Sra. Conselleira de Asuntos Sociais, Emprego e Relacións Laborais de la Xunta de Galicia Belén Prado Sanjurjo (Vea aquí el artículo editorial). En él se hace mención a la responsabilidad social de las empresas en relación con la Prevención, a la que denomina Necesidad Social. Absolutamente de acuerdo, pero me gustaría matizar de nuevo ¿dónde la responsabilidad del individuo?, no sólo de la empresa. Por tanto elevaría aún más el rango de la prevención no a una necesidad de la sociedad, sino a una necesidad del trabajador, y por tanto por encima de la sociedad y de la legalidad.
Es por ello que postulo que para conseguir el objetivo, que aquí si entiendo es común a todos nosotros, reducir no sólo la siniestralidad, sino erradicarla, en la medida de lo humanamente posible, debemos profundizar en conjugar la responsabilidad empresarial y en paralelo la individual de todos los trabajadores. Sólo así avanzaremos.
Por tanto, no basta desarrollar una ley y reglamentos que instrumenten la responsabilidad de las empresas, sino que habrá que hacer lo propio con los individuos y con la sociedad, desarrollando en paralelo políticas de estado que protejan, orienten y mantengan la cualificación de los trabajadores, sin lo cual será de todo punto imposible conjugar el dilema que la Prevención plantea. Ética o estética.
José Manuel Camacho Requena
Ingeniero Industrial
Director de Ingeniería y Mantenimiento. Complejo Industrial RP de Puertollano. Repsol YPF.
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