Chile: Corte de Santiago confirma fallo que condenó a empresas por accidente laboral de instalador de shower door.

Chile: Corte de Santiago confirma fallo que condenó a empresas por accidente laboral de instalador de shower door.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia que estableció la responsabilidad de las empresas demandadas en el accidente, y las condenó a indemnizar al trabajador por daño moral
11 Mayo 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a tres empresas a pagar solidariamente una indemnización de $20.000.000 a trabajador que sufrió la amputación del quinto ortejo (dedo) del pie izquierdo, por caída de puertas de shower door en obra de construcción en Avenida Ossa, en agosto de 2017.

La sentencia sostiene que en concordancia con lo señalado, se comprueba que la sentencia impugnada se hace cargo de la totalidad de la prueba aportada por las demandadas, dando razones coherentes y lógicas al aceptar que algunos de esos documentos rescatan la idoneidad y pertinencia de las acciones correctivas desplegadas por las empresas, pero poniendo énfasis en su insuficiencia atendidas las falencias de seguridad detectadas. Al mismo tiempo que a las conclusiones arribadas en los informes de los Comités Paritarios de las demandadas les resta mérito de descargo, por hallarse desvirtuadas por otros informes técnicos allegados al proceso, en los cuales se identifican condiciones de riesgo en el espacio de trabajo.

La resolución agrega que en consecuencia, en esta labor de fiscalización de la observancia de las reglas de la sana crítica por parte del juez a quo al efectuar la ponderación de las probanzas incorporadas al juicio, se advierte que el fallo contiene la valoración completa de los elementos de convicción de los cuales se derivan razonablemente los fundamentos de la decisión del tribunal, sin evidenciarse inconsistencias en sus argumentaciones o ausencia de motivaciones lógicas, como se denuncia en el recurso.

Añade que del texto del recurso aparece que lo que se describe como infracción a las reglas de la sana crítica corresponde más bien a una confrontación del razonamiento del tribunal con el efectuado por las demandadas, lo que resulta insuficiente a efectos de la invalidación de la sentencia que se persigue por el arbitrio.
Por tanto, concluye que se rechaza el recurso de nulidad deducido por las demandadas Constructora Copahue Limitada e Inmobiliaria y Constructora Ossa 1400 SPA, contra de la sentencia definitiva de cuatro de mayo de dos mil dieciocho, recaída en causa RIT O5720-2017, dictada por el Segundo Juzgado de letras del Trabajo de esta ciudad, la que no es nula.

Fuente. Diario Constitucional

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