Condenan a un geriátrico de Palencia a indemnizar con 120.000 euros a una trabajadora por acoso laboral

Condenan a un geriátrico de Palencia a indemnizar con 120.000 euros a una trabajadora por acoso laboral

La sentencia da por probado que la mujer fue denigrada y humillada por los responsables del establecimiento diciendo públicamente que estaba loca
5 Julio 2023

El Juzgado de lo social de Palencia ha condenado a una residencia de personas mayores de la provincia a pagar indemnizaciones que superan los 122.000 euros a una trabajadora que, según el tribunal, sufrió acoso laboral. La resolución añade a esa cantidad los salarios de tramitación devengados desde el 29 de diciembre de 2022 hasta la fecha de la sentencia. La trabajadora ha estado representada por Amaya Rodríguez de AFYSE Abogados. Puestos en contacto con la otra parte, en la persona del abogado Javier Gallego, confirma que se ha presentado recurso contra la sentencia que marca las indemnizaciones.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Radio Palencia de la Cadena SER, Se condena al pago de 75.000 euros en concepto de "Indemnización mínima". A esa cantidad hay que añadir 6.584,08 euros en concepto de plus indemnizatorio. Además, se reconoce el derecho de la empleada a una indemnización 30.001 euros por los daños y perjuicios sufridos derivados del acoso laboral reconocido. En este caso además también se condena a dos personas físicas, al responsable de la residencia y a su hermana al pago solidario. La condena incluye otra cantidad de liquidación de vacaciones, más el 10% de interés por mora que asciende a 2.728,80 euros.

Según ha determinado el Juzgado de lo Social número 2 de Palencia, "Los codemandados han intentado aislar a la actora del resto de sus compañeros a los que daban instrucciones expresas de no relacionarse con ella e incluso llegaron a decirles que estaba despedida cuando simplemente estaba de baja, así como denigrarla y humillarla diciendo públicamente que estaba loca, gritándola, insultándola, y poniéndola en situaciones límites hasta el punto de acabar llorando en más de una ocasión, en el propio Centro de Trabajo, siendo testigos de tales hechos varios de sus compañeros. Sin poder obviar tampoco el prevalimiento por parte de los codemandados de su situación de superioridad al amenazar con el despido".

En relación con este caso hay otra sentencia en la que se le reconoce a la trabajadora que el período de baja que inició fue derivado de accidente de trabajo por haber sufrido ese acoso laboral. La sentencia no es firme.

Fuente: Cadenaser

Imagen: Wikipedia

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