Valores límite de exposición profesional: proceso actualizado de establecimiento en la Unión Europea

Valores límite de exposición profesional: proceso actualizado de establecimiento en la Unión Europea

La desaparición del SCOEL y la asunción de sus competencias por el Risk Assessment Committee (RAC) de la ECHA redefinen el procedimiento
17 Agosto 2020

La Comisión Europea busca el asesoramiento de comités científicos independientes sobre la evaluación de productos químicos prioritarios, a fin de apoyar las acciones propuestas para adoptar Límites de Exposición Ocupacional (OEL) nuevos o revisados ​​según la Directiva 2004/37 / CE y la Directiva 98/24 / CE. La Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA), a través de su Comité de Evaluación de Riesgos (RAC), apoya a la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión (DG EMPL) de la Comisión Europea al proporcionar opiniones científicas sobre los OEL. RAC ha asumido recientemente la responsabilidad del trabajo realizado anteriormente por el Comité Científico de la DG Empleo sobre Límites de Exposición Ocupacional (SCOEL).

Los OEL son una medida para minimizar la exposición de los trabajadores a sustancias peligrosas en el lugar de trabajo. Dichos límites se establecen teniendo en cuenta la información disponible (incluidos los datos más recientes) sobre los peligros de una sustancia, particularmente con respecto a la carcinogenicidad, mutagenicidad y toxicidad para la reproducción, y sobre los efectos agudos de la exposición.

Los OEL están destinados principalmente a evitar que los trabajadores inhalen productos químicos como vapores, nieblas o polvos. Sin embargo, RAC también puede proporcionar recomendaciones para una notación de la piel que indica que se necesita protección dérmica. También son posibles otras anotaciones, por ejemplo: sensibilización o ruido. Además, el RAC puede recomendar valores límite biológicos (BLV, niveles de exposición de biomonitoreo) o valores de orientación biológica (BGV, niveles de fondo de biomonitoreo).
Proceso OEL

Los OEL se establecen siguiendo un proceso que involucra una serie de pasos. El proceso para las sustancias que se consideran vinculantes para OEL según la Directiva de carcinógenos y mutágenos (2004/37 / CE) o la Directiva de agentes químicos (98/24 / CE), es el procedimiento legislativo ordinario que se muestra en el siguiente diagrama. Una vez acordado, estos son OEL vinculantes. Las sustancias que están siendo consideradas bajo la Directiva de Agentes Químicos (98/24 / CE) para OEL indicativos pasan por un procedimiento legislativo más ligero y la Comisión Europea toma una decisión. Una vez acordado, estos son OEL indicativos.

Además, para determinadas iniciativas políticas, la Comisión consultará a los interlocutores sociales a nivel de la UE de conformidad con las disposiciones de política social del Tratado de Funcionamiento de la UE.

Tareas de ECHA / RAC en el proceso OEL

La ECHA comienza su trabajo cuando recibe una solicitud de la Comisión para preparar un informe científico para su consideración por el RAC para las sustancias seleccionadas de las listas de sustancias prioritarias de la DG EMPL (Pasos 1 y 2).

La ECHA prepara el informe científico para la evaluación de los OEL. La preparación del informe científico también puede basarse en información relevante recopilada a través de una convocatoria de pruebas. El informe científico completo está sujeto a una consulta de dos meses. Luego, el RAC desarrolla su opinión basándose en una revisión del informe científico de la ECHA y la información proporcionada durante la consulta. Durante el proceso de desarrollo de la opinión, el informe científico se convierte en el documento de referencia que respalda la opinión del RAC.

Una vez que el RAC ha adoptado su opinión final sobre el informe científico, la opinión y los documentos de respaldo se envían a la Comisión.

Tareas de la Comisión en el proceso OEL

La Comisión (DG EMPL) analiza el resultado de la evaluación científica del RAC con los expertos de los Estados miembros y los interlocutores sociales (representantes de los empleadores y de los trabajadores) en el Grupo de trabajo tripartito sobre productos químicos (WPC).

El CMP prepara un proyecto de dictamen sobre el OEL propuesto, que se presenta al Comité consultivo tripartito sobre seguridad y salud para su aprobación.

A partir de entonces, hay otros pasos a seguir antes de que la Comisión pueda adoptar una propuesta legislativa que luego siga el procedimiento legislativo ordinario para su adopción por el Consejo y el Parlamento Europeo (para OEL vinculantes), o una Directiva de la Comisión (para OEL indicativos) .

Fuente: ECHA

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