Confirmada la condena a una empleada por vejar a su jefa en Facebook

Confirmada la condena a una empleada por vejar a su jefa en Facebook

La Sala obliga la empleada a publicar la sentencia condenatoria en su perfil de Facebook.
28 Febrero 2020

La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a una empleada de una perfumería por escribir en Facebook comentarios vejatorios contra la encargada del establecimiento.

Según ha informado el Consejo General del Poder Judicial (GGPJ), la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Burgos confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6, que entendió que hubo una intromisión ilegítima en el honor de la demandante porque las expresiones vejatorias iban "en descrédito de la persona a la que se refiere, que atentan injustificadamente contra su reputación personal y profesional".

La Sentencia recurrida declara probado que " dentro del ámbito público del medio utilizado la demandada vertió a la actora expresiones como: encargaducha, despedida por robar y continúa, sufre reclamaciones por trato a clientes, se cree que la tienda es un bar lleno de borrachos, grita a las empleadas delante de clientes: qué cojones estáis haciendo o qué pollas es esto; individua; a las pobres chicas se les está todo el tiempo vigilando por las cámaras de seguridad imponiendo y manipulándolas, se las humilla, y siempre delante de compañeras o clientes, innumerables descuidos importantes de la encargada dejándose cajones abierto delante de clientes, olvidar dinero de cambios o ingresos en cualquier sitio de la tienda, modificar horarios en su beneficio, escaquearse tocándose el ch... con ambas manos, incurre en trato degradante la "señorita", se premia a delincuentes y desgraciadas." y que "Estas expresiones no fueron en ámbito privado, lesionan la dignidad y fama de la actora, afectando a su honor y propia imagen;Intromisión ilegítima, art. 7-7 de esa L.O., imputando hechos, manifestando juicios de valor atentando contra la propia estimación de la actora, difundiendo la demanda expresiones insultantes, vejatorias provocando objetivamente el descrédito de la actora en la opinión de las gentes."

La Sala rechaza el recurso interpuesto por la empleada, a la que condena a indemnizar a su superiora con 800 euros y a publicar la sentencia condenatoria en su perfil de Facebook.

Adjuntamos el texto completo de la sentencia.

Fuente. RRHHpress

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