El Acoso Laboral y sus tipos

El Acoso Laboral y sus tipos

El acoso laboral es definido en la ley 1010 de 2006 como: “Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, (…) encaminada a influir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”
5 Marzo 2024

Redacción

Modalidades de acoso laboral

Existen diferentes tipos de acoso laboral:

  • Maltrato Laboral
  • Persecución Laboral
  • Discriminación Laboral
  • Entorpecimiento Laboral
  • Inequidad Laboral
  • Desprotección Laboral

Maltrato Laboral

Acto de violencia contra la integridad física, moral y sexual

Expresión verbal injuriosa o ultrajante

Comportamientos que menoscaben la autoestima y dignidad del trabajador

Persecución Laboral

Conductas reiteradas y arbitrarias que induzcan la renuncia

Descalificación

Deliberada asignación de carga excesiva de trabajo

Cambios permanentes de horario

Discriminación Laboral

Trato diferenciado por raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social, que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral

Entorpecimiento Laboral

Acción de obstaculizar el cumplimiento de la labor.

Privación, ocultación e inutilización de insumos, información o correspondencia.

Inequidad Laboral

Asignación de funciones a menosprecio del trabajador.

Desprotección Laboral

Conducta con tendencia a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección.

No es acoso laboral…

Solicitud de cumplir deberes extras de colaboración con la institución, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles.

Las actuaciones administrativas encaminadas a dar por terminado el contrato de trabajo, con base en causas legales y justas, previstas en el Código Sustantivo del Trabajo

Las exigencias y órdenes necesarias para mantener la disciplina en los cuerpos que componen la fuerza pública (Principio de obediencia)

¿Es el acoso sexual una modalidad de acoso laboral?

Si, según la ley 1010 de 2006, el acoso sexual es una modalidad de maltrato laboral; adicionalmente, según la ley 1257 de 2008, es Acoso sexual:

“El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno a tres años”

Aclaraciones sobre el acoso laboral

  • El acoso laboral aplica únicamente en contratos laborales, y no en contratos civiles o comerciales.
  • En situaciones de acoso laboral existen sujetos pasivos y activos, los que se definen según su papel en la situación, pero no según su cargo o jerarquía organizacional.
  • El acoso laboral puede darse por parte de líderes, pares o subordinados.

Consecuencias psicológicas del acoso laboral

El acoso laboral puede producir la somatización de enfermedades físicas asociadas a episodios de ansiedad, depresión, ausentismo, presentismo, burnout, o cualquier otra enfermedad derivada del estrés.

Consecuencias legales del acoso laboral

Para el sujeto activo:

  • Por parte de la organización debe recibir sanciones (memorandos o terminación de contrato con justa causa, según la gravedad del caso)
  • En situaciones de acoso laboral existen sujetos pasivos y activos, los que se definen según su papel en la situación, pero no según su cargo o jerarquía organizacional.
  • El acoso laboral puede darse por parte de líderes, pares o subordinados.

Para la empresa en caso de omisión:

La omisión en la adopción de medidas preventivas y correctivas de la situación de acoso laboral por parte del empleador o jefes superiores de la administración, se entenderá como tolerancia de la misma.

Por parte del juez laboral puede recibir sanciones económicas.

Pagar a EPS o ARL el 50% del costo de tratamiento correspondiente a las secuelas producidas por la situación de acoso laboral.

Estabilidad laboral ante casos de acoso

Quien denuncie un caso de acoso laboral ante el Comité de Convivencia Laboral como sujeto pasivo, contará con un fuero de 6 meses posteriores a la instauración de la queja, en tanto se compruebe la veracidad de la información. También aplica para quienes sirven como testigos en el caso.

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