El dato del día: descansos en el trabajo
El dato del día: descansos en el trabajo
Hay una gran variación en la forma en que los descansos son regulados en los Estados miembros de la UE en términos de su duración y distribución en el tiempo. Más importante quizás, no hay un enfoque uniforme sobre la forma en que se consideran los descansos como tiempo de trabajo y en consecuencia sobre su pago. En la mayoría de los Estados miembros, y en términos generales, los descansos
no se consideran como tiempo de trabajo real y no se pagan.
En muchos casos, sin embargo, descansos más cortos (por ejemplo, café o los descansos para ir al baño) se consideran tiempo de trabajo y son pagados. En contraste, en Croacia, Polonia, Portugal, Eslovenia y España, se considera que los descansos son tiempo de trabajo y se les paga independientemente de su propósito o duración.
Los principales datos, obtenidos de un informe de la Fundación Europea para la Mejoa de las Condiciones de Vida y Trabajo que adjuntamos, se muestran en la siguiente tabla:
Fuente: Prevencionintegral&ORP