Chile: Normas que le reconoce potestad sancionatoria a la Inspección del Trabajo en accidentes laborales, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional
Chile: Normas que le reconoce potestad sancionatoria a la Inspección del Trabajo en accidentes laborales, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional
Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 184, inciso cuarto, y 503, inciso primero, del Código del Trabajo; y 76, inciso cuarto, de la Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Las citadas disposiciones legales establecen:
“Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que los rigen.” (Art. 184, inciso 4°).
“Las sanciones por infracciones a la legislación laboral y de seguridad social y a sus reglamentos, se aplicarán administrativamente por los respectivos inspectores del trabajo o por los funcionarios que se determinen en el reglamento correspondiente. Dichos funcionarios actuarán como ministros de fe.” (Artículo 503, inciso 1º).
“Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos precedentes, en caso de accidentes del trabajo fatales y graves, el empleador deberá informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud que corresponda, acerca de la ocurrencia de cualquiera de estos hechos. Corresponderá a la Superintendencia de Seguridad Social impartir las instrucciones sobre la forma en que deberá cumplirse esta obligación.” (Artículo 76, inciso 4º).
La gestión pendiente en que incide el recurso de inaplicabilidad es una reclamación judicial en contra de la resolución administrativa de la Inspección Provincial del Trabajo Cordillera que acreditó una serie de infracciones y cursó multas al requirente, una empresa panadera, por un accidente laboral ocurrido que afectó a uno de sus trabajadores en sus dependencias.
El requirente alega que los preceptos impugnados, en el caso concreto, producen una infracción al principio de legalidad, ya que permiten aplicar la potestad punitiva del Estado sin describir el núcleo esencial de la conducta prohibida, dejando entregada su determinación a una norma de rango inferior a la ley o al libre arbitrio del juez o de la autoridad administrativa.
Adjuntamos el texto completo del requerimiento.
Fuente: Diario Constitucional