Las administraciones públicas vascas promoverán la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud laborales

Las administraciones públicas vascas promoverán la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud laborales

Así lo dispone la Ley de Igualdad de la Comunidad Autónoma de Euskadi
28 Abril 2022

El pasado 3 de marzo, se aprobó la 2ª modificación de la Ley de Igualdad de la CAE, una de cuyas cuestiones más relevantes para OSALAN es que, por primera vez, contiene un artículo, el 43, sobre seguridad y salud laborales, aspecto que esta institución quiere resaltar.

Concretamente, el artículo 43 dice lo siguiente:

“1. La Administración de la Comunidad Autónoma promoverá la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud laboral. Para ello:

a) Considerará la variable sexo y otras variables que permitan un análisis de género tanto en los sistemas de recogida y tratamiento de datos como en los estudios e investigaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

b) Impulsará acciones de sensibilización y formación dirigidas a agentes sociales y colectivos implicados en la prevención de riesgos laborales sobre la incorporación de la perspectiva de género en materia de seguridad y salud laboral.

c) Tendrá en cuenta las necesidades específicas de las mujeres relacionadas con sus características anatómicas, fisiológicas y psicosociales en el diseño de políticas, estrategias y programas de seguridad y salud, estableciendo las medidas necesarias para su adecuado abordaje.

2. Las administraciones públicas vascas considerarán, dentro de la protección, promoción y mejora de la salud laboral, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.”

La inclusión de este artículo en la Ley viene a reconocer que hombres y mujeres tienen condiciones y posiciones sociales y económicas diferenciales en cuanto al trabajo y que, además, se producen desigualdades y discriminaciones en el mercado de trabajo (como la precariedad, la brecha salarial, acoso sexual y acoso sexista en el trabajo, etc.) que afectan de forma desproporcionada a las mujeres.

Por tanto, era necesario visibilizar estas diferencias y desigualdades para entender que mujeres y hombres pueden tener una exposición a riesgos distintos o que los mismos riesgos les pueden afectar de forma diferente por lo que podrían desarrollar problemas de salud laboral también diferentes.  Por ello, hay que enfocar la prevención de riesgos atendiendo a esas diferencias y garantizando el mismo nivel de protección a todas las personas, que es lo que viene a recoger este artículo 43.

En este camino que está impulsando el Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, cabe señalar que Osalan se encuentra en el proceso de evaluación de su I Plan para la Igualdad 2018-2021 y elaborando su II Plan para la igualdad 2022-2024 en el marco de la recién aprobada Estrategia Vasca de Seguridad y Salud Laborales 2021-2026 en la que se ha hecho un esfuerzo muy importante para incorporar la perspectiva de género.

Fuente: OSALAN

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